Editto pubblicato il 01/06/2011

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El Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional de Posadas, a cargo del Dr. Ramón Claudio Chávez, Secretaria Nº 3 a mi cargo, sito en Avda. Mitre 2358, cita por el termino de cinco días a contar desde la primera publicación del presente: “//sadas, 18 de Mayo 2011. Autos y Vistos:...Y Considerando:... Resuelvo:

1º) Declarar extinguida la accion penal por prescripción en estos autos (Arts. 59º, inc. 3; 62º y 67º del Código Penal).

2º) Sobreseer total y definitivamente, a Pedro Pablo Escudero Martín, de nacionalidad española, instruido, nacido el 12-10-1975, hijo de Francisco Escudero y de Pilar Martín, Pasaporte Nº 855.755, domiciliado en 136 Shanless Aue Santry, Dublin 9, Irlanda, por el delito de “Tenencia de Estupefaciente Para Consumo Personal” (Art. 14, 2do. Párrafo de la Ley 23.737), que se le imputara preventivamente (Arts. 336, inc.

1º) del CPPN).

3º) Procédase a la Incineración del estupefaciente secuestrado, conforme lo dispone el art. 30 de la Ley 23.737. A tal fin ofíciese al Escuadrón 50 “Posadas” de la G.N.

4º) Notifíquese, Regístrese, y comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal, Archívese.

Fdo. Dr Ramón C. Chavez, Juez Federal: Dra. María T. Fierro, Secretaria.

Publíquese por tres (3) días.

Posadas, 26 de abril de 2011. María Trinidad Fierro, secretaria.

e. 30/05/2011 Nº 61482/11 v. 01/06/2011

Edicto publicado en la página 38 del Boletin Oficial de la República Argentina del Miércoles 1 de Junio de 2011

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