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Visto el expediente de indulto de don Salvador Moreno Ruiz, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
el Juzgado de lo Penal número 1 de Málaga, en sentencia de fecha 11
de febrero de 2002, como autor de un delito de robo con fuerza, a la
pena de dieciocho meses de prisión, de un delito de atentado, a la pena
de un año de prisión y de dos faltas de lesiones, a la pena de cuatro
fines de semana de arresto por cada uno, con las accesorias de
inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo
de la condena, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta del
Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en
su reunión del día 14 de marzo de 2003,
Vengo en conmutar a don Salvador Moreno Ruiz, las penas privativas
de libertad impuestas por otra única de dos años de prisión, a condición
de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde
la publicación del presente real decreto.
Dado en Madrid, a 14 de marzo de 2003.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 74 del Jueves 27 de Marzo de 2003. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.