Orden SCO/2229/2005, de 6 de julio, por la que se inicia la fase de provisión de plazas de Médicos de Urgencias en Atención Primaria.

De conformidad con lo establecido en la Orden de 4 de diciembre de 2001 (B.O.E. del 10), corregida por la de 17 de diciembre de 2001 (B.O.E. del 21) por la que se convoca proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Médicos de Urgencia en Atención Primaria, finalizada la fase de selección del proceso extraordinario de esta especialidad y declarados en expectativa de destino los aspirantes que superaron la misma, este Ministerio según lo previsto en la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, por la que se establece un proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social de los Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud, dispone:

Iniciar, conforme a la base duodécima de la Orden de 4 de diciembre de 2001 (B.O.E. del 10) la fase de provisión del proceso extraordinario de consolidación de empleo para las plazas de Médicos de Urgencia de Atención Primaria, con sujeción a las siguientes

Bases

Primera. Normas generales.-La fase de provisión se regirá por las presentes bases y por lo dispuesto en la Ley 16/2001, de 21 de noviembre.Esta fase de provisión constará de la realización y calificación de una entrevista para evaluar los diferentes niveles de complejidad en los que pueden prestar sus funciones los aspirantes y de la valoración de méritos relativos a servicios prestados, actividad científica e investigadora e impartición de docencia postgraduada, referidos al día de publicación de esta Orden que inicia la fase de provisión en el Boletín Oficial del Estado. La valoración se realizará conforme al baremo que se publica como Anexo I de esta Orden.Segunda. Plazas.-Aprobar, previo informe favorable de la Comisión de Desarrollo y Seguimiento prevista en la Disposición Adicional Quinta de la Ley 16/2001, las plazas que se ofrecen y que se indican en el Anexo II de esta Orden.Las plazas convocadas que figuran en el Anexo II de esta Orden y que no están afectas a todo un Área, se hacen públicas desglosadas por Código de Puesto de Trabajo-CIAS, en los tablones de anuncios de los Servicios de Salud, Subdelegaciones y Delegaciones de Gobierno, Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y Ministerio de Sanidad y Consumo.Tercera. Comisiones delegadas.-De conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 16/2001, de 21 de noviembre de 2001 y con la base decimoquinta de la Orden de convocatoria, se designa a los miembros de las Comisiones Delegadas del Tribunal Central que realizarán y evaluarán la entrevista y que figuran en el Anexo III de esta Orden.Cuarta. Participación obligatoria.-Están obligados a participar en esta fase de provisión, conforme a lo previsto en la base decimotercera de la convocatoria.

a) El personal que como consecuencia del proceso de consolidación de empleo haya sido declarado personal estatutario en expectativa de destino en la especialidad de Médicos de Urgencia en Atención Primaria.

El personal que se encuentre en esta situación y no participe en esta fase de provisión se le considerará decaído en sus derechos, sin que pueda adjudicársele plaza alguna, perdiendo su situación de personal estatutario en expectativa de destino.La base undécima de la convocatoria establece que quienes como consecuencia de su participación en la fase de selección correspondiente a más de una categoría, o en su caso especialidad, accedieran a la situación de expectativa de destino en más de una categoría o especialidad, únicamente podrán participar en la fase de provisión de plazas en una sola de ellas. Por ello, se entenderá que quienes participen en la presente fase de provisión optan por mantener su participación exclusivamente en la fase de provisión que la presente Orden inicia.b) El personal que se encuentre en situación de reingreso provisional en Centros sanitarios del extinguido Insalud en la especialidad de Médicos de Urgencia en Atención Primaria, deberá participar solicitando, al menos, todas las plazas ofertadas en la misma Área de Salud donde le fue concedido el reingreso provisional.Si quien desempeñe la plaza con destino provisional, no la obtiene en esta fase de provisión habiendo solicitado todas las convocadas en su categoría, modalidad y área de salud, podrá optar por obtener nuevo destino provisional en alguna de las plazas que resulten vacantes como consecuencia de la resolución de la fase de provisión o pasar nuevamente a la situación de excedencia voluntaria. El reingresado provisional que no participe en esta fase, o no obtenga plaza y no haya solicitado todas las de su especialidad y área de salud, será declarado de oficio en situación de excedencia voluntaria.

Quinta. Participación voluntaria.-Podrán participar voluntariamente los siguientes candidatos.

a) El personal estatutario fijo que, ostentando nombramiento en propiedad como Médicos de Urgencia en Atención Primaria, se encuentre desempeñando o tenga plaza reservada en los Centros sanitarios de la Seguridad Social, sea cuales fueren las Administraciones Públicas de las que aquellos dependen y sea cual fuere la fecha en que hubiese tomado posesión.

b) El personal en situación distinta a la de activo y que no ostente reserva de plaza, siempre que reúna los requisitos legales y reglamentarios para incorporarse al servicio activo el último día de presentación de solicitudes de la fase de provisión, sin que le sea exigible plazo alguno de permanencia en la situación en que se encuentre.c) El personal estatutario facultativo fijo que ostente la categoría de Jefe de Departamento, Jefe de Servicio o Jefe de Sección, por haber accedido directamente a la misma con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 5 de febrero de 1985, podrá concurrir a esta fase de provisión en las mismas condiciones que los Facultativos Especialistas de Área. Si obtuvieran plaza en tal fase serán nombrados Facultativos Especialistas de Área, perdiendo definitivamente la categoría originaria.

El personal que participe voluntariamente en esta fase de provisión, deberá hacerlo desde el momento en que esta fase se inicie, consignando en la instancia los centros donde opta a realizar la entrevista, especificando a tal fin los códigos indicados en el Anexo II, así como cualquier otro que resulte de su interés y que pudiera quedar vacante como consecuencia de la resolución de la esta fase de provisión.

