Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda
de la Ley 24/1998 de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de
Liberalización de los Servicios Postales, se dicta la presente Resolución,
sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de Correos
denominada "Patrimoni Artístic Nacional. Fira del Bestiar. Principat
d'Andorra, 2004".
En su virtud, hemos resuelto:
Primero.-Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de
la Moneda se procederá a la estampación de una serie de sellos de Correos
denominada "Patrimoni Artístic Nacional. Fira del Bestiar. Principat
d'Andorra, 2004".
Segundo.-"Patrimoni Artístic Nacional. Fira del Bestiar. Principat
d'Andorra, 2004".
El Principado de Andorra va a emitir el próximo 20 de febrero, un
sello de Correos denominado Fira del Bestiar (Feria de Animales). El sello,
con un valor de 0,27 euros, tiene como tema un dibujo a lápiz sobre la Fira
del Bestiar de Andorra la Vella, realizado por el artista catalán Joaquim
Mir. La Fira del Bestiar es un acto popular de gran tradición que aún
hoy se puede ver cada otoño en la capital del Principado.
Características técnicas:
Procedimiento de impresión: Huecograbado.
Papel: Estucado engomado fosforescente.
Dentado: 13 3/4.
Formato del sello: 40,9 ^ 28,8 mm. (horizontal).
Valor postal: 0,27 euros.
Efectos en pliego: 50.
Tirada: 300.000.
Tercero.-La venta y puesta en circulación de esta emisión se iniciará
el 20 de febrero de 2004.
Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre de
2008, no obstante lo cual mantendrá indefinidamente su valor a efectos
de franqueo, hasta que se dicte orden en contrario.
Cuarto.-De este efecto quedarán reservadas en la Fábrica Nacional
de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda 5.000 unidades a disposición
de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., para atender los
compromisos internacionales, derivados de la pertenencia a la Unión Postal
Universal y de los intercambios con otras Administraciones Postales, así
como para su incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y
Telegráfico y para la promoción del sello español.
Otras 500 unidades de este efecto serán reservadas a la Fábrica Nacional
de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, para atenciones de
intercambio con los Organismos emisores de otros países, integración en los
fondos filatélicos del Museo de dicha Fábrica y promoción filatélica
nacional e internacional.
Quinto.-Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de
la Moneda se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas,
dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una
vez realizada la emisión. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica,
que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado
de la emisión anteriormente aludida encierra gran interés histórico o
didáctico, podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo
de la Fábrica, el Museo Postal o cualquier otro Museo de interés en la
materia. En todo caso se extenderá la correspondiente acta, tanto de la
inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren
en alguno de los indicados Museos.
Lo que comunicamos a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 9 de febrero de 2004.-El Subsecretario de Fomento, Adolfo
Menéndez Menéndez.-El Subsecretario de Economía, Miguel Crespo
Rodríguez.
Ilmo. Sr. Presidente de la Sociedad Estatal Correos y Telegráfos, S.A.,
e Ilmo. Sr. Presidente Director de la Fábrica Nacional de Moneda y
Timbre-Real Casa de la Moneda.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 49 del Jueves 26 de Febrero de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Fomento.