Sentencia de 10 de diciembre de 2009, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara nulo de pleno derecho el artículo 233.2 del Reglamento del Impuesto de Sociedades, aprobado por Real Decreto 2631/1982, de 15 de octubre, en la parte que indica "siempre que éstos sean residentes en España".

En el recurso de casación 1852/2004, interpuesto por don Argimiro Vázquez Guillén, Procurador de los Tribunales, en nombre de Empresa Nacional de Residuos Radioactivos, S. A. (ENRESA), la Sala Tercera (Sección Segunda) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 10 de diciembre de 2009, cuya dispositiva apartado tercero es de tenor literal siguiente:

FALLAMOS

Tercero.–Que debemos declarar y declaramos nulo de pleno derecho el artículo 233.2 del Reglamento del Impuesto de Sociedades, aprobado por Real Decreto 2631/1982, de 15 de octubre, en la parte que indica «siempre que éstos sean residentes en España».

Así por esta nuestra sentencia, que deberá insertarse en la Colección Legislativa, definitivamente juzgando lo pronunciamos, mandamos y firmamos.–Presidente: Excmo. Sr. D. Rafael Fernández Montalvo.–Magistrados: Excmo. Sr. D. Manuel Vicente Garzón Herrero.–Excmo. Sr. D. Manuel Martín Timón.–Excmo. Sr. D. Joaquín Huelin Martínez de Velasco.–Excmo. Sr. D. Óscar González González.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 114 del Lunes 10 de Mayo de 2010. Disposiciones generales, Tribunal Supremo.

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