Sexta. Solicitudes.-Las solicitudes de participación en la fase de provisión se ajustarán al modelo que será facilitado en los Servicios de Salud, en las Subdelegaciones y Delegaciones de Gobierno, Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y Ministerio de Sanidad y Consumo.Las solicitudes de participación se presentarán en los Registros de cualquiera de las instituciones señaladas anteriormente, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado. Si el último día de plazo resultara inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.El incumplimiento de lo previsto anteriormente, determinará la exclusión del aspirante. Durante el plazo de presentación de solicitudes, los participantes podrán retirar o modificar su solicitud con la presentación de una nueva, que anulará totalmente la anterior.Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, no se admitirá ni su modificación ni la presentación de nuevos documentos.Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán al Ministerio de Sanidad y Consumo, Proceso de Consolidación de Empleo. Alcalá 56. 28071 Madrid.Séptima. Cumplimentación de solicitudes.-Los concursantes deben consignar en la instancia los códigos (de centro o CIAs, según el caso) de las plazas a las que optan, especificando a tal fin los códigos correspondientes.En el supuesto de que en un Centro de Gestión, todas las plazas ofertadas estén identificadas por CIAs, no será válida la solicitud de las mismas mediante la identificación en la instancia del código del Centro de Gestión, sino que será necesaria su identificación mediante con los correspondientes códigos CIAs.Con independencia de que en dicha instancia se consignen plazas correspondientes a diferentes Centros de Gestión, sólo podrán concurrir a la entrevista en uno de ellos. En caso de no presentarse a la realización de la misma, o de concurrir en distintos Centros de Gestión a más de una de ellas, decaerán en sus derechos, sin que pueda adjudicársele plaza alguna, perdiendo, en el caso del personal procedente de la fase de selección, su situación de personal estatutario en expectativa de destino.Los concursantes deben cumplimentar todos los apartados de su instancia. A los efectos de su cumplimentación se tendrán en cuenta las instrucciones que se facilitarán con la misma.Los aspirantes quedarán vinculados por los datos consignados en las solicitudes. El domicilio que figure se considera el único válido a efectos de notificación, siendo responsabilidad exclusiva del concursante la comunicación de cualquier cambio, así como los errores en su consignación.Octava. Acreditación de méritos valorables.-A las solicitudes se acompañará:

a) Todos los concursantes presentarán originales o fotocopias compulsadas de las certificaciones o acreditaciones correspondientes a los méritos alegados y que figuran en el Anexo I referidos al día de publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado.

A este respecto, los concursantes que procedan de la fase de selección únicamente deberán presentar las certificaciones o acreditaciones de los méritos computables desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de la fase de selección hasta la fecha de publicación de la presente Orden, por la que se inicia la fase de provisión.b) El personal que se encuentre en situación de excedencia voluntaria o en situación de reingresado provisional, presentará fotocopia compulsada de la Resolución de concesión de dicha excedencia o reingreso.c) El personal que no proceda de la fase de selección, presentará fotocopia compulsada del nombramiento en propiedad en la especialidad a la que se concursa.

Solamente se valorarán los méritos alegados por los concursantes dentro del plazo de presentación de solicitudes y que sean acreditados documentalmente. No obstante, y para los participantes que procedan de la fase de selección, se considerarán alegados en esta fase de provisión los méritos ya acreditados por los interesados en la fase de selección.

Novena. Desarrollo de la fase de provisión.-Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Tribunal publicará la lista provisional de participantes admitidos a la entrevista por Centros de gestión (y en su caso, en atención al número de aspirantes, por Comisión Delegada) en los tablones de anuncios de los Servicios de Salud, de las Subdelegaciones y Delegaciones de Gobierno, Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y Ministerio de Sanidad y Consumo.Los interesados dispondrán de quince días hábiles para reclamar contra su exclusión.Las reclamaciones formuladas contra la lista provisional serán estimadas o desestimadas en la relación definitiva de aspirantes admitidos que, además, fijará el lugar, fecha y hora de realización de la entrevista, y que será aprobada, a propuesta del Tribunal, por el Órgano convocador y publicada en los tablones de anuncios de los Servicios de Salud, de las Subdelegaciones y Delegaciones de Gobierno, Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y Ministerio de Sanidad y Consumo. Esta publicación servirá de notificación a los interesados.A efectos únicamente informativos, se publicarán en la página Web del Ministerio de Sanidad y Consumo, el lugar, fecha y hora de comienzo de la entrevista.Décima. Resolución de la fase de provisión.-Finalizadas las entrevistas y valorados los méritos acreditados por los participantes, el Tribunal Central publicará la lista provisional con las puntuaciones obtenidas por cada uno de los participantes y con los destinos provisionales asignados, en su caso, en el centro de gestión donde el aspirante optó por realizar la entrevista y en los tablones de anuncios de los Servicios de Salud, Subdelegaciones y Delegaciones de Gobierno, Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y Ministerio de Sanidad y Consumo.A efectos únicamente informativos, se publicará en la página Web del Ministerio de Sanidad y Consumo dicha lista provisional.Los interesados dispondrán de un plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación, para formular reclamaciones contra el listado provisional.Los concursantes que han participado voluntariamente en esta fase, podrán desistir de su solicitud una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, hasta el momento de la conclusión del plazo para formular reclamación contra la resolución provisional.Las reclamaciones formuladas contra la lista provisional serán estimadas o desestimadas en la resolución definitiva de asignación de destinos por centros de gestión, que será aprobada a propuesta del Tribunal, por el Órgano convocador y publicada en los tablones de anuncios de los Servicios de Salud, Subdelegaciones y Delegaciones de Gobierno, Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y Ministerio de Sanidad y Consumo.Con las plazas no adjudicadas o que resulten vacantes como consecuencia de la fase de provisión se iniciará de nuevo el procedimiento de provisión previsto en esta base.Por ello en la resolución definitiva de asignación de destinos, se relacionarán dichas plazas por centros de gestión, estableciéndose, el plazo, la forma, lugar de presentación de solicitudes, así como la fecha, lugar y hora de celebrar la segunda entrevista, continuándose el procedimiento de provisión previsto en esta base.En este segundo proceso de asignación podrá participar voluntariamente el personal estatutario fijo, relacionado en la base quinta, siempre que no hubiese obtenido en el primer proceso ningún destino definitivo y haya solicitado participar en el proceso de provisión dentro del plazo establecido en la Base Sexta.En este segundo proceso de asignación deberá participar obligatoriamente el personal nombrado en expectativa de destino, siempre que no hubiese obtenido destino definitivo en el primer proceso de asignación de plazas.No podrá participar en este segundo proceso de asignación el personal que haya obtenido plaza en el primer proceso de asignación o que haya desistido de su solicitud.El personal en situación de reingreso provisional, que habiendo participado en el primer proceso de asignación de destinos y solicitado todas las de su categoría, modalidad y área de salud, no obtuviera destino definitivo, deberá participar obligatoriamente en este segundo proceso de asignación, siempre que se ofrezcan plazas de su especialidad y área de salud. En caso de no participar o no solicitar todas las de especialidad y área de salud, será declarado en situación de excedente voluntario.En caso de empates en la puntuación total obtenida, en cada uno de los dos procedimientos de asignación de plazas, se resolverá a favor del concursante que acredite mayor tiempo total de servicios prestados en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social del extinguido Insalud. De persistir el empate, se resolverá a favor de la mejor puntuación obtenida en el apartado 2 del baremo de la fase de provisión que figura como Anexo I y por su orden. Si el empate se mantiene, se realizará un sorteo público.Undécima. Cierre de la fase de provisión.-Si como consecuencia de la provisión establecida en la base anterior todavía existieran plazas no adjudicadas o vacantes, las mismas se cubrirán de forma centralizada en función de la puntuación obtenida en los apartados 2 y 3 del baremo que figura como anexo I y por su orden. Para ello, el Tribunal en la Resolución definitiva de la asignación de destinos del segundo proceso de asignación de plazas convocará, en llamamiento único, a los aspirantes que no resultaron adjudicatarios de plaza en el mismo, para que atendiendo a su puntuación elijan los destinos sobrantes.Quedarán excluidos de la asignación de plazas, quienes no hayan participado en el segundo proceso de la fase de provisión establecida en la base anterior.Duodécima. Nombramientos.-Mediante Orden que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, el personal en situación de expectativa de destino que hubiera obtenido plaza en esta fase de provisión será nombrado personal estatutario fijo. Aquellos que, estando en situación de expectativa de destino, no hubieran obtenido plaza, habiendo participado íntegramente en la fase de provisión y en el cierre de la misma, serán nombrados personal estatutario fijo en situación de excedencia voluntaria, sin que se exija el período mínimo de un año para solicitar el reingreso.Decimotercera. Asignación de plazas.-El órgano convocador, mediante Orden que se publicará en el Boletín Oficial del Estado aprobará la relación definitiva de adjudicatarios, con expresión concreta de la plaza adjudicada. Esta misma Orden abrirá el plazo para la toma de posesión. Corresponde a la Comisión de Desarrollo y Seguimiento, la asignación concreta de la plaza, sin perjuicio de que la toma de posesión se efectúe por la correspondiente Comunidad Autónoma.Decimocuarta. Toma de posesión.

