Sergio Osvaldo De Luca - 05/12/2018

JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1

SECRETARÍA NRO. 1 LOMAS DE ZAMORA-BUENOS AIRES

Por ante este Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Nº 1 de Lomas de Zamora, a mi cargo, tramita la causa Nº CCC 11216/2014, caratulada: “DE LUCA SERGIO OSVALDO Y OTROS S/ ESTAFA DCTE: SANTOS RODRIGO ERNESTO” del registro de la Secretaría Nº 1 del Dr. Augusto Peloso, en la que se ha resuelto CITAR Y EMPLAZAR al Sr. Sergio Osvaldo De Luca –titular del documento Nacional de Identidad Nº 26.379.282-, último domicilio conocido en Queirel Nº 547 de la localidad de Monte Grande, partido de Esteban Echeverría, para que comparezca a estar a derecho dentro del quinto día de la última publicación del presente edicto judicial, bajo apercibimiento, en caso de no hacerlo, de ser declarados rebeldes y ordenar sus consecuentes detenciones (artículo 288 y cc. del Código Procesal Penal de la Nación). A mayor abundancia e ilustración, transcríbole la parte pertinente del decreto que ordena la medida: “//más de Zamora, 27 de noviembre de 2018.- […]Ahora bien, toda vez que se desconoce el paradero de Sergio Osvaldo De Luca D.N.I 26.379.282, sin perjuicio de haberse cursado notificación a los fines que el nombrado comparezca a este tribunal a prestar declaración en los términos del art. 294 del C.P.P.N. enviada tanto al domicilio informado por la Cámara Nacional Electoral, sito en la calle Queirel Nº 547 de la localidad de Monte Grande, como al notificado en las tareas investigativas que obran a fs. 334 vta.; Registro Único de Mandatarios (ver fs. 343) y Registro Nacional de las Personas (fs. 401) y con el objeto de ser habido y así poder continuar con los actos procesales pendientes, cíteselo por medio de edicto judicial, conforme lo establecido en el artículo 150 del Código Procesal Penal de la Nación, debiendo comparecer dentro del término del quinto día de la última publicación de aquél, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su consecuente detención -artículo 288 y cc. del Código Procesal Penal de la Nación.

A dichos fines, procédase a la publicación del correspondiente edicto mediante el sistema informático del Boletín Oficial, debiendo dejarse constancia del diligenciamiento de ello..[…] Notifíquese.- Fdo. Alberto Patricio Santa Marina, Juez Federal; Augusto Peloso, Secretario Federal.” Dado, sellado y firmado en la Sala de mi público despacho en la ciudad de Lomas de Zamora, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.- Alberto Patricio Santa Marina Juez - Alberto Patricio Santa Marina JUEZ FEDERAL

e. 29/11/2018 N° 91103/18 v. 06/12/2018

Edicto publicado en la página 132 del Boletin Oficial de la República Argentina del Miércoles 5 de Diciembre de 2018

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