Editto pubblicato il 19/06/2007

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El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, FALLA:

1º).- CONDENANDO a Fortunata Inocente Toletino, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme art. 12 del Código Penal, inhabilitación especial para ejercer el comercio por el mismo tiempo de la condena, inhabilitación absoluta por el doble tiempo de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público, e inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como miembro de las fuerzas de seguridad, funcionario o empleado aduanero o proveedor de a bordo de cualquier medio de transporte internacional y como apoderado de cualquiera de estos tres últimos y las costas del juicio, por encontrarla autora responsable del delito de contrabando de importación de estupefacientes, agravado por el destino de comercialización, previsto y sancionado por el Art. 866, segundo párrafo de la ley 22.415, y sus modificatorias (Código Aduanero), en función del art. 864, inc. “a”, in fine, en grado de tentativa (Arts. 871 y 872), con más las inhabilitaciones establecidas por el Art. 876, incisos “e”, por el tiempo de condena, “f” y “h”, en concordancia con el art. 1.026 inc. b), sin perjuicio de las que correspondan en sede aduanera.

2º).- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 4 de Enero de 2.011, y diez días para el pago de las costas del juicio.

3º).- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.

4º).- REMITIR a Fortunata Inocente Tolentino al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.

5º).- NOTIFICAR la sentencia en el lugar de detención, bajo acta con entrega de fotocopia.

6º).- MANDANDO que por Secretaria se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.

Hugo Marcelo Savio, juez de cámara subrogante.

René Vicente Casas, juez de cámara.

Carlos Rolando Massaccesi, juez de cámara.

— Ante mí: Efraín Ase, secretario.

e. 08/06/2007 Nº 547.877 v. 22/06/2007

Fonte: Bollettino Ufficiale della Repubblica Argentina del Martes 19 de Junio de 2007

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