a) Los adjudicatarios procedentes de la expectativa de destino de la fase de selección dispondrán de un plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden a que se refiere la base anterior, para efectuar la toma de posesión. Este mismo plazo regirá en el caso de que la adjudicación de plaza suponga el reingreso al servicio activo. En ambos casos este período no será retribuido.

b) Cuando el adjudicatario sea personal estatutario con plaza en propiedad en la misma categoría a la que ha concursado en esta convocatoria, y no proceda de la fase de selección, deberá cesar en la que, en su caso, desempeñe, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique la Orden citada en la base anterior. No obstante el Gerente de la Institución, por necesidades del servicio, podrá ampliar este plazo hasta diez días.

La toma de posesión en la nueva plaza deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al del cese, si las plazas son de la misma localidad; en el plazo de quince días hábiles, si son de distinta localidad pero del mismo área de salud; o en el de un mes, si pertenece a distinta localidad y área de salud.

Cuando el aspirante no tome posesión de la plaza que se le hubiere adjudicado, en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de su participación en esta convocatoria.El adjudicatario, personal estatutario con plaza en propiedad, que no se incorpore al destino obtenido dentro de los plazos establecidos o de las prórrogas de los mismos que legal o reglamentariamente proceda, se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular como personal estatutario y será declarado en dicha situación por el Servicio de Salud donde tenga que tomar posesión. No obstante, si existen causas suficientemente justificadas así apreciadas, previa audiencia del interesado, podrá dejarse sin efecto dicha situación. En tal caso el interesado deberá incorporarse a su destino tan pronto desaparezcan las causas que en su momento lo impidieron.

Decimoquinta. Norma final.-Contra la presente Orden, y cuantos actos administrativos sean dictados en su ejecución, podrá interponerse, alternativamente, bien recurso de reposición ante este Ministerio, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de la Audiencia Nacional, dentro del plazo de dos meses contados a partir de la misma fecha.

Madrid, 6 de julio de 2005.-La Ministra, P. D. (Orden SCO/2475/2004, de 8 de julio, B.O.E. de 23 de julio), la Directora general de Recursos Humanos y Servicios Económico-Presupuestarios, Consuelo Sánchez Naranjo.­­­­­­­­­­­

ANEXO IBaremo de méritos

1. La valoración de la entrevista se calificará con un máximo de 30 puntos.2. La valoración de la experiencia profesional en las correspondientes instituciones sanitarias de la Seguridad Social, como personal estatutario con nombramiento fijo o temporal, se ajustará al siguiente baremo: A estos efectos tendrá la consideración de efectuados como personal estatutario fijo en la respectiva categoría, los servicios prestados con contrato laboral, con carácter fijo o temporal, en las categorías de personal reguladas en los correspondientes Estatutos del Personal al servicio de las Instituciones de la Seguridad Social. Asimismo, los servicios prestados a la Seguridad Social en el ámbito de la Atención Primaria por el personal de Asistencia Pública Domiciliaria, equivaldrán a los efectos de este baremo, a los prestados en las categorías que les corresponda.

