Voglio sapere a riguardo di…
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Visto el expediente incoado a instancia de don Darío Cheij Es-Suq
Salamún, solicitando autorización para cambiar sus apellidos por los de
Paz Orontes, y lo dispuesto en los artículos 57 y 58 de la Ley del Registro
Civil, y cumplidos los trámites y requisitos establecidos, a propuesta del
Ministro de Justicia, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de julio de
2004,
D I S P O N G O :
Artículo 1. Autorización.
Se autoriza a don Darío Cheij Es-Suq Salamún a cambiar sus apellidos
por los de Paz Orontes.
Artículo 2. Efectos y caducidad.
La expresada autorización no producirá efectos legales hasta que se
practique en el asiento de nacimiento la oportuna inscripción marginal,
y caducará si se dejan transcurrir 180 días desde la notificación sin
cumplimentar esa condición.
Dado en Madrid, a 9 de julio de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 177 del Viernes 23 de Julio de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.