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- Spagna
Por esta Dirección Provincial se han dictado
resoluciones en expedientes para el reintegro del subsidio
por desempleo para trabajadores eventuales del
Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social,
declarando la obligación de los interesados que se
relacionan, de reintegrar las cantidades percibidas
indebidamente por los motivos y periodos que
igualmente se citan. Se ha intentado la notificación sin
poderse practicar. Lo que se notifica por medio
de la presente, de conformidad con lo establecido
en el artículo 59.o de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Adminis
traciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, advirtiéndoles que de conformidad
con lo establecido en el número 2 del artículo 33
del Real Decreto 625/1985, dispone de 30 días para
reintegrar dicha cantidad, que podrá efectuar en
el Banco Santander Central Hispano cuenta del
INEM número 0049 5103 71 2516550943.
También podrá solicitar el pago aplazado o
fraccionado de la cantidad requerida, cuya concesión
conllevará el correspondiente devengo del interés
legal del dinero establecido anualmente en la Ley
de Presupuestos Generales del Estado.
En el supuesto de que no realizase el reintegro
y fuese en algún momento beneficiario de
prestaciones, se procederá a realizar su compensación con
la prestación, según se establece en el artículo 34
Transcurridos los 30 días sin que se haya
producido el reintegro ni se haya compensado la deuda,
se emitirá la correspondiente certificación de
descubierto por la que se iniciará la vía de apremio,
según lo dispuesto en el artículo 33.2 del Real
Decreto 625/1985.
Si el reintegro, la compensación o la solicitud
de fraccionamiento o aplazamiento se realizase antes
de la apertura de la mencionada vía de apremio,
pero con posterioridad a la finalización del plazo
de 30 días reglamentarios, la cantidad adeudada se
incrementará en la cuantía correspondiente al 20%
de recargo por mora, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 28 del texto refundido de la Ley
General de la Seguridad Social. Contra esta resolución,
conforme a lo previsto en el artículo 71 del texto
refundido de la Ley de Procedimiento Laboral,
aprobado por el Real Decreto-Legislativo 2/1995, de 7
de abril (BOE número 86, del 11), podrá interponer,
ante esta Dirección Provincial, reclamación previa
a la vía jurisdiccional social dentro del plazo de 30
días hábiles siguientes a la fecha de notificación
de la presente resolución.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, los expedientes
reseñados, estarán de manifiesto por el mencionado
plazo de 30 días en la Dirección Provincial del
INEM.
Interesado. Documento nacional de indentidad.
Expediente. Importe (euros). Importe del recargo
(euros). Período. Motivo.
Jiménez Pardo, M.a Trinidad. 76.071.934.
0200006933. 4.491,66. 898,33. 1 de enero de 1999
a 30 de noviembre de 2000. Extinción por sanción
impuesta por la Inspección Provincial de Trabajo
y Seguridad Social.
Martín Cobos, M.a del Carmen. 7.453.910.
0300001003. 790,01. 158,00. 8 de mayo de 2003
a 31 de agosto de 2003. Colocación por cuenta
ajena.
Silva Vargas, Manuel. 76.114.185. 0400000432.
1.287,97. 257,59. 2 de septiembre de 2000 a 31
de enero de 2001. Resolución de la Subdirección
General de Recursos del Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales.
Moussa, Mimoune. 1.340.230. 0300000013.
226,98. 45,40. 12 de mayo de 2000 a 30 de julio
de 2000. Extinción por sanción impuesta por la
Inspección Provincial de Trabajo y Asuntos
Sociales.
Essahli, Mimoun. 2.356.363. 0300000482.
1.466,45. 293,29.07 de julio de 2001 a 30 de octubre
de 2001. Extinción por sanción impuesta por la
Inspección Provincial de Trabajo y Asuntos
Sociales.
Montero Torrejón, José Ignacio. 11.771.035.
0300001251. 990,22. 198,04. 1 de marzo de 2001
a 31 de mayo de 2001. Extinción por sanción
impuesta por la Inspección Provincial de Trabajo
y Asuntos Sociales.
Cáceres, 8 de julio de 2004.-El Director
provincial, P. D. (Orden de 21 de mayo de 1996),
la Subdirectora provincial de Prestaciones, María
Concepción Díaz Fernández.-36.738.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 177 del Viernes 23 de Julio de 2004. Anuncios, Ministerio De Trabajo Y Asuntos Sociales.