SANTANDER PERPETUAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, Unipersonal

Emisión de Obligaciones Subordinadas Perpetuas Serie 2

Santander Perpetual, Sociedad Anónima Unipersonal, con domicilio en Madrid, Boadilla del Monte, Ciudad Grupo Santander, Avenida de Cantabria, hace pública, mediante el presente anuncio, la emisión de obligaciones subordinadas perpetuas serie 2 por importe nominal de mil quinientos millones (1.500.000.000) de dólares estadounidenses que corresponden a un total de quince mil (15.000) obligaciones, de cien mil (100.000) dólares estadounidenses de valor nominal cada una, representadas por títulos nominativos. La presente emisión de obligaciones subordinadas perpetuas se realiza en virtud de los acuerdos adoptados por la Junta General Universal de accionistas de Santander Perpetual, Sociedad Anónima Unipersonal, de fecha 18 de octubre de 2007, y por el Consejo de Administración en la misma fecha anterior. Las características son las siguientes:

Precio de Emisión: 100 por ciento.

Período de Suscripción: se extenderá desde las nueve horas del día de publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial de Registro Mercantil» y se cerrará a las catorce horas del mismo día hábil de publicación de dicho anuncio..Fecha de Desembolso: 24 de octubre de 2007.Interés: desde el 24 de octubre de 2007 (incluida dicha fecha) hasta el 24 de octubre de 2017 (excluida dicha fecha) el tipo de interés nominal anual será del 6,671 por ciento, pagadero por períodos vencidos semestralmente los días 24 de abril y 24 de octubre de cada año; a partir del 24 de octubre de 2017 (incluida dicha fecha) el tipo de interés nominal anual será variable trimestralmente, pagadero por trimestres vencidos el 24 de enero, 24 de abril, 24 de julio y 24 de octubre de cada año, y se determinará mediante la suma de (i) el tipo de interés de referencia Libor para dólares estadounidenses a tres meses, según se publica en la página de visualización designada como LIBOR01 en el servicio de Reuters aproximadamente a las 11 horas hora de Londres, del segundo día hábil bancario de Londres anterior a la fecha de inicio del período en revisión y (ii) un diferencial de 3,025 por ciento anual.Diferimiento de Intereses: El Emisor no estará obligado a efectuar pago alguno de intereses devengados sobre las obligaciones en ninguna fecha de pago de intereses en caso de que, la cuenta de resultados auditada consolidada o no consolidada de Banco Santander, Sociedad Anónima como Garante de la emisión o, según el caso, de Banco Santander, Sociedad Anónima y de sus filiales consolidadas correspondiente al ejercicio económico inmediatamente anterior a dicha fecha de pago de intereses no arroje un beneficio y la falta de pago de intereses devengados sobre las obligaciones en tales circunstancia no constituirá un supuesto de incumplimiento..La totalidad de los intereses no abonados por dicho motivo constituirán, en tanto en cuanto continúen impagados, intereses diferidos. Los intereses diferidos devengarán en sí mismos intereses como si fuesen parte del principal de las obligaciones, al tipo aplicable simultáneamente al importe nominal de las obligaciones o, en caso de no existir importe de principal pendiente en dicho momento, el que hubiese sido aplicable en caso de haber existido principal pendiente. Los intereses devengados sobre los intereses diferidos en relación con cualquier periodo de intereses se añadirán, a los efectos del devengo de intereses, a dichos intereses diferidos el último día de ese periodo de intereses y devendrán en sí mismos intereses diferidos.Durante cualquier periodo en el que se devenguen intereses diferidos, las obligaciones continuarán devengando intereses al tipo correspondiente sobre su importe de nominal original.Absorción de pérdidas: En caso de que Banco Santander, Sociedad Anónima incurra en pérdidas y, en concreto, en caso de reducción del capital de Banco Santander, Sociedad Anónima, de acuerdo con lo previsto en el artículo 169 de la Ley de Sociedades Anónimas, el emisor o, según el caso, el garante, asignará el principal de las obligaciones junto con los intereses diferidos y los intereses devengados sobre éstos, a la compensación de dichas pérdidas, siempre que los fondos propios correspondientes al capital desembolsado total, reservas generales, acciones sin derecho a voto, acciones preferentes y valores preferentes de cualquier miembro del grupo del garante se hayan asignado previamente a cubrir dichas pérdidas.Los importes de principal de las obligaciones y, en su caso, los intereses diferidos y los intereses devengados por éstos, asignados a la compensación de dichas pérdidas no podrán ser reclamados por los tenedores de obligaciones afectados y, por lo tanto, no originarán obligación alguna de pago para el emisor o, según el caso, el garante, frente a dichos tenedores de obligaciones en relación con tales cuantías.Amortización: Las obligaciones subordinadas perpetuas se emiten por tiempo indefinido. El emisor podrá, el 24 de octubre de 2017 y en cualquier fecha de pago de intereses variables a partir de entonces, y con sujeción a la autorización previa por escrito del Banco de España, y siempre que el garante haya remitido una notificación con una antelación no inferior a treinta y no superior a cuarenta y cinco días, amortizar la totalidad de las obligaciones por su importe nominal junto con los intereses devengados en su caso sobre las mismas.Cotización: Se solicitará la cotización en la Bolsa de Londres.Garante: la presente emisión de obligaciones está garantizada por Banco Santander, Sociedad Anónima.Entidades Aseguradoras y Colocadoras: Merrill Lynch, Pierce, Fenner & Smith Incorporated y Lehman Brothers Incorporated.

Sindicato de Obligacionistas: La escritura de emisión contiene las reglas de funcionamiento del sindicato de obligacionistas. El Comisario es D. Jesús Merino Merchán.

Madrid, 19 de octubre de 2007.-José Antonio Soler Ramos, Presidente del Consejo de Administración. 64.147.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 203 del Lunes 22 de Octubre de 2007. .

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