Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
Visto el expediente de indulto de don Francisco Pérez Ferrando, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 2 de Elche, en sentencia de fecha
14 de febrero de 1997, como autor de un delito contra la seguridad del
tráfico, a la pena de un mes y un día de arresto mayor y privación del
permiso de conducir durante cuatro meses, con las accesorias de
suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo
de la condena, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta del
Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en
su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Francisco Pérez Ferrando la pena privativa
de libertad y de privación del permiso de conducir pendiente de
cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante
el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 311 del Jueves 28 de Diciembre de 2000. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.