Corrección de errores de la Orden ITC/400/2007, de 26 de febrero, por la que se regulan los contratos bilaterales que firmen las empresas distribuidoras para el suministro a tarifa en el territorio peninsular.

Advertidos errores en el texto de la Orden ITC/400/2007, de 26 de febrero, por la que se regulan los contratos bilaterales que firmen las empresas distribuidoras para el suministro a tarifa en el territorio peninsular, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 50, de 27 de febrero de 2007, se procede a efectuar las oportunas modificaciones:

En la página 8206, segunda columna, octavo párrafo, primera línea, donde dice: «Antes de que transcurran 72 horas desde el momento», debe decir: «Antes de que transcurran 24 horas desde el momento».

En la página 8209, primera columna, apartado 6 del Anexo, cuarta y quinta líneas, donde dice: «... será aprobada por Resolución del Secretario General de Energía al menos un mes antes...», debe decir: «... será aprobada por Resolución del Secretario General de Energía al menos quince días antes...».En la página 8209, segunda columna, apartado 10 del Anexo, segunda y tercera líneas, donde dice: «..., se celebrarán sesiones de formación al menos una semana antes de la ejecución...», debe decir: «..., se celebrarán sesiones de formación al menos tres días antes de la ejecución...».En la página 8209, segunda columna, apartado 19 del Anexo, primera línea, donde dice: «Antes de que transcurran 72 horas desde...», debe decir: «Antes de que transcurran 24 horas desde...».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 143 del Viernes 15 de Junio de 2007. Disposiciones generales, Ministerio De Industria, Turismo Y Comercio.

Materias

  • Comercio
  • Comisión Nacional de Energía
  • Distribución de energía
  • Empresas
  • Energía eléctrica
  • Precios
  • Secretaría General de Energía

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