Real Decreto 863/2001, de 20 de julio, por el que se homologa el título de Maestro, especialidad en Educación Física, de la Facultad de Educación de la Universidad de Vic.

La Universidad de Vic, reconocida como Universidad privada por Ley 5/1997, de 30 de mayo, del Parlamento de Cataluña, ha aprobado el plan de estudios que conducen a la obtención del título de Maestro, especialidad en Educación Física, de la Facultad de Educación, cuyas enseñanzas han sido autorizadas por Decreto 268/2000, de 31 de julio, de la Generalidad de Cataluña.

Visto que el citado plan de estudios se ajusta a las condiciones generales establecidas por la normativa vigente y ha sido informado favorablemente por el Consejo de Universidades, procede la homologación del referido título.

Esta homologación se efectúa de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 y 5 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria ; Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios ; el Real Decreto 1440/1991, de 30 de agosto, por el que se establece el título universitario oficial de Maestro, en sus distintas especialidades, y las directrices generales propias de los planes de estudio conducentes a la obtención del mismo y demás normas dictadas en su desarrollo.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de julio de 2001,

D I S P O N G O :

Artículo 1.

1. Se homologa el título de Maestro, especialidad en Educación Física, de la Facultad de Educación de la Universidad de Vic, reconocida como Universidad privada, conforme al plan de estudios que se contiene en el anexo.

2. Al título a que se refiere el apartado anterior, le será de aplicación lo establecido en los artículos 1 al 5 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, homologación y expedición de títulos universitarios.

3. Las futuras modificaciones del indicado plan de estudios serán homologadas por el Consejo de Universidades conforme a las condiciones generales legalmente establecidas.

Artículo 2.

El título a que se refiere el artículo anterior se expedirá por el Rector de la Universidad de Vic, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, y normas dictadas en su desarrollo, con expresa mención del presente Real Decreto que homologa el título.

Disposición final primera.

Por el Ministro de Educación, Cultura y Deportes, en el ámbito de sus competencias, se dictarán las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto.

Disposición final segunda.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Dado en Palma de Mallorca a 20 de julio de 2001.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Educación, Cultura y Deporte,

PILAR DEL CASTILLO VERA

ANEXO

(VER IMÁGENES, PÁGINAS 29115 A 29132).

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 188 del Martes 7 de Agosto de 2001. Disposiciones generales, Ministerio De Educación, Cultura Y Deporte.

Notas

  • Entrada en vigor 8 de agosto de 2001.

Materias

  • Educación Física
  • Homologación de títulos académicos
  • Maestros
  • Planes de estudios
  • Títulos académicos y profesionales
  • Universidad de Vic

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