2.1 Por los servicios prestados, cualquiera que hubiera sido el momento, en las Instituciones sanitarias de la Seguridad Social dependientes del INSALUD:a) En la misma categoría profesional, y en su caso especialidad, a la que concursa: 0,6 puntos por mes trabajado. Se entenderá a efectos de esta convocatoria, que corresponde a la misma categoría profesional la vinculación como facultativo de los Servicios Normales de Urgencias o Servicios Especiales de Urgencias o Facultativos de Emergencias de las Gerencias de Atención Primaria y del 061 (incluidos los puestos de trabajo de facultativos de emergencias).

b) En las categorías del modelo tradicional de cupo o de zona o de urgencia, del mismo grupo de titulación y, en su caso, misma especialidad que la categoría en que concursa: 0,45 puntos por mes trabajado.c) En distinta categoría profesional y, en su caso, especialidad a la que se concursa: 0,3 puntos por mes trabajado.d) En el modelo tradicional de cupo o de zona o de urgencia, en distinta categoría profesional y, en su caso, especialidad, a la que concursa: 0,225 puntos por mes trabajado.

2.2 Por los servicios prestados, cualquiera que hubiera sido el momento, en las Instituciones sanitarias de la Seguridad Social de otros Servicios de Salud distintos del INSALUD:

a) En la misma categoría profesional y, en su caso, especialidad, a la que concursa: 0,2 puntos por mes trabajado. Se entenderá a efectos de esta convocatoria, que corresponde a la misma categoría profesional la vinculación como facultativo de los Servicios Normales de Urgencias o Servicios Especiales de Urgencias o Facultativos de Emergencias de las Gerencias de Atención Primaria y del 061 (incluidos los puestos de trabajo de facultativos de emergencias).

b) En categoría del modelo tradicional de cupo, o de zona o de urgencia, del mismo grupo de titulación y, en su caso, misma especialidad que la categoría a la que concursa: 0,15 puntos por mes trabajado.c) En distinta categoría profesional y, en su caso, especialidad a la que concursa: 0,1 puntos por mes trabajado.d) En el modelo tradicional de cupo, de zona o de urgencia, en distinta categoría y, en su caso, especialidad, a la que se concursa: 0,075 puntos por mes trabajado.

El cómputo máximo de antigüedad por servicios prestados será de 55 puntos.

A los efectos del cómputo de los servicios prestados establecidos en el apartado 2 de este baremo, referido a experiencia profesional al personal de refuerzo en Atención Primaria y al facultativo de Atención Especializada con nombramiento específico para la realización de atención continuada -guardias médicas, se le reconocerá un mes completo de servicios prestados calculándolos conforme a las siguientes reglas:

a) Un mes, o la parte que corresponda proporcionalmente, por cada ciento noventa horas, o fracción realizadas.

b) Si dentro de un mes natural se hubiesen realizado más de ciento noventa horas, solamente podrá valorarse un mes de servicios prestados, sin que el exceso de horas efectuado durante aquél pueda ser aplicado para el cómputo de servicios prestados establecidos en la anterior regla a).

3. Otros méritos:

a) Por tesis doctoral: 3 puntos.

b) Por tesis doctoral «cum laude»: 1 punto adicional.c) Por trabajos científicos y de investigación directamente relacionados con la categoría y especialidad de que se trate, apreciados libremente por el Tribunal, conforme a los siguientes criterios y tabla de valoración:

Difusión nacional

Difusión internacional

Publicación revista

0,25

0,50

Capítulo de libro

0,30

0,60

Libro completo

1,00

2,00

No se podrán valorar más de tres capítulos de un mismo libro.Sólo se valorarán a los tres primeros autores de los trabajos a que se refiere este apartado.En todo caso, por este apartado a) no podrá obtenerse una puntuación superior a 10 puntos.4. Por impartir docencia postgraduada en la especialidad a la que se concursa en centros acreditados para la docencia, hasta un máximo de 5 puntos: 0,50 puntos por cada año.

