Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
"Artículo 11Ó.- Administración Social.- La sociedad será regida y administrada, a la elección de la Junta General de Socios, por: a) Un Administrador Unico. b) Varios administradores que actúen solidariamente. c) Dos Administradores que actúen mancomunadamente. d) Un Consejo de Administración.
C/ ISABEL LA CATOLICA 8 BAJO 2 (VALENCIA).
T 8567, L 5855, F 136, S 8, H V 117907, I/A 4 (31.03.09).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 68 del Lunes 13 de Abril de 2009. Empresarios, Actos Inscritos.