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Visto el expediente de indulto de don Adrián Gómez Fernández, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Alicante, sección séptima, de Elche, en sentencia de 15 de julio de 2003, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 1.600 euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2002, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de abril de 2006,
Vengo en conmutar a don Adrián Gómez Fernández la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 21 de abril de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 113 del Viernes 12 de Mayo de 2006. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.