Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Orden de 10
de agosto de 1994, y en uso de las atribuciones conferidas por el Real
Decreto 1000/2002, de 27 de septiembre,
Esta Dirección General ha resuelto:
Dar publicidad a los méritos generales de los funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional acreditados e
inscritos en el Registro de habilitados nacionales al día de hoy, y valorados
de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 y en la disposición transitoria
de la citada Orden.
Dichos méritos generales se incluyen como anexo a la presente
Resolución.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo
de un mes, ante esta Dirección General, o recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante, a su elección, el Tribunal Superior
de Justicia de Madrid o el correspondiente a la circunscripción donde
tenga su domicilio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116
y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
según la redacción dada por la Ley 4/1999, así como en los artículos 10,
11 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que
se pudiera interponer.
Madrid, 31 de octubre de 2002.-El Director general, Pablo
Trillo-Figueroa Martínez-Conde.
ANEXO (ver imágenes páginas 40222 a 40351).
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 274 del Viernes 15 de Noviembre de 2002. Otras disposiciones, Ministerio De Administraciones Públicas.