Resolución de 13 de junio de 2024, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publican las sanciones por infracción muy grave impuestas a Lleidanetworks Servéis Telemátics, SA, y a don Francisco Sapena Soler.

Siendo firmes en vía administrativa las sanciones impuestas a Lleidanetworks Servéis Telemátics, SA, y a don Francisco Sapena Soler, por la comisión de sendas infracciones muy graves tipificadas en el artículo 282.15 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, se proceden a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 335 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, las sanciones impuestas mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de fecha 22 de marzo de 2024 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente acuerdo:

1. Imponer a LLeidanetworks Serveis Telemátics, SA, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 282.15 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado mediante Real Decreto Legislativo 4/2015 de 23 de octubre, por el incumplimiento del artículo 15 del Reglamento (UE) n.º 596/2014, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado, por la realización de una práctica de manipulación de mercado de las descritas en el artículo 12.1.c) del citado Reglamento, al transmitir señales falsas y engañosas en cuanto a la oferta, demanda o el precio de las acciones de la sociedad y fijando el precio en un nivel artificial, mediante la publicación de Otra Información Relevante, en el Sistema Multilateral de Negociación BME MTF EQUITY, el 25 de abril de 2022 a las 7:27 horas, multa por importe de 200.000 euros (doscientos mil euros).

2. Imponer a don Francisco Sapena Soler, en su condición de Presidente de LLeidanetworks Serveis Telemátics, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 282.15 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado mediante Real Decreto Legislativo 4/2015 de 23 de octubre, por el incumplimiento del artículo 15 del Reglamento (UE) n.º 596/2014, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado, por la realización de una práctica de manipulación de mercado de las descritas en el artículo 12.1.c) del citado Reglamento, al transmitir señales falsas y engañosas en cuanto a la oferta, demanda o el precio de las acciones de la sociedad y fijando el precio en un nivel artificial, mediante la publicación de Otra Información Relevante, en el Sistema Multilateral de Negociación BME MTF EQUITY, el 25 de abril de 2022 a las 7:27 horas, multa por importe de 75.000 euros (setenta y cinco mil euros).

La Resolución que impone las sanciones, antes citadas, únicamente es firme en vía administrativa, siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 13 de junio de 2024.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 156 del Viernes 28 de Junio de 2024. Otras disposiciones, Comisión Nacional Del Mercado De Valores.

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