Edicto de la Dirección General de Tráfico, por el que se notifica a la funcionaria de la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos, que se ha dictado resolución.

Al no haberse podido practicar la notificación personal al interesado por desconocer su actual paradero, conforme dispone el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en aplicación de lo dispuesto en dicho artículo, debe publicarse a efectos de notificación la parte dispositiva de la Resolución Definitiva dictada en fecha 24 de marzo de 2006 por el Ministro del Interior, con el conforme del Ministro de Administraciones Públicas, emitido por Resolución de 28 de abril de 2006, en el expediente disciplinario incoado a doña Olga Álvarez Vaquero funcionaria de la escala Auxiliar de Organismos Autónomos destinada en la Subdirección General de Tráfico y Movilidad de la Dirección General de Tráfico, y cuyo tenor literal es el siguiente: «Vista la propuesta del Instructor, en uso de las facultades que me confiere el artículo 34 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, acuerdo declarar la responsabilidad disciplinaria de la funcionaria doña Olga Álvarez Vaquero, por la comisión de una falta de carácter muy grave tipificada en el apartado c) del artículo 6 de Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, consistente en «el abandono del servicio», por los hechos relatados en el primer fundamento de derecho de esta resolución. Imponerle la sanción de separación del servicio a tenor de lo previsto en los artículos 14 apartado a) y 15 ambos de expresado Reglamento. Con anotación de la falta y de la sanción en su expediente personal, según se dispone en el artículo 51 del Reglamento reiteradamente citado. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 del Reglamento reiteradamente citado. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción de la Ley 4/1999, de 13 de enero, en relación con la Disposición Adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, el interesado puede interponer, con carácter potestativo recurso de reposición ante este Departamento, en el plazo de un mes, según lo preceptuado en los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, en su nueva redacción dada por Ley 4/1999; o impugnarla, presentando directamente recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 11.1a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de notificación de la presente, de conformidad con lo previsto en el ar-tículo 46 número 1 de dicha Ley.

Madrid, 23 de mayo de 2006.-El Secretario General de la Dirección General de Tráfico, Carlos Adiego Samper.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 126 del Sábado 27 de Mayo de 2006. Anuncios, Ministerio Del Interior.

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