ANEXO II

Categoría: Médicos de Urgencia en Atención Primaria

N.º de plazas: 1037. Código Categoría: 5107

CÓDIGO C. GESTIÓN

DENOMINACIÓN C. GESTIÓN

PROVINCIA

COMUNIDAD AUTÓNOMA

NÚMERO DE PLAZAS

1610C

061 DE ARAGÓN

ZARAGOZA

ARAGÓN

73

1610 H

A.P. SECTOR HUESCA

HUESCA

ARAGÓN

0

1610 X

A.P. SECTOR BARBASTRO

HUESCA

ARAGÓN

3

1610 K

A.P. SECTOR TERUEL

TERUEL

ARAGÓN

1

1610 A

A.P. SECTOR ZARAGOZA II

ZARAGOZA

ARAGÓN

1

1610 B

A.P. SECTOR ZARAGOZA III

ZARAGOZA

ARAGÓN

5

1610 W

A.P. SECTOR CALATAYUD

ZARAGOZA

ARAGÓN

3

3319

061 DE ASTURIAS

ASTURIAS

ASTURIAS

22

3312

G.A.P. DE OVIEDO

ASTURIAS

ASTURIAS

12

3313

G.A.P. DE AVILÉS

ASTURIAS

ASTURIAS

4

3314

G.A.P. DE GIJÓN

ASTURIAS

ASTURIAS

12

3315

G.A.P. DE SAMA DE LANGREO

ASTURIAS

ASTURIAS

9

3317

G.A.P. DE MIERES

ASTURIAS

ASTURIAS

4

0711

061 DE BALEARES

ILLES BALEARS

ILLES BALEARS

40

0708

G.A.P. DE MENORCA

ILLES BALEARS

ILLES BALEARS

6

0709

G.A.P. DE MALLORCA

ILLES BALEARS

ILLES BALEARS

26

0710

G.A.P. DE IBIZA

ILLES BALEARS

ILLES BALEARS

12

3908

061 DE CANTABRIA

CANTABRIA

CANTABRIA

26

3901

G.A.P. DE SANTANDER

CANTABRIA

CANTABRIA

12

3906

G.A.P. DE TORRELAVEGA

CANTABRIA

CANTABRIA

8

4507

061 DE CASTILLA LA MANCHA

ALBACETE

CASTILLA LA MANCHA

12

4507

061 DE CASTILLA LA MANCHA

CUENCA

CASTILLA LA MANCHA

5

4507

061 DE CASTILLA LA MANCHA

GUADALAJARA

CASTILLA LA MANCHA

10

4507

061 DE CASTILLA LA MANCHA

TOLEDO

CASTILLA LA MANCHA

25

0203

G.A.P. DE ALBACETE

ALBACETE

CASTILLA LA MANCHA

11

1314

G.A.P. DE ALCAZAR DE SAN JUAN

CIUDAD REAL

CASTILLA LA MANCHA

3

1603

G.A.P. DE CUENCA

CUENCA

CASTILLA LA MANCHA

1

1903

G.A.P. DE GUADALAJARA

GUADALAJARA

CASTILLA LA MANCHA

4

4709

061 DE CASTILLA Y LEÓN

CASTILLA Y LEÓN

76

0503

G.A.P. DE ÁVILA

ÁVILA

CASTILLA Y LEÓN

4

0906

G.A.P. DE BURGOS

BURGOS

CASTILLA Y LEÓN

16

2404

G.A.P. DE LEÓN

LEÓN

CASTILLA Y LEÓN

6

2405

G.A.P. DE PONFERRADA

LEÓN

CASTILLA Y LEÓN

4

3403

G.A.P. DE PALENCIA

PALENCIA

CASTILLA Y LEÓN

3

3707

G.A.P. DE SALAMANCA

SALAMANCA

CASTILLA Y LEÓN

3

4005

G.A.P. DE SEGOVIA

SEGOVIA

CASTILLA Y LEÓN

4

4704

G.A.P. DE VALLADOLID OESTE

VALLADOLID OESTE

CASTILLA Y LEÓN

1

4708

G.A.P. DE VALLADOLID ESTE

VALLADOLID ESTE

CASTILLA Y LEÓN

6

4903

G.A.P. DE ZAMORA

ZAMORA

CASTILLA Y LEÓN

6

5101

G.A.P. DE CEUTA

CEUTA

CEUTA

11

0611

A.PRIMARIA ÁREA BADAJOZ

BADAJOZ

EXTREMADURA

7

0612

A.PRIMARIA AREA DON BENITO-VILLANUEVA

BADAJOZ

EXTREMADURA

8

0617

A.PRIMARIA ÁREA LLERENA-ZAFRA

BADAJOZ

EXTREMADURA

5

0609

A.PRIMARIA ÁREA MÉRIDA

BADAJOZ

EXTREMADURA

10

1005

A.PRIMARIA ÁREA CÁCERES

CÁCERES

EXTREMADURA

6

1006

A.PRIMARIA ÁREA PLASENCIA

CÁCERES

EXTREMADURA

5

2604

061 DE LA RIOJA

LA RIOJA

LA RIOJA

21

2603

G.A.P. DE LA RIOJA

LA RIOJA

LA RIOJA

15

2834

SUMMA 112

MADRID

MADRID

314

5201

G.A.P. DE MELILLA

MELILLA

MELILLA

6

3014

061 DE MURCIA

MURCIA

MURCIA

56

3011

G.A.P. DE MURCIA

MURCIA

MURCIA

65

3012

G.A.P. DE CARTAGENA

MURCIA

MURCIA

17

3013

G.A.P. DE LORCA

MURCIA

MURCIA

12

ANEXO III

Especialidad: Médicos de Urgencias

Composición de las Comisiones Delegadas

Aragón

(1610 A) C.A.P. Sector Zaragoza II.

Presidente: Sampedro Feliu, Alfonso.

Vocales:

Araiz Izuel, Francisco.

Benedicto Lorenzo, José Miguel.Toledo Pallarés, Pilar.La Torre Arnedo, Luis.

(1610 B) C.A.P. Sector Zaragoza III.

Presidente: Celaya Pérez, Sebastián.

Vocales:

Castillo Pardo, Manuel del.

Antoñanzas Lombarte, Ángel.Domínguez Alonso, José Ramón.Heredia Hernández, Moisés.

(1610 C) 061 Aragón.

Presidente: Rivera Rey D'hacourt, Natalia.

Vocales:

Ruiz de Lobera Martínez, Noemí.

López Mas, José Ramón.Ruiz Olivares, Elisa.La Torre Arnedo, Luis.

(1610 K) C.A.P. Sector Teruel.

Presidente: Clemente Ibañez, Fernando.

Vocales:

Sánchez Hernández, Ismael.

Fontestad Planes, Alberto.López Terrado, Pascual.Canales Colas, Antonio.

(1610 W) C.A.P. de Zaragoza-Calatayud.

Presidente: Navarro Díaz, Isabel.

Vocales:

Blázquez Girón, Pilar.

Gotor Lázaro, José María.Casañal Quintana, Gonzalo.La Torre Arnedo, Luis.

(1610 X) C.A.P. Sector Barbastro.

Presidente: Vallés Gállego, Victor.

Vocales:

Lorente Aznar, Teófilo.

Bernues Sanz, Guillermo.Lausín Marín, Sagrario.Pacheu Pardo, Fernando.

Asturias

(3312) C.A.P. de Oviedo.

Presidente: Fernández Díaz, Raquel.

Vocales:

Candás Collado, M.ª Balbina.

Iglesias San Martín, José M.Catoya Rodríguez, Antonio.Sin Designar.

(3313) C.A.P. de Aviles.

Presidente: Claros González, Javier.

Vocales:Picasso Martínez de Ubago, Ana María.Gago Argüello, Luis.Cachón Fernández, José.Galindo Vergara, Carlos.

(3314) C.A.P. de Gijón.

Presidente: Hevia Panizo, Luis Antonio.

Vocales:

Álvarez Guisasola, Fernando.

Pérez Fernández, Javier.Álvarez Álvarez, Alfredo.Galindo Vergara, Carlos.

(3315) C.A.P. de Sama de Langreo.

Presidente: Matos Marcos, Jesús.

Vocales:

Cortejoso García, Rosa.

Velasco Díaz, Luis Manuel.Fernández Barrial, Manuel.Sin designar.

(3317) C.A.P. de Mieres.

Presidente: Salvadores Rubio, Juan J.

Vocales:

Villarías López, Ana Luz.

Belderrain Belderrain, Pablo.Hevia Rodríguez, Eduardo.Meléndez López, Antonio.

