IBERIAN ASSETS, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbente) INMOLOR, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Anuncio de fusión De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que las Juntas Generales de accionistas de Iberian Assets, Sociedad Anónima, e Inmolor, Sociedad Anónima Unipersonal celebradas en Barcelona el día 29 de diciembre de 2003, han aprobado la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de Inmolor, Sociedad Anónima Unipersonal por Iberian Assets, Sociedad Anónima, con extinción de la personalidad jurídica de Inmolor, Sociedad Anónima Unipersonal y traspaso en bloque, a título universal, de su patrimonio a Iberian Assets, Sociedad Anónima. La consecuente disolución sin liquidación de la primera y adquisición en bloque de su patrimonio social por la segunda se produce sobre la base de los balances cerrados a 30 de junio de 2003 y conforme al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el día 24 de noviembre de 2003.

Las operaciones de la sociedad absorbida se consideran realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente desde el 1 de enero de 2003.

Dado que la Sociedad Absorbente es titular de todas las acciones de la Sociedad Absorbida, no resulta preciso determinar el tipo de canje de las acciones ni procedimiento para el canje conforme a lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas.

No existen en las sociedades intervinientes en la fusión acciones o participaciones con derechos especiales, ni se otorgarán en la sociedad absorbente acciones o derechos especiales como consecuencia de la fusión.

No se otorga ventaja alguna a los administradores de las sociedades fusionadas.

Los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, conforme a lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Se hace constar, asimismo, el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, todo ello de conformidad con lo estipulado en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona, 29 de diciembre de 2003.-El Secretario no miembro del Consejo de Administración de Iberian Assets, Sociedad Anónima y de Inmolor, Sociedad Anónima Unipersonal. D. Luis Medina Drescher.-58.122.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 248 del Martes 30 de Diciembre de 2003. .

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