Voglio sapere a riguardo di…
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Por Resolución de 13 de julio de 2006 (BOE del día 20) de la Agencia Estatal de Administración Tributaria se convocó concurso para la provisión de puestos de trabajo en las Áreas de Inspección Financiera y Tributaria, Recaudación y Aduanas e Impuestos Especiales (Ref. 2006 A 04).Con ocasión de la tramitación de un recurso administrativo de reposición interpuesto por don José Miguel Martínez Martínez contra la citada Resolución, se observó que dicha convocatoria se encontraba afectada por la doctrina judicial puesta de manifiesto en sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo n.º 4, recaída en recurso contencioso administrativo n.º 59/05, y en la sentencia de la Audiencia Nacional de 23 de junio de 2006 que desestima el recurso de apelación interpuesto contra la anterior, relativas ambas a la convocatoria de concurso para la provisión de puestos de trabajo en las Áreas de Inspección Financiera y Tributaria, Recaudación y Aduanas e Impuestos Especiales (Ref. 2005 A 01). Dicha doctrina judicial ha anulado apartados esenciales de las bases de la convocatoria, al considerar que la forma de valoración del trabajo desarrollado en lo que afecta al desempeño de puestos como funcionarios del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado, respecto al desempeño de puestos en el Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado, no se encontraba justificada.Como consecuencia de lo anterior, la resolución del recurso administrativo en cuestión, en ejercicio de competencias delegadas por el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ha dejado sin efecto el acto administrativo objeto del recurso, es decir, la Resolución de 13 de julio de 2006, por la que se convocó concurso para la provisión de puestos de trabajo en las áreas de Inspección Financiera y Tributaria, Recaudación y Aduanas e Impuestos Especiales (2006 A 04), publicada en el Boletín Oficial del Estado el siguiente día 20, advirtiendo de que contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación.
Lo cual se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 12 de diciembre de 2006.-El Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Luis Pedroche y Rojo.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 303 del Miércoles 20 de Diciembre de 2006. Autoridades y personal, Ministerio De Economía Y Hacienda.