ORDEN APA/525/2007, de 6 de marzo, por la que se amplía el plazo para la presentación de la solicitud única del régimen de pago único y otros regímenes de ayuda directa a la agricultura y a la ganadería para el año 2007.

La disposición adicional única del Real Decreto 1582/2006, de 22 de diciembre, por el que se modifican el Real Decreto 1617/2005, de 30 de diciembre, por el que se regula la concesión de derechos a los agricultores dentro del régimen de pago único, y el Real Decreto 1618/2005, de 30 de diciembre, sobre la aplicación del régimen de pago único y otros regímenes de ayuda directa a la agricultura y a la ganadería, establece que la solicitud única para el año 2007 podrá presentarse entre el 1 de febrero y el tercer viernes de marzo.El año 2007 es el segundo en que se aplica en España el régimen de pago único, y se presenta un solo documento para la solicitud de los derechos de pago único y otras ayudas comunitarias. Diversas comunidades autónomas han solicitado la prórroga del plazo ante las dificultades que, para ellas y para los agricultores, supone cumplimentar sus respectivas actuaciones en el marco del nuevo régimen. Por esta razón se procede a la ampliación del plazo para la presentación de las solicitudes.La presente orden se dicta en base a la habilitación que establece la disposición final segunda letra b), del Real Decreto 1618/2005, de 30 de diciembre, por la que se faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para modificar las fechas que se establecen en el mismo.En la elaboración de la presente orden se ha consultado a las comunidades autónomas y a las entidades más representativas del sector.En su virtud, dispongo:

Artículo único. Ampliación del plazo para la presentación de la solicitud en el régimen de pago único y otros regímenes de ayuda directa a la agricultura y a la ganadería para el año 2007.

El plazo para la presentación de la solicitud única para la campaña 2007/08, se amplía hasta el 30 de abril de 2007, inclusive.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 6 de marzo de 2007.-La Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, Elena Espinosa Mangana.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 59 del Viernes 9 de Marzo de 2007. Otras disposiciones, Ministerio De Agricultura, Pesca Y Alimentación.

Notas

  • Entrada en vigor el 10 de marzo de 2007.

Materias

  • Agricultura
  • Ayudas
  • Ganadería

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