CONSTRUCCIONES SÁNCHEZ DOMÍNGUEZ-SANDO, S. A. (Sociedad escindida) GRUPO EMPRESARIAL SANDO, S. L. (Sociedad beneficiaria)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta universal de la sociedad "Construcciones Sánchez Domínguez-Sando, Sociedad Anónima", celebrada con carácter universal, en fecha 9 de mayo de 2002, adoptó por unanimidad el acuerdo de escisión parcial de la sociedad con segregación de una parte del patrimonio social, que se transmite en bloque a una sociedad de nueva creación, a saber, "Grupo Empresarial Sando, Sociedad Limitada", que se subroga en los derechos y obligaciones de la parte de patrimonio escindida, todo ello de conformidad con el proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Málaga el 6 de mayo de 2002 por el órgano de administración de "Construcciones Sánchez Domínguez-Sando, Sociedad Anónima".

De conformidad con lo establecido en los artículos 242, 254 y concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho de los accionistas y acreedores de "Construcciones Sánchez Domínguez-Sando, Sociedad Anónima", a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el Balance de escisión. Del mismo modo, se deja pública constancia, del derecho de los acreedores a oponerse a la escisión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha del tercer y último anuncio de los acuerdos de escisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Málaga, 10 de mayo de 2002.-La Secretaria del Consejo de Administración, Esther Sánchez Manzano.-20.402. y 3.a 21-5-2002.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 93 del Martes 21 de Mayo de 2002. .

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