Voglio sapere a riguardo di…
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Visto el expediente de indulto de don Antonio Arranz Díaz, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección segunda, en sentencia de 5 de noviembre de 2004, como autor de un delito de lesiones con empleo de medio peligroso y agravante de parentesco, a la pena de tres años y seis meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2001, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de mayo de 2006,
Vengo en conmutar a don Antonio Arranz Díaz la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 12 de mayo de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 126 del Sábado 27 de Mayo de 2006. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.