Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
A los efectos previstos en el artículo 29.2 de
la Ley de 4 de enero de 1977, en relación con
la Orden de 8 de junio de 1968 y el Real Decreto-ley
de 24 de enero de 1928, por el presente anuncio
se hace saber que, de conformidad con la legislación
vigente, los clientes titulares de depósitos que
durante los últimos veinte años hayan estado sin
movimiento, han incurrido en presunción de abandono,
por lo que su importe pasará a pertenecer al Estado.
A tal efecto, queda expuesta al público en la
oficina principal de esta institución, sita en Palma
de Mallorca, calle Ramón Llull, número 2, la
relación de tales depósitos, para que en el plazo de
treinta días los titulares de los mismos o sus legítimos
sucesores puedan reivindicar su derecho a disponer
de los referidos fondos, presentando al efecto la
oportuna reclamación ante esta oficina.
Palma de Mallorca, 3 de diciembre de 2001.-El
Secretario general.-60.127.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 298 del Jueves 13 de Diciembre de 2001. Anuncios, Anuncios Particulares.