Orden CUL/1914/2011, de 15 de junio, por la que se ejercita el derecho de tanteo, sobre los lotes nºs. 489 y 490, subastados por la sala Jesús Vico, SA, en Madrid.

A propuesta de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, y en aplicación de los artículos 40 y 41 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, dispongo:

Primero.

Que se ejercite el derecho de tanteo para el Patronato de la Alhambra y el Generalife, con cargo a sus presupuestos, sobre los bienes muebles que fueron incluidos en el catálogo de la subasta pública celebrada por la Sala Jesús Vico, S. A., en Madrid, el día 9 de junio de 2011, con los números y referencia siguientes:

Lote n.º 489.–Dobla. Muhammad V. Medina de Granada. Precio de remate: 2.700 €.

Lote n.º 490.–Dobla. Muhammad VII. Granada. Sin fecha. Precio de remate: 1.700 €.

Segundo.

Para el abono a la sala subastadora del precio total de remate de cuatro mil cuatrocientos euros (4.400 euros), más los gastos inherentes, así como para la custodia del bien subastado, el representante de la entidad de derecho público afectada habrá de acordar directamente con los subastadores las medidas que estime conveniente.

Madrid, 15 de junio de 2011.–La Ministra de Cultura, P. D. (Orden CUL/2165/2009, de 14 de julio), la Subsecretaria de Cultura, Mercedes Elvira del Palacio Tascón.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 164 del Lunes 11 de Julio de 2011. Otras disposiciones, Ministerio De Cultura.

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