DECLARACIÓN de aceptación por España de las adhesiones de las Repúblicas de Nicaragua y El Salvador al Convenio de La Haya relativo a los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya el 25 de octubre de 1980.

DECLARACIÓN

"De acuerdo con lo previsto en el artículo 38, párrafo 4.º del Convenio relativo a los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya el 25 de octubre de 1980, España declara aceptar las adhesiones de las Repúblicas de Nicaragua y de El Salvador, al citado Convenio."

En el momento de la adhesión de la República de El Salvador efectuó la siguiente notificación en virtud del artículo 45 del Convenio:

"1. El Gobierno de la República de El Salvador no se considerará obligado a asumir el coste mencionado en el artículo 26, párrafo 2, salvo que dicho coste pueda quedar cubierto por su sistema de asistencia y asesoramiento jurídicos.

2. El Gobierno de la República de El Salvador interpreta el artículo 3 de conformidad con su legislación interna que establece la mayoría de edad a los dieciocho años.

3. El Gobierno de la República de El Salvador, a tenor del artículo 6, párrafo 1, designa como su autoridad central al ISPM: Instituto de Protección al Menor -Colonia Costa Rica, Ave. Irazú, final calle Santa María, complejo "La Gloria", San Salvador, teléfono (503) 270-4142, fax (503) 270-1348y a la PGR: Procuraduría General de la República -9.o calle Poniente, edificio Ex Antel, Centro de Gobierno, San Salvador, teléfono (503) 281-1888, fax (503) 281-0628-.

4. El Gobierno de la República de El Salvador declara que toda la documentación enviada a El Salvador en aplicación del presente Convenio deberá acompañarse de su traducción al español."

El presente Convenio entrará en vigor entre España y las Repúblicas de Nicaragua y El Salvador el 1 de junio de 2002 en virtud del artículo 38.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 18 de abril de 2002.-El Secretario general técnico, Julio Núñez Montesinos.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 129 del Jueves 30 de Mayo de 2002. Disposiciones generales, Ministerio De Asuntos Exteriores.

Notas

  • Entrada en vigor para las relaciones entre España y las Repúblicas de Nicaragua y el Salvador el 1 de junio de 2002.
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 18 de abril de 2002.

Materias

  • Acuerdos internacionales
  • El Salvador
  • Nicaragua
  • Sustracción de menores

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