Resolución de 2 de julio de 2009, de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, por la que se publica la relación de aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, que han aprobado la fase de oposición y se nombran policías alumnos a los que han de realizar el curso de formación en el primer ciclo.

Finalizada la fase A) de la oposición a ingreso en la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, convocada por Resolución de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, de 5 de mayo de 2008 («BOE» núm. 122, de 20 de mayo), se dispone lo siguiente:

Primero.–A propuesta del Tribunal Calificador, hacer pública la relación de aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, que han aprobado la fase de oposición y que figuran en el anexo I que se acompaña a la presente Resolución. En el mismo aparecen con la indicación (1) los opositores que optaron a las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería.

Dicho anexo comprende relación alfabética de aquéllos, con indicación del número del documento nacional de identidad, de la puntuación final obtenida por cada aspirante en la fase de oposición, integrada, en aplicación de la base 7.7 de la convocatoria, por la suma de las puntuaciones de la primera y segunda pruebas, incluidas, en su caso, la alcanzada en el ejercicio voluntario de idiomas, y con arreglo a lo dispuesto en las bases 7.8 y 7.9 de la convocatoria, la de los servicios prestados en las Fuerzas Armadas y la de los deportistas de alto nivel, para aquellos opositores que acreditaron los méritos correspondientes; así como, del número de orden de cada uno en función de dicha puntuación.

Segundo.–Nombrar Policías alumnos a los opositores siguientes:

a) A los comprendidos entre los números de orden 1 y 2.500 inclusive de la relación a que se refiere el número anterior.

b) A los que se relacionan en el anexo II de la presente, en ejecución de las Resoluciones de este centro directivo dimanantes de los recursos interpuestos por los interesados. En dicho anexo se especifica la convocatoria de procedencia de cada uno de ellos y la puntuación obtenida en la fase de oposición.

Tercero.–Los nombrados Policías alumnos se incorporarán al Centro de Formación, de la División de Formación y Perfeccionamiento, del Cuerpo Nacional de Policía (Avda. Juan Carlos I, núm. 46, Ávila), para la realización del preceptivo curso de formación y el módulo de formación práctica, en los términos establecidos en el Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, y en las bases de la convocatoria, el día 10 de septiembre de 2009, conforme se especifica:

A las 8:30 horas:

Todas las mujeres.

Los hombres cuya inicial del primer apellido esté comprendida entre la A y la I, ambas inclusive.

A las 10:30 horas:

Los hombres cuya inicial del primer apellido esté comprendida entre la J y la Q, ambas inclusive.

 

A las 12:30 horas:

Los hombres cuya inicial del primer apellido esté comprendida entre la R y la Z, ambas inclusive.

Dicho nombramiento surtirá efectos desde la fecha de incorporación al Centro de Formación.

Cuarto.–La no incorporación, sin causa justificada, al Centro de Formación para la realización del preceptivo curso de formación, en la fecha indicada, llevará aparejada la exclusión del proceso y la pérdida de todos los derechos y expectativas de derechos nacidos de la superación de la fase de oposición.

Los mismos efectos surtirán las Resoluciones por las que se desestimen las solicitudes de aplazamiento del curso de formación.

Quinto.–Los opositores incluidos en la relación a que se refiere el número primero anterior, cuyo número de orden esté comprendido entre el 2.501 y el 5.000, inclusive, oportunamente serán nombrados Policías alumnos y convocados al Centro de Formación para la realización del curso de formación y el módulo de formación práctica.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil en el plazo de un mes, en los términos establecidos por el art. 116 y concordantes de aquella Ley o contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.i) y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.

Madrid, 2 de julio de 2009.–El Director General de la Policía y de la Guardia Civil, Francisco Javier Velázquez López.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 174 del Lunes 20 de Julio de 2009. Autoridades y personal, Ministerio Del Interior.

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