(3319) 061 de Asturias.

Presidente: Busto Prado, Francisco del.

Vocales:

Campoamor Cela, Ana Argentina.

Velasco Díaz, Luis Manuel.Candás Collado, M.ª Balbina.Sin designar.

Baleares

(0708) C.A.P. de Menorca.

Presidente: Guasch Bosch, Juan.

Vocales:

Pascual Vivó, Jerónimo.

Ramos Alexiades, José Manuel.Taltavull Femenias, Pilar.Terré Alonso, Ricardo Arturo.

(0709) C.A.P. de Mallorca.

Presidente: Fuster Nicolau, Damiá.

Vocales:

Coll Verd, Josep.

García Romanos, Fernando.Mir Pericas, Antonia.Ferrés Serrat, Francesc.

(0710) C.A.P. de Ibiza.

Presidente: Martín-Rabadán Muro, María.

Vocales:

Cendón González, Francisco.

Tresserra Swab, María.Ramos García, Arturo.Navarro Marí, Juan.

(0711) 061 Illes Balears.

Presidente: Gili Vizcaino, Juan.

Vocales:

Comas Díaz, Bernardino.

García Romanos, Fernando.Rodríguez Ruiz, Tomás.Valle Herraez, Javier.

Cantabria

(3901) C.A.P. de Santander.

Presidente: García-Castrillo Riesgo, Luis Gerardo.

Vocales:

Casanueva Fernández, Benigno.

Quijano Terán, Fernando.Diego Ruiz, José.Helguera Rebolledo, José Luis.

(3906) C.A.P. de Torrelavega.

Presidente: García-Castrillo Riesgo, Luis Gerardo.

Vocales:

Salvador Chevalier, Eduardo.

Martínez Fernández, José Manuel.Hervás Samperio, Rafael.Carriedo Cubillas, Bernardino.

(3908) 061 Cantabria.

Presidente: García-Castrillo Riesgo, Luis Gerardo.

Vocales:

Seco Varas, Jesús.

Gómez-Ullate Vergara, Felipe.Díaz Peña, José Manuel.Díaz Ruiz, José Francisco.

Castilla La Mancha

(0203) C.A.P. de Albacete.

Presidente: Muñoz Sánchez-Villacañas, Rafael.

Vocales:

Requena Gallego, Marcelino.

Cardona Torres, Antonio.Boix Gras, Clotilde.Jiménez Pérez, Ramón.

(1314) C.A.P. de Alcazar S.Juan.

Presidente: González Peña, José Carlos.

Vocales:

Ibáñez Ortega, Antonio.

Leal García, Álvaro.Lozano Utrilla, Pedro María.Santos Pérez, Javier.

(1603) C.A.P. de Cuenca.

Presidente: Barrios Moreno, Andrés.

Vocales:

Romero Saiz, Adoración.

Castellano Cortina, Félix.Velázquez Alonso, Luscinda.Paz Calvo, Angel Antonio Ruben.

(1903) C.A.P. de Guadalajara.

Presidente: García Ares, Juan Carlos.

Vocales:

Bárcena Marugan, Aurora.

Lostale Latorre, F. Javier.Alonso Gordo, José María.Peris Ricart, Juan José.

(4507) 061 de Castilla La Mancha.

Presidente: Álvarez Rello, Antonio.

Vocales:

González Carbonero, Carlos.

Mergelina Alonso de Velasco, Carlos de.Sánchez García-Pardo, Enrique.Gutiérrez Martínez, Enrique.

Castilla y León

(0503) C.A.P. de Ávila.

Presidente: Pedraza Dueñas, M.ª Antonia.

Vocales:

Grande García, Eduardo.

Sánchez Neila, Jesús.Marcos García, Concepción.Salto Baró, José M.ª

(0906) C.A.P. de Burgos.

Presidente: Pascual Cuevas, Carmelo.

Vocales:

Ruiz Fernández, Manuel.

Requejo Brita Paja, Pedro.Benito Astorga, Santiago.Villar Valgañón, Ricardo.

(2404) C.A.P. de León.

Presidente: Burón Llamazares, Juan Luis.

Vocales:

Díez Astorgano, Antonio.

Pérez Laiz, José Luis.López de la Iglesia, Jaime.Rodríguez Martínez, Carmen.

(2405) C.A.P. de Ponferrada.

Presidente: Gallego Trapote, Honorino.

Vocales:

Crehuet Gandiaga, M.ª José.

Álvarez Parada, Luis V.Díaz Rodríguez, Ángel.Huerga Fernández, Antonia.

(3403) C.A.P. de Palencia.

Presidente: Vaquero Nava, Francisco Javier.

Vocales:

Barrio Vargas, Luis Fernando.

Pérez Melendro, Jesús.García-Prieto Gómez, Jesús.González Rodríguez, Jesús Miguel.

(3707) C.A.P. de Salamanca.

Presidente: Iglesias Clemente, José Manuel.

Vocales:

Sánchez Herrero, Isabel.

Santos Barrado, Antonio.Fernández del Campo, Lucas.Diego Domínguez, Maximiliano.

(4005) C.A.P. de Segovia.

Presidente: Fernández Quintana, Guillermo.

Vocales:

Arribas Contreras, Juan Antonio.

Guio López, Ana M.ªCayuela Caravaca, Rosario.Fernández Lambea, Raúl.

(4704) C.A.P. de Valladolid Oeste.

Presidente: Cano Castro, Luis Miguel.

Vocales:

Pradera Leonardo, Juan.

Pascual Aja, Francisco José.Pérez Albert, Remedios.Sin Designar.

(4708) C.A.P. de Valladolid Este.

Presidente: Mateo Ayuso, José Carlos.

Vocales:

Gajate Martín, Joaquín.

Gómez Velasco, José Manuel.Olmos Díaz, Francisco.Sin Designar.

(4709) 061 de Castilla y León.

Presidente: Martínez Pindado, Violeta.

Vocales:

Gómez Valtueña, Guadalupe.

González Lamagrande, Baltasar.Castanedo Allende, Manuel.Sin designar.

(4903) C.A.P. de Zamora.

Presidente: Carbajo Otero, José Ignacio.

