Nº 2 El Juzgado Federal Nro. 2, Secretaría Nro. 4 de Bahía Blanca, hace saber a Pescom S.A. - 29/06/2010

que en los autos caratulados “Poblete Brevis, Juan Efraín y otra c/Pescom S.A. y La Caja A.R.T. s/Indemnización por Accidente de Trabajo” Expte. nro. 39.962 se ha dictado la siguiente Resolución: “Bahía Blanca, 20 de Abril de 2006. Autos y Vistos.

Agréguese.

Atento el silencio del demandado Pescom S.A., pese a estar debidamente notificado —conforme cédula que en este acto se agrega— désele por decaído el derecho que ha dejado de usar y conforme lo peticionado y dispuesto por el art. 59 C.P.C.C., declárese su rebeldía, haciéndole saber que las sucesivas notificaciones le serán efectuadas por Ministerio de la ley. Notifíquese.

Fdo. Luis Ramón Dardanelli Alsina- Juez Federal.

Nota: El presente edicto deberá publicarse por dos días en el Boletín Oficial de la Nación, en el de la Provincia y difundirse mediante LRA Radio Nacional.

Conste.

Se deja constancia que la parte actora goza del beneficio provisional de litigar sin gastos (art. 83 CPCCN). Bahía Blanca, 11 de marzo de 2010. Gabriela Natividad Costa, secretaria federal.

e. 29/06/2010 Nº 69959/10 v. 30/06/2010

Fonte: Bollettino Ufficiale della Repubblica Argentina del Martes 29 de Junio de 2010

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Poblete Brevis, Juan Efraín y otra c/Pescom S.A. y La Caja A.R.T. s/Indemnización por Accidente de Trabajo

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