Real Decreto 2764/2000, de 1 de diciembre, por el que se indulta a don Ramiro Santamaría Guinea.

Visto el expediente de indulto de don Ramiro Santamaría Guinea, con

los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado

por el Juzgado