Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
El Ayuntamiento de Lleida, en fecha 31 de mayo de 2002, adoptó el
acuerdo sobre la constitución de la entidad municipal descentralizada de
Raimat, con el quórum legalmente establecido. El expediente fue sometido
a información pública mediante la publicación de los correspondientes
anuncios en el Boletín Oficial de la provincia de Lleida, en el Diari Oficial
de la Generalitat de Catalunya y con su exposición en el tablón de anuncios
de la corporación, sin que se presentase ninguna alegación en este trámite.
El 27 de septiembre de 2002 el Ayuntamiento de Lleida envió al
Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales el expediente de
constitución de la entidad municipal descentralizada de Raimat.
La Comisión de Delimitación Territorial, en sesión de 6 de noviembre
de 2002, emitió informe favorable sobre el expediente, al considerar que
en el caso de Raimat se cumplen los requisitos establecidos en el artículo
77 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, municipal y de régimen local de
Cataluña.
Mediante una resolución de la directora general de Administración
Local, de 24 de diciembre de 2002, fue ampliado el plazo de resolución
del expediente.
En fecha 9 de enero de 2003, la Comisión Jurídica Asesora emitió
dictamen favorable sobre el expediente, al considerar que en el caso de
Raimat concurren todos los requisitos objetivos y formales exigibles
legalmente.
Por todo ello, considerando que ha quedado demostrado que en el
núcleo de Raimat concurren circunstancias de orden geográfico, histórico,
social, económico y administrativo, que cuenta con recursos suficientes
para cumplir sus atribuciones y que su constitución no supondrá una
pérdida de calidad en la prestación de los servicios generales del municipio
de Lleida;
Considerando lo dispuesto en los artículos 76, 77 y 79 de la Ley 8/1987,
de 15 de abril, municipal y de régimen local de Cataluña, y en los artículos
75 a 82 y 87 del Decreto 140/1988, de 24 de mayo, por el que se aprueba
el Reglamento de demarcación territorial y población de las entidades
locales de Cataluña;
De conformidad con el informe de la Comisión de Delimitación
Territorial y el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, a propuesta del
consejero de Gobernación y Relaciones Institucionales y de acuerdo con
el Gobierno,
Decreto:
Artículo 1.
Aprobar la constitución de la entidad municipal descentralizada de
Raimat, en el término municipal de Lleida.
Artículo 2.
Los límites territoriales de la nueva entidad son los que constan
descritos en el plano que figura en la página 23 del expediente administrativo
y en el informe anejo. El Departamento de Gobernación y Relaciones
Institucionales, el Ayuntamiento de Lleida y el órgano de gobierno de la
entidad municipal descentralizada de Raimat levantarán conjuntamente el acta
de deslinde y amojonamiento de los límites aprobados. Sobre la base de
la nueva acta, el Instituto Cartográfico de Cataluña elaborará el cuaderno
topográfico en el que fijará las coordenadas de los mojones del deslinde
y realizará el mapa oficial de la nueva entidad.
Artículo 3.
El Ayuntamiento de Lleida y el órgano de gobierno de la nueva entidad
procederán a ejecutar la segregación patrimonial, aprobada por acuerdo
del Ayuntamiento de Lleida de 31 de mayo de 2002.
Artículo 4.
El órgano de gobierno que regirá la nueva entidad hasta las próximas
elecciones locales se constituirá conforme a lo dispuesto en el Decreto
78/1998, de 17 de marzo, por el que se regulan las comisiones gestoras
municipales.
Artículo 5.
Se faculta al consejero de Gobernación y Relaciones Institucionales
para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y la ejecución
del presente Decreto.
Barcelona, 4 de febrero de 2003.-El Presidente, Jordi Pujol.-El
Consejero de Gobernación y Relaciones Institucionales, Josep M. Pelegrí i Aixut.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 86 del Jueves 10 de Abril de 2003. Otras disposiciones, Comunidad Autónoma De Cataluña.