Voglio sapere a riguardo di…
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Visto el expediente de indulto de don Jesús Martín Mínguez, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
la Audiencia Provincial, Sección Primera, de Burgos, en sentencia de
fecha 25 de septiembre de 2000, como autor de un delito contra la salud
pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 750.000 pesetas,
con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio
pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en 1998,
a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 14 de marzo de 2003,
Vengo en conmutar a don Jesús Martín Mínguez, la pena privativa
de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de
que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde
la publicación del presente real decreto.
Dado en Madrid, a 14 de marzo de 2003.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 74 del Jueves 27 de Marzo de 2003. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.