Voglio sapere a riguardo di…
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Antoni Rodríguez Sivera, Director Gerente del
Instituto Municipal de Hacienda de Barcelona,
Comunica: De conformidad con lo que dispone
el artículo 146 del Reglamento General de
Recaudación, se pone en conocimiento de los deudores
y de todas las personas a quien interese, que en
los expedientes de apremio que se relacionan al
final de este edicto, se ha dictado la siguiente:
"Providencia.-De conformidad con lo que
dispone el artículo 146 del Reglamento General de
Recaudación y autorizada por la Tesorera la
enajenación de los bienes embargados a los deudores
relacionados al final de este edicto, se proceda a
la celebración de la subasta de los mencionados
bienes, en la sala M.a Aurelia Campmany, en el
Pati Llimona, calle Regomir, 3, de Barcelona, el
día 25 de marzo de 2004, a las doce horas.
Sean observadas en su trámite y realización las
prescripciones de los artículos 146, 147 y 148 del
mencionado Reglamento, señalando que el tipo de
subasta de los bienes a enajenar será el que se indica
para cada uno de ellos.
Sea notificada esta providencia al deudor y a todas
las personas interesadas y sea anunciado al público
mediante edictos en el Boletín Oficial de la Provincia
y, en su caso, en el Boletín Oficial del Estado, en
la forma reglamentaria."
Y, en cumplimiento de lo manifestado, se publica
el presente edicto convocando a los licitadores y
advirtiendo a todos los que deseen tomar parte en
la subasta, lo siguiente:
1. Los bienes embargados a enajenar son los
que se relacionan al final de este edicto.
2. Los licitadores deberán constituir el
preceptivo depósito de garantía, que podrá hacerse desde
el día de la publicación del presente edicto hasta
el día anterior a la celebración de la subasta en
la Tesorería Municipal, plaza San Miguel, 3-5,
1.a planta, en horario de lunes a jueves de 9,00
a 13,30 horas y de 16,30 a 18,00 horas y el viernes
de 9,00 a 13,30 horas, y que será del 20 por 100
del tipo de subasta, con la advertencia de que el
citado depósito se ingresará en firme en la Tesorería
Municipal si los adjudicatarios no satisfacen el
precio del remate, sin perjuicio de las responsabilidades
en que incurrirán por los mayores perjuicios que
sobre el importe del depósito origine la inefectividad
de la adjudicación.
3. Constituido el depósito para cualquier
licitación, se considerará que el depositante ofrece la
postura mínima, que corresponde al tipo de subasta,
por el solo hecho de haberlo realizado y sin perjuicio
de que puede efectuar otra u otras posturas en sobre
cerrado o durante las licitaciones correspondientes.
En caso de no producirse posturas al alza, se
entenderá automáticamente adjudicado al licitador que
primero haya constituido el depósito.
4. Los licitadores podrán entregar o presentar
sus ofertas en sobre cerrado, por el importe
resultante de añadir números enteros de tramos al precio
de redondeo que se indica para cada uno de los
bienes.
5. En el caso de que una oferta en sobre cerrado
no se ajuste a los criterios anteriormente indicados,
se entenderá ofertado el importe inmediatamente
inferior que los cumpla.
Las propuestas se presentarán en la Tesorería
Municipal, plaza San Miguel, 3-5, 1.a planta, hasta
24 horas antes de constituirse la Mesa de la Subasta.
Estas ofertas, que tendrán carácter de máximas,
deberán ser registradas por orden, con indicación
de día y hora de presentación e ir acompañadas
de cheque conformado, al portador, por el importe
del depósito. En la sesión de subasta, la Mesa licitará
en nombre de los ofertantes en sobre cerrado, de
la misma forma que lo harían los propios
interesados, sin sobrepasar el límite máximo fijado en
la oferta; es decir, empezando con el precio de salida
o tipo de licitación y, si hay más interesados en
el lote, continuará ofreciendo nuevos importes
sujetos a los tramos de licitación fijados para el lote,
hasta que nadie ofrezca más cantidad o sea superada
la ofertas máxima que consignó el ofertante en el
sobre cerrado. No obstante, si los ofertantes en sobre
cerrado están presentes en la sala, podrán, previa
identificación hacer posturas superiores a las del
sobre cerrado, una vez se vean superadas por las
ofertas de los licitadores presentes en la sala.
En caso de concurrencia de diferentes ofertas en
sobre cerrado, empezará la admisión de posturas
a partir de la segunda más alta de aquellas y será
adjudicataria la postura más alta por el tramo
superior a la segunda, en el caso de no existir otras
ofertas.
6. La primera postura será al alza por redondeo
y las sucesivas se ajustarán a los tramos, de acuerdo
con la tabla siguiente:
De 0 a 10.000 euros, tramo 250.
De 10.001 a 25.000 euros, tramo 500.
De 25.001 a 100.000 euros, tramo 1.000.
De 100.001 a 250.000 euros, tramo 2.000.
De 250.001 a 500.000 euros, tramo 3.000.
De 500.001 a superiores euros, tramo 5.000.