Vocales:

García Bermejo, Jerónimo.

Hernández Palacios, Carmen.Ledesma Santiago, Lourdes.Hernández Sánchez, Luis María.

Ceuta

(5101) C.A.P. de Ceuta.

Presidente: Tenorio Martín, Manuel.

Vocales:

Ortega Martín, Gloria.

Arjandas Daryanani, Kumar.La Torre Pérez, Francisco de.Martínez Bagur, Irene.

Extremadura

(0609) A. Primaria Área Mérida.

Presidente: Sánchez Cabrera, Cándido.

Vocales:

Ramos Jiménez, Asunción.

Aragoneses Ferrero, Ángel.Muñoz Godoy, Elisa.Rubio Núñez, Pedro Luis.

(0611) A. Primaria Área Badajoz.

Presidente: García de Vinuesa Palo, M.ª José.

Vocales:

Morales Ruiz, José Antonio.

Izquierdo Hidalgo, José.Morales Blanco, Pedro.Sin designar.

(0612) A. Primaria Área Don Benito.

Presidente: Puente Campo, Julián.

Vocales:

Arias Senso, Adolo.

Cabrera Gómez, Juliana.Martín Matito, Concepción.Sin Designar.

(0617) A. Primaria Área Llerena-Zafra.

Presidente: Penco Martín, Antonio.

Vocales:

Ortiz Rodríguez, Olga.

Durán Caballero, M.ª Sol.Malpica Castañón, Santiago.Vázquez Martín, Miguel.

(1005) A. Primaria Área Cáceres.

Presidente: Galán Rebollo, Angel.

Vocales:

Gómez Espárrago, Amparo.

Marino Hernando, Paloma.Barquilla García, Alfonso.Sin Designar.

(1006) A. Primaria Área Plasencia.

Presidente: Bravo Cañadas, Victor V.

Vocales:

Escudero Sánchez, Ignacio.

Manrique García, Rafael.Santiago Rodríguez, Miguel A.Escudero García, José Manuel.

La Rioja

(2603) C.A.P. de La Rioja.

Presidente: Arcéiz Campos, Carmen.

Vocales:

García Martínez, Tomás.

Trueba Castillo, Antonio.Ruiz Soria, Javier.Orive Abos, José Manuel.

(2604) 061 La Rioja.

Presidente: Arcéiz Campos, Carmen.

Vocales:

García Martínez, Tomás.

Trueba Castillo, Antonio.Ruiz Soria, Javier.Orive Abos, José Manuel.

Madrid

(2834) 061 de Madrid.

Presidente: Sánchez Roldán, Gabriel.

Vocales:

Guardiola Vicente, Joaquín Silvio.

Giménez González, Antón.Alcañiz Mazcuñán, Rosa.Pensado Ramos, Miguel.

Melilla

(5201) C.A.P. de Melilla.

Presidente: Marín Fernández, Antonio.

Vocales:

Crespillo Montes, Enrique.

Montis Pelegay, José Manuel.Torres Vega, José.García Castillo, Antonio M.ª

Murcia

(3011) C.A.P. de Murcia.

Presidente: López Juan, Ángel Victoria.

Vocales:

López-Picazo Ferrer, Julio José.

Marín López, Josefina.Molina Rex, Alfredo.Gutiérrez Santos, Manuel.

(3012) C.A.P. de Cartagena.

Presidente: Moreno Valero, Manuel Ángel.

Vocales:

Barragán Pérez, Alberto.

Soler Navarro, Manolo.Guillén García, Teodoro.Llorca Bueno, Vicente.

(3013) C.A.P. de Lorca.

Presidente: Gómez Marín, José.

Vocales:

Anza Aguirrezabala, Ignacio.

Rondan García, José.González Rico, Enrique.Jiménez Alfonsa, Lorenzo.

(3014) 061 Murcia.

Presidente: Hernández López, Pedro Manuel.

Vocales:

Conesa López, Francisco.

García Montero, Fernando.García Reverte, Antonio María.Hernando Sastre, Vicente.

ANEXO IV

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR CORRECTAMENTE LA INSTANCIA DE PETICIÓN DE PLAZAS DE LA FASE DE PROVISIÓN DEL PROCESO DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO

Para la petición de plazas se utilizará una instancia y tantas hojas adicionales de petición de plazas como se precisen.Instancia.A) Datos de la convocatoria.

Se hará constar el código de la categoría a la que se concursa, escribiéndose el nombre completo en la casilla correspondiente. Los códigos de las categorías figuran en el Anexo II de la Orden por la que se inicia la fase de provisión de la categoría correspondiente.

Se hará constar si ha participado en otra categoría, detallándose en cual.

B) Datos personales.

Identifican al concursante, debiendo cumplimentarse cuidadosamente sin omitir ninguno de los datos pedidos.

C) Situacion desde la que concursa.

Define los aspectos administrativos y profesionales del concursante.

Las situaciones administrativas desde las que se puede concursar son:

1. Expectativa de destino: Ponga una X en la casilla correspondiente, y a continuación el número y fecha del B.O.E. por el que se le declara en esta situación.

2. Activo: Ponga una X en la casilla correspondiente y a continuación la fecha por este orden, día, mes y año del último nombramiento.3. Reingreso provisional: Ponga una X en la casilla correspondiente y a continuación la fecha, por este orden, día, mes y año de la Resolución que le concedió el reingreso provisional.4. Excedencia voluntaria: Ponga una X en la casilla correspondiente, y a continuación la fecha, por este orden, día, mes y año de la Resolución que le concedió la excedencia.5. Excedencia por incompatibilidad: Ponga una X en la casilla correspondiente, y a continuación, la fecha, por este orden, día, mes y año de la Resolución que concedió la excedencia por incompatibilidad.6. Excedencia con reserva de plaza: Ponga una X en la casilla correspondiente, y a continuación, la fecha por este orden, día, mes y año, en la que fue concedida dicha excedencia.

