Voglio sapere a riguardo di…
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Visto el expediente de indulto de don José Emilio Alonso Larraona,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por la Audiencia Provincial de Navarra, Sección número 3, de
Pamplona, en sentencia de fecha 18 de octubre de 2001, como autor de
un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y
multa de 99.949 pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para
el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos
cometidos en el año 2000, a propuesta del Ministro de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de junio
de 2004,
Vengo en conmutar a don José Emilio Alonso Larraona la pena privativa
de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de
que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde
la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 11 de junio de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 156 del Martes 29 de Junio de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.