Editto pubblicato il 01/03/2006

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 40, a cargo del Dr. Guillermo P. Zuccarino, Secretaría Unica a mi cargo, con sede en Uruguay 714, Piso 4º, Capital Federal, comunica por dos días en autos “SAMPAYO, ANA MARIA DEL CARMEN C/ GONZALEZ, NANCY DEL CARMEN S/ EJECUCION HIPOTECARIA”, Expediente Nº 26.450/00 (Reservado), que el martillero Horacio Jorge Canale (4304-2956), rematará “ad corpus” en dinero en efectivo y al contado el día 7 de Marzo de 2006, a las 11,30 horas en punto, en la calle Teniente Gral. Juan D. Perón 1233, de la Capital Federal, el 100% del lote de terreno ubicado en la esquina de la calle 114A y Avenida 7, designado como Lote 5 de la Manzana “R”, del Paraje San Roque, partido de Berazategui, Provincia de Buenos Aires, matrícula 10.369, Nom. Cat.: Circ. V, Secc. J. Manz. 18, Parcela: 5. Superficie total: 330,59 m2. Deudas: Impuesto Inmobiliario al 31.05.05 $ 1.023,80; Municipalidad de Berazategui al 30.04.05 por Tasa Alumbrado, Barrido y Limpieza $ 3.453;84 y por Tasa por Servicios Sanitarios y Con. Vía Pública $ 913,36. Según constatación obrante a fs.: 195 ocupado provisoriamente, y a título gratuito por Atilio Ariel Richar (DNI 21.074.853) para estacionar sus automotores, el que desocupará de inmediato ni bien cese la autorización otorgada por Carlos Alberto Merchan (DNI 20.070.675). En el predio no existen plantaciones y sí algunos muros divisorios (aparentemente) que no cumplen función alguna en pésimas condiciones de conservación y mantenimiento.

Base: $ 31.000.-, Seña: 30%, Comisión: 3%, Arancel Ac. 10/99 CSJN: 0,25%, Sellado: 1%; todo en dinero en efectivo y al contado.

El comprador deberá constituir domicilio en el radio de la Capital Federal (art. 579 CPCC). No procederá la compra en comisión (art. 598 Inc. 7º del CPCC), ni la cesión del boleto de compraventa o cualquier otro negocio que importe sustituir al comprador en subasta.Tampoco se admitirá la actuación en estos obrados del eventual cesionario del inmueble subastado.

Se hace saber que de conformidad con el Plenario de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil dictado en los autos Servicios Eficientes SA c/Yabra, Roberto Isaac s/ Ejec. Hipot. del 18/2/99, de aplicación obligatoria (art. 303 del CPCC) “no corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones, devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarlas.

No cabe una solución análoga respecto de las expensas comunes para el caso de que el inmueble se halle sujeto al régimen de la ley 13.512”.Transcurridos 30 días de celebrada la subasta —con o sin mora— deberá integrarse el saldo de precio con el interés que pague el Banco de la Nación Argentina para las imposiciones a plazo fijo a 30 días.

Exhibición los días jueves 2 y viernes 3 de Marzo de 2006 de 10 a 12 horas.

Buenos Aires, 23 de febrero de 2006. Silvia C. Vega Collante, Secretaria P.A.S. e. 01/03/2006 Nº 53.086 v. 02/03/2006

Fonte: Bollettino Ufficiale della Repubblica Argentina del Miércoles 1 de Marzo de 2006

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