SANTA CRUZ DE TENERIFE

Edicto.

Cédula de notificación

Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Ordinario 103/2012, se ha dictado Auto de fecha 28/02/2013, cuyos puntos principales de su parte dispositiva, son del tenor literal siguiente: "Parte dispositiva: Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario abreviado a la entidad Mercantil de Obras y Viviendas de Tenerife, S.L., CIF B-38484937 y se declara abierta la fase común del concurso..... Se nombra a Solícitum Abogados, Economistas Consultores, S.L.P., miembro único de la administración concursal, quien además de las facultades legalmente previstas, deberá prestar su autorización o conformidad a los actos de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor que realice éste, al acordarse la intervención de dichas facultades, en los términos del artículo 40 de la Ley Concursal. En el acta de aceptación del cargo, las referidas entidades, deberán designar personas naturales que las representen (art. 30.1 y 4 L.C.). quienes deberán comparecer a aceptar el cargo, en el plazo de los cinco días posteriores.... Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5.º y 85 de la Ley Concursal -redacción dada por ley 38/11 de 10 de octubre-, a todos los acreedores de la Entidad-deudora, para que en el plazo de 1 mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación acordada en este Auto (B.O.E.), comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El domicilio y la dirección electrónica serán únicos y deberán ser puestos en conocimiento del juzgado por el administrador concursal al tiempo de la aceptación del cargo..... La personación de los acreedores tendrá lugar por escrito firmado por Letrado y Procurador presentado en el Decanato, conforme al artículo 184 LC..... Notifíquese el auto a las partes personadas. Este auto producirá de inmediato los efectos previstos en la Ley Concursal para la declaración de concurso..... Contra este auto no cabe recurso.... Así lo dispone, manda y firma doñaAna Fernández Arranz, Magistrada Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife; doy fe.........."

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el Administrador Concursal de este procedimiento es don Iván Cristóbal González, con DNI 44861527-G, de profesión Economista-Auditor de Cuentas, con domicilio en Centro de Negocios Directo, calle Aguere 9, de Santa Cruz de Tenerife - CP 38005, teléfono 963818108, Fax 963818452, móvil: 627564558, correo electrónico: ivan@icristobal.es

Santa Cruz de Tenerife, 5 de marzo de 2013.- Secretario Judicial.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 83 del Sábado 6 de Abril de 2013. Administración de Justicia, Juzgados De Lo Mercantil.

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