CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE LAS BALEARES

A los efectos previstos en el artículo 29.2 de

la Ley de 4 de enero de 1977, en relación con

la Orden de 8 de junio de 1968 y el Real Decreto-ley

de 24 de enero de 1928, por el presente anuncio

se hace saber que, de conformidad con la legislación

vigente, los clientes titulares de depósitos que

durante los últimos veinte años hayan estado sin

movimiento, han incurrido en presunción de abandono,

por lo que su importe pasará a pertenecer al Estado.

A tal efecto, queda expuesta al público en la

oficina principal de esta institución, sita en Palma

de Mallorca, calle Ramón Llull, número 2, la

relación de tales depósitos, para que en el plazo de

treinta días los titulares de los mismos o sus legítimos

sucesores puedan reivindicar su derecho a disponer

de los referidos fondos, presentando al efecto la

oportuna reclamación ante esta oficina.

Palma de Mallorca, 3 de diciembre de 2001.-El

Secretario general.-60.127.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 298 del Jueves 13 de Diciembre de 2001. Anuncios, Anuncios Particulares.

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