RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 2004, de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, por la que se ordena la publicación de la Addenda al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Ciudad de Ceuta para cofinanciación de diversas promociones de viviendas de promoción pública durante los ejercicios 2001 a 2005.

Suscrito previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de

Fomento a través de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura

y el Urbanismo y la Ciudad de Ceuta, el día 24 de noviembre de 2003,

una Addenda al convenio de colaboración para la cofinanciación de

diversas promociones de viviendas de Promoción Pública durante los

ejercicios 2001 a 2005 así como del proyecto modificado del de construcción

de 168 viviendas de Protección Oficial y Garajes en Sidi Embarek a que

se refiere el convenio de colaboración de 29 de diciembre de 1997, y en

cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de dicho

convenio que figura como Anexo de esta Resolución.

Madrid, 27 de febrero de 2004.-El Director general, Fernando Nasarre

y de Goicoechea.

ANEXO

Addenda al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento

y la Ciudad de Ceuta para la cofinanciación de diversas promociones

de viviendas de promoción pública durante los ejercicios 2001 a 2005,

así como del proyecto modificado del de construcción de 168 viviendas

de protección oficial y garajes en Sidi Embarek a que se refiere el

Convenio de Colaboración de 29 de diciembre de 1997

En Madrid, a 24 de noviembre de 2003.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Francisco Álvarez Cascos, Ministro

de Fomento, que actúa en representación la Administración General del

Estado, al amparo de lo establecido en la Disposición Adicional

Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada

por el Artículo segundo. 4 de la Ley 4/1999, de 13 de enero y previa

la autorización de la Comisión Delegada del Gobierno para Política

Autonómica en 1 de julio de 2003 y la posterior autorización del Consejo de

Ministros de 14 de noviembre de 2003.

Y de otra, El Excmo. Sr. D. Juan Jesús Vivas Lara, Presidente de la

Ciudad de Ceuta, que actúa en representación de esa Ciudad, en virtud

de las facultades que le confiere el artículo 11, apartado b) del Reglamento

de la Ciudad de Ceuta y conforme a la autorización del Consejo de Gobierno

de 12 de junio de 2003.

EXPONEN

Primero.-Que en la representación que los comparecientes ostentan

y previa autorización de la Comisión Delegada del Gobierno para Política

Autonómica de 9 de octubre de 2001 y del Consejo de Ministros, de 8

de noviembre de 2001, con fecha 22 de noviembre de 2001 se suscribió

un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Ciudad

de Ceuta para la cofinanciación de diversas promociones de viviendas

de promoción publica durante los ejercicios 2001 a 2005 así como del

proyecto modificado del de construcción de 168 viviendas de protección

oficial y garajes en Sidi Embarek a que se refiere el Convenio de

Colaboración de 29 de diciembre de 1.997, con un gasto a cargo del Ministerio

de Fomento y a la aplicación 17.09.431A.757.00 de veintiún millones

ochocientos dieciséis mil, setecientos treinta y nueve euros con treinta y ocho

céntimos en las anualidades que se fijaban en la Cláusula Segunda,

apartado segundo, del Convenio de Colaboración antes citado.

Segundo.-Que, como se ha puesto de manifiesto en el Acta de la Reunión

1/2003, celebrada el 4 de abril de 2003, la Ciudad de Ceuta solicitó que

se aprobara y se tramitara un reajuste de las anualidades del Convenio,

dadas las dificultades que han tenido para el comienzo de determinadas

promociones , incorporándose a esta Addenda copia del Acta citada en

la que figura la modificación que se propone.

Tercero.-Los comparecientes, en el carácter con que intervienen,

acuerdan prestar su consentimiento para la modificación del Convenio de

Colaboración de 22 de noviembre de 2001, al que se hizo referencia en el

Expositivo Primero, mediante la suscripción de esta Addenda al mismo

y con sujeción a las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.-Permaneciendo inalterado el resto de la Cláusula Segunda

del Convenio de Colaboración suscrito el 22 de noviembre de 2001 entre

el Ministerio de Fomento y la Ciudad de Ceuta, proceder a la modificación

de las anualidades fijadas en la citada Cláusula, cuya redacción quedará

sustituida como sigue:

Presupuesto

vigenteAnualidad Modificación Nuevo importe

2001 6.611.133,15 0,00 6.611.133,15

2002 0,00 0,00 0,00

2003 8.594.473,09 -4.310.255,86 4.284.217,23

2004 3.305.566,54 +1.431.135,05 4.736.701,59

2005 3.305.566,57 +2.144.122,94 5.449.689,51

2006 0,00 +734.997,87 734.997,87

Total ......... 21.816.739,35 0,00 21.816.739,35

Segunda.-Que el resto del citado Convenio de colaboración de 22 de

noviembre de 2001 permanece inalterado, con las siguientes excepciones:

Último inciso de la estipulación primera que quedará redactado como

sigue: "Las citadas actuaciones en materia de Vivienda en Ceuta previstas

para los años 2001,2002, 2003, 2004, 2005 y 2006, , con un importe total

de 23.881.283,65 Euros figuran en el Anexo I de este Convenio".

Estipulación cuarta, primer párrafo, con el siguiente tenor: "La

obligación que el Ministerio de Fomento en este Convenio contrae se limita

exclusivamente a la aportación de un máximo de 21.816.739,38 euros,

en las seis anualidades que en la Estipulación Segunda se indican".

Estipulación quinta. Se sustituye la referencia "los cuatro ejercicios

posteriores" por la relativa a "los cinco ejercicios posteriores".

Estipulación novena, que quedará como sigue: "El presente Convenio

entrará en vigor en la fecha de su suscripción y finalizará el 31 de diciembre

de 2006 (...)".

Estipulación duodécima, in fine, que se modifica en el sentido siguiente:

"(...) Plan de Dotaciones Básicas en Vivienda en Ceuta (años 2001 a 2006)

figuran relacionadas en el Anexo I".

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, los comparecientes

firman el presente Convenio en el lugar y fecha indicados en el

encabezamiento.-El Excmo. Sr. D. Francisco Álvarez-Cascos Fernández,

Ministro de Fomento, y el Excmo. Sr. D. Juan Jesús Vivas Lara, Presidente

de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 72 del Miércoles 24 de Marzo de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Fomento.

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