RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2001, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se dispone la publicación del acuerdo por el que se prorroga para el año 2001 el Convenio suscrito entre el Ministerio para las Administraciones Públicas, a través de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, y la Comunidad Autónoma de Andalucía, a través del Servicio Andaluz de Salud (SAS), para el asesoramiento por el Comité Asesor del SAS sobre utilización terapéutica de

Con fecha 20 de septiembre de 2000 se suscribió el Convenio de

colaboración entre el Ministerio de las Administraciones Públicas, a través

de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, y la

Comunidad Autónoma de Andalucía, a través del Servicio Andaluz de Salud,

para la evaluación por el Comité Asesor del SAS de los tratamientos de

hormona de crecimiento prescritos a los beneficiarios de MUFACE.

En aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, resuelvo publicar el citado acuerdo de prórroga

que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 26 de febrero de 2001.-El Secretario de Estado, Ignacio

González González.

ANEXO

Acuerdo por el que se prorroga para el año 2001 el Convenio de

colaboración entre el Servicio Andaluz de Salud y la Mutualidad General

de Funcionarios Civiles del Estado para el asesoramiento por el Comité

Asesor del SAS sobre utilización terapéutica de la hormona de

crecimiento en pacientes beneficiarios de MUFACE

En Madrid, a 1 de diciembre de 2000.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Juan Carlos Castro Álvarez,

Director gerente del Servicio Andaluz de Salud (SAS), en función de su

cargo y en ejercicio de las facultades que le están conferidas.

De otra, el ilustrísimo señor don José María García Oyaregui, Director

general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado

(MUFACE), actuando en nombre y representación de la mencionada

Institución, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2,K) del

Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura

de los órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE.

EXPONEN

1. Que con fecha 20 de septiembre de 2000, la Mutualidad General

de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) y el Servicio Andaluz de

Salud (SAS), suscribieron un Convenio de colaboración para el

asesoramiento por el Comité Asesor de dicho organismo sobre la utilización

terapéutica de la hormona de crecimiento en pacientes beneficiarios de

MUFACE residentes en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2. Que, próxima a finalizar la vigencia del Convenio, ambas partes

están interesadas en prorrogarlo para el año 2001.

3. Que la cláusula séptima del Convenio de referencia establece que,

en el supuesto de prórroga, la cantidad que MUFACE abonará al SAS

por su colaboración se calculará en el tercer trimestre natural del ejercicio

en el que finalice su vigencia, teniendo en cuenta el incremento del IPC

anual para Andalucía, referido a 30 de junio y con efectos de primero

de enero del año siguiente.

4. Que la cláusula quinta del Convenio fija en 31.555 pesetas la

cantidad a abonar por MUFACE por informe emitido por el Comité Asesor

durante el año 2000.

El incremento del IPC para Andalucía durante el período de 30 de

junio de 1999 a 30 de junio de 2000 ha sido de 3,2 por 100, según certificado

del Instituto Nacional de Estadística.

En consecuencia, ambas partes, en ejecución del Convenio de

colaboración suscrito, adoptan los siguientes

ACUERDOS

Primero.-Prorrogar para el año 2001 la vigencia del Convenio de

colaboración suscrito el 20 de septiembre de 2000 entre MUFACE y el SAS,

para el asesoramiento sobre la utilización terapéutica de la hormona de

crecimiento en pacientes beneficiarios de MUFACE residentes en la

Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo.-El gasto que comporta esta prórroga asciende a 3.256.500

pesetas y se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 22.102.412

L.259. Con este importe se compensará al SAS de los gastos que se

ocasionen como consecuencia de la colaboración establecida en el presente

Convenio, a razón de 32.565 ptas. por cada protocolo evaluado por el

Comité Asesor, de acuerdo con el incremento del IPC durante el periodo

de 30 de junio de 1999 a 30 de junio de 2000. El presente Convenio ampara

la revisión de 100 protocolos.

Tercero.-La presente prórroga entrará en vigor el 1 de enero del

año 2001.

Y en prueba de conformidad, se firma el presente Acuerdo en el lugar

y fecha indicados en su encabezamiento.-El Director Gerente del Servicio

Andaluz de Salud, Juan Carlos Castro Álvarez.-El Director general de

MUFACE, José María García Oyaregui.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 75 del Miércoles 28 de Marzo de 2001. Otras disposiciones, Ministerio De Administraciones Públicas.

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