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Visto el expediente de indulto de don David Real Moreno, condenado por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla, en sentencia de 14 de junio de 2007, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y tres meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 48.000 euros, y un delito de tenencia ilícita de armas, a la pena de un año de prisión, por hechos cometidos en los años 2001-2002, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de agosto de 2008,
Vengo en conmutar a don David Real Moreno las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.
Dado en Palma de Mallorca, el 1 de agosto de 2008.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 222 del Sábado 13 de Septiembre de 2008. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.