RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2004, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se certifica un colector solar, marca "Termicol", modelo T 130, fabricado por Termicol Energía Solar, S.L.

Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la

solicitud presentada por Termicol Energía Solar, S.L. con domicilio social

en Pol. Ind. La Isla, C/ Río Viejo, 12, 41700 Dos Hermanas (Sevilla), para

la certificación de un colector solar, fabricado por Termicol Energía Solar,

S.L., en su instalación industrial ubicada en Dos Hermanas (Sevilla).

Resultando que por el interesado se ha presentado la documentación

exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación

se solicita, y que el laboratorio Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial,

mediante dictamen técnico con clave CA/RPT/4451/013/INTA/02, y la

entidad colaboradora Novotec Consultores, S.A., por certificado de clave

SE-NH-TE-IA-01 , han hecho constar respectivamente que el tipo o modelo

presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por

Orden de 28 de julio de 1980 sobre exigencias técnicas de los paneles

solares,

Esta Dirección General, de acuerdo con lo establecido en la referida

disposición ha resuelto certificar el citado producto, con la contraseña

de certificación NPS-2404, y con fecha de caducidad el día 10 de junio

de 2007, definiendo como características técnicas del modelo o tipo

certificado las que se indican a continuación, debiendo el interesado presentar,

en su caso, el certificado de conformidad de la producción antes del 10

de junio de 2007.

Esta certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita

y por tanto el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o

disposición que le sea aplicable.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en

las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión

cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior

anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que

de ello pudieran derivarse.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe

interponer, potestativamente, el recurso de reposición en el plazo de un mes

contado desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución, ante

el Secretario General de Energía, previo al contencioso-administrativo,

conforme a lo previsto en el artículo 116.1 de la Ley 4/1999 de 14 de enero,

que modifica la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Marca: "Termicol".

Modelo: T 130.

Características:

Material absorbente: Cobre.

Tratamiento superficial: Pintura negra mate.

Superficie de apertura: 2,61 m2.

Superficie de absorbente: No suministrada por el fabricante.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 10 de junio de 2004.-El Director general, Jorge Sanz Oliva.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 156 del Martes 29 de Junio de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Industria, Turismo Y Comercio.

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