HERRAJES ACTIVOS S.R.L. - 18/12/2006

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Hace saber que por Reunión Unánime de Socios de fecha 07 de noviembre de 2006, se resolvió: (i) modificar los Artículos Cuarto y Quinto del Contrato Social, los cuales quedan redactados de la siguiente manera: “CUARTO: El capital social se fija en la suma de doce mil pesos, dividido en un mil doscientas cuotas de diez pesos valor nominal cada una y de un voto por cuota.

El capital social se encuentra integrado en su totalidad” y “QUINTO: La administración y representación de la Sociedad será ejercida por uno o más gerentes designados en reunión de socios, quienes podrán actuar en forma conjunta o indistinta según se disponga en oportunidad de su designación y por un plazo indeterminado o por el que se fije expresamente en el acto de elección.

Los gerentes podrán celebrar todos los actos y contratos necesarios para el desenvolvimiento del objeto social dentro de los límites del artículo 58 de la Ley 19.550. En garantía de su gestión, cada gerente constituirá una garantía a favor de la Sociedad por la suma de diez mil pesos, o el monto que legalmente resulte exigible por disposición reglamentaria, que podrá consistir en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la Sociedad; o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la Sociedad, cuyo costo será soportado por cada gerente.

En ningún caso procederá constituir la garantía mediante el ingreso directo de fondos a la caja social.

Las condiciones de constitución de las garantías deberán asegurar su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de prescripción de tres años correspondiente a eventuales acciones de responsabilidad”; (ii) fijar la nueva sede social en la calle Fray Justo Santa Maria de Oro Nº 2960, Piso 5, Dep.A, de la Capital Federal; (iii) designar por tiempo indeterminado como Gerente al Sr.Alfredo José Codara, D.N.I. 13.018.657, quien constituye domicilio especial en la calle Fray Justo Santa Maria de Oro Nº 2960, Piso 5, Dep. A, de la Capital Federal.

La Sociedad no está comprendida en el art. 299 de la Ley 19.550. Abog. Juan F. Giovachini, autorizado por la Reunión Unánime de Socios indicada.

Abogado - Juan Fernando Giovachini Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

Fecha: 13/12/2006. Tomo: 76. Folio: 155. e. 18/12/2006 Nº 70.584 v. 18/12/2006

Fonte: Bollettino Ufficiale della Repubblica Argentina del Lunes 18 de Diciembre de 2006

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