Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
Adm. Mancom.: MARTINEZ PARDO CARLOS;ROMERO SAEZ FRANCISCO JAVIER.
ARTICULO 9.2.- Modos de organizar la administración. Dentro de las formas legalmente previstas, la administración y representación de la Sociedad se puede confiar por acuerdo de la Junta General, a: a) UN ADMINISTRADOR UNICO, al que corresponderá el poder de representación. b) VARIOS.
T 836, L 600, F 115, S 8, H AB 17157, I/A 3 (25.01.11).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 23 del Jueves 3 de Febrero de 2011. Empresarios, Actos Inscritos.