Si el concursante participa en la fase de provisión desde la situación de activo o reingreso provisional, escribirá el nombre del Centro donde actualmente tiene su plaza. En la casilla correspondiente a Código de Centro escribirá los dígitos que corresponden al Centro donde tiene su plaza, seguido de los dígitos asignados a su categoría (que figuran, respectivamente, en el Anexo A de las presentes Instrucciones y en el Anexo II de la Orden por la que se inicia la fase de provisión de la categoría correspondiente).

Si el concursante participa voluntariamente en la fase de provisión desde la situación de excedencia con Reserva de plaza, en el espacio correspondiente escribirá el nombre del Centro donde tiene su reserva de plaza. En la casilla correspondiente a Código del Centro escribirá los dígitos del Centro donde tiene su reserva de plaza, seguido de los dígitos correspondientes a su categoría (que figuran, respectivamente, en el Anexo A de las presentes Instrucciones y en el Anexo II de la Orden por la que se inicia la fase de provisión de la categoría correspondiente).Si el concursante participa desde Comunidades Autónomas con transferencias anteriores a 1 de enero de 2002, escribirá el nombre del Centro en el espacio correspondiente y en la casilla del código del Centro, los cuatro dígitos asignados a las Comunidades Autónomas que aparecen en el Anexo B de las presentes instrucciones seguido de los dígitos de la categoría.En el espacio reservado para la Administración, el concursante no debe escribir nada.

D) Relacion de hojas adicionales.

En este apartado que consta de cinco columnas, se reflejarán por su orden de preferencia, los códigos (se encuentran en la parte superior de cada hoja) de todas y cada una de las hojas adicionales de petición de plazas que se aporten con esta instancia.

La relación de hojas se realizará empezando por la primera columna, de arriba abajo. Al terminar la primea columna se pasará a la segunda y así sucesivamente.No debe escribirse fuera de las casillas. No corrija ni utilice goma de borrar. Si al escribir un código se equivoca en algún número deberá anular la casilla correspondiente a dicho código y escribir el código correctamente en la siguiente fila. Para anular las casillas rellene o recubra totalmente.

Hojas adicionales.

En ellas se deberá hacer constar nuevamente los datos personales del participante, y se utilizarán tantas como sean precisas para pedir las plazas con arreglo a la Orden correspondiente.

En la parte superior izquierda del formulario se reflejará el número de orden de cada hoja, en relación con el total de hojas adicionales que se presenten ( Ejemplo: Si se presentan 3 hojas adicionales, la primera de ellas se identificará como 1 de 3, la segunda hoja como 2 de 3 y la tercera hoja como 3 de 3).

Codificación de plazas.

Consta de cuatro columnas en las que se relacionarán los Centros solicitados por orden de preferencia. Se empezará por la primera columna, de arriba abajo, continuando por la segunda y así sucesivamente.

En el caso de categorías del Grupo A, el orden en el que se relacionen las plazas solicitadas no resulta vinculante, dado que la elección definitiva vendrá determinada por el Centro de Gestión donde posteriormente se decida realizar la entrevista.En la identificación de los destinos solicitados pueden darse (según la categoría/especialidad en la que se participe), tres situaciones diferenciadas:

a) Petición de plazas identificadas por código de centro: La solicitud de estas plazas se realizará mediante el reflejo en los casilleros de la hoja adicional, del código identificativo de las plazas, que se incluye en anexo II de la Orden de Convocatoria.

En estos casos, el código se corresponde con una serie de cuatro números seguidos en algunos casos de una letra.Ejemplo:

1610J Hospital de Barbastro: 6 plazas.

En la columna correspondiente de la hoja adicional se reflejará el código 1610J (dejando el blanco los seis casilleros que sobran a la derecha).

Aunque se ofertan 6 plazas, solamente hay que reflejar una vez el código, si bien a efectos del cómputo de plazas solicitadas, se considera que ha solicitado 6 plazas.

b) Petición de plazas identificadas por CIAs: La solicitud de estas plazas se realizará mediante el reflejo en los casilleros de la hoja adicional, del código CIAs identificativo de la plaza (se compone de diez dígitos y una letra), cuyo desglose está publicado en los tablones de anuncios de los Servicios de Salud, de las Subdelegaciones y Delegaciones de Gobierno, Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y Ministerio de Sanidad y Consumo.

No se considerará válida la opción, si en la hoja adicional de solicitud de plazas sólo se identifica por código de centro (cuatro dígitos y en su caso una letra). c) Petición de plazas con diferente sistema de identificación. Dado que en algunas categorías pueden ofertarse plazas identificadas por Centro y plazas identificadas por CIAs, su reflejo en las hojas adicionales se realizará en cada caso ateniéndose a las instrucciones expresadas anteriormente. Ejemplo:

En una categoría se ofertan las siguientes plazas:1610J Hospital de Barbastro: 6 plazas (plazas identificadas por Centro).

1610C Gerencia Urg. y Emer. 061 Aragón: 3 plazas (identificadas por CIAs):

1000007002F Zaragoza.

1000007003P Zaragoza.1000007004D Zaragoza.

161OM Hospital de Alcañiz: 2 plazas (identificadas por Centro).El aspirante quiere participar a las siguientes plazas y con el siguiente orden de prioridad:

1.° La plaza de Zaragoza identificada con el CIAs. 1000007003P.

2.° Las dos plazas del Hospital de Alcañiz.3.° Las seis plazas del Hospital de Barbastro.

La cumplimentación de la hoja adicional sería la siguiente:

1.ª COLUMNA

1

1

0

0

0

0

0

7

0

0

3

P

2

1

6

1

0

M

3

1

6

1

0

J

A los efectos del número de plazas solicitadas, está opción supone la solicitud de 9 plazas (1 en Zaragoza, 2 en Alcañiz y 6 en Barbastro)

ANEXO «B» DE LAS INSTRUCCIONES

Comunidad Autonoma

Código

ANDALUCÍA

0010

ISLAS CANARIAS

0020

CATALUÑA

0030

GALICIA

0040

NAVARRA

0050

PAÍS VALENCIANO

0060

PAÍS VASCO

0070

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 165 del Martes 12 de Julio de 2005. Autoridades y personal, Ministerio De Sanidad Y Consumo.

Otras ediciones del BOE

<<<Julio 2024>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031

Ultima edizione del BOE

Ultima edizione del BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...