AUTOMÓVILES NIPONES 3, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) CAR PRIVILEGE SERVICE, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Se publica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales, que los socios de Automóviles Nipones 3, Sociedad Limitada y el Socio Único de Car Privilege Service, Sociedad Limitada Unipersonal, han acordado, con fecha 30 de junio de 2012, la fusión mediante la absorción de Car Privilege Service, Sociedad Limitada Unipersonal, por parte de Automóviles Nipones 3, Sociedad Limitada, con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión; así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión, con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de fusión.

En Madrid, 30 de junio de 2012.- Don Salvador Bautista Enciso, Secretario del Consejo de Administración de Automóviles Nipones 3, Sociedad Limitada, y don Carlos Espinosa de los Monteros Pitarque, representante legal de Bergé Automoción Retail, Sociedad Limitada Unipersonal, Administradora Única de Car Privilege Service, Sociedad Limitada Unipersonal.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 135 del Martes 17 de Julio de 2012. Avisos y Anuncios Legales, Fusiones Y Absorciones De Empresas.

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