7. Los licitadores deberán conformarse con los
títulos de propiedad que se hayan aportado al
expediente, sin tener derecho a exigir otros. Los títulos
disponibles podrán ser examinados por aquellos a
quien interese, hasta el día anterior al de la subasta,
en las oficinas del Instituto Municipal de Hacienda
de Barcelona.
8. La subasta se suspenderá en cualquier
momento anterior a la adjudicación de los bienes,
si se efectúa el pago de la deuda, intereses y costas
del procedimiento.
9. El rematante deberá entregar a partir del día
siguiente a la adjudicación y dentro del plazo de
los cinco días siguientes, en las oficinas del Instituto
Municipal de Hacienda de Barcelona, avenida
Litoral, 30, 2.a planta, la diferencia entre el depósito
constituido y el precio de la adjudicación. Si el pago
no se efectúa, el adjudicatario perderá el importe
del depósito.
10. Las cargas y gravámenes anteriores y
preferentes a la anotación preventiva de embargo
quedarán subsistentes, sin aplicar el precio del remate
a su extinción.
11. La Mesa de la Subasta podrá, cuando así
lo estime pertinente y previa deliberación, acordar
la realización de una segunda licitación, una vez
finalizada la primera, de los bienes que no hayan
sido adjudicados en ésta.
12. Los bienes no enajenados en subasta podrá
adjudicarse mediante venta por gestión directa,
conforme al procedimiento establecido en el
artículo 150 del Reglamento de Recaudación.
13. Caso de existir derechos de tanteo y retracto,
la adjudicación quedará en suspenso hasta que se
dé cumplimiento a los requisitos legales exigidos
en los respectivos derechos de adquisición
preferente.
14. La devolución a los licitadores no
adjudicatarios se hará en las mismas dependencias
municipales donde se constituyeron los depósitos.
15. Todos los gastos originados por la
adjudicación de los bienes serán por cuenta del rematante.
Advertencias: Los posibles acreedores
hipotecarios o pignoraticios, forasteros o desconocidos y
el cónyuge, en su caso, se tendrán por notificados
con plena validez legal, con la publicación del
presente edicto, así como todos los demás interesados
en el expediente.
En el caso de no poderse notificar la providencia
de subasta al deudor por ignorarse su domicilio,
haber rehusado la notificación o encontrarse
reiteradamente ausente en su domicilio, se dará por
notificado con plena validez legal, mediante la
publicación del presente edicto.
El Instituto se reserva el derecho de pedir la
adjudicación de los bienes que no hubiesen sido
rematados, conforme a lo que dice el artículo 158 y
siguientes del Reglamento General de Recaudación.
Contra el presente acto se puede interponer
recurso de reposición ante la Alcaldía, de conformidad
con lo que establece la Ordenanza Fiscal General
de Barcelona, en el plazo de un mes a contar desde
la publicación del presente edicto en el Boletín
Oficial del Estado, o cualquier otro que estime
procedente.
La interposición de recurso sólo podrá suspender
el procedimiento en los casos y condiciones que
fija el artículo 101 del Reglamento General de
Recaudación.
En todo aquello no previsto en este edicto, se
estará a lo preceptuado en las disposiciones legales
que regulen el acto y confieran algún derecho a
favor de terceros.
Relación de bienes a enajenar:
Urbana: Departamento 42, planta tercera, puerta
segunda. Vivienda de la escalera números 218
al 224 de la calle Aribau, de Barcelona. Superficie:
188,53 metros cuadrados. Coeficiente: 1,153
por 100.
Inscrita en el Registro de la Propiedad número
15 de Barcelona, a favor de Magdalena Homar
Ferrer de Sant Jordi, en el tomo 268, libro 268,
folio 41, finca 16.058-N.
Derechos del deudor: Dominio.
Valoración: 443.900,00 euros.
Cargas que han de quedar subsistentes:
103.070,50 euros (hipoteca Caja Madrid).
Tipo de subasta: 340.829,50 euros.
Primera postura de rendondeo: 342.000 euros.
Tramos de subasta: 3.000 euros.
Urbana: Porción de terreno sito en Barcelona,
barriada de San Martín de Provensals, señalado con
los números 120 al 126 de la calle Josep Pla de
Barcelona. Superficie: 129,38 metros cuadrados.
Inscrito en el Registro de la Propiedad número
21 de Barcelona, a favor de Olimpia Park, S. L.,
en el tomo 2.217, libro 181, folio 144,
finca 14.318-N.
Derechos del deudor: Dominio.
Valoración: 626.200,00 euros.
Cargas que han de quedar subsistentes: 39.393,05
euros (juicio ejecutivo 884/96, Banco Sabadell).
Tipo de subasta: 586.806,95 euros.
Primera postura de redondeo: 590.000 euros.
Tramos de subasta: 5.000 euros.
Barcelona, 17 de febrero de 2004.-La Secretaria
Delegada, Paloma González Sanz.-&6.128.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 49 del Jueves 26 de Febrero de 2004. Anuncios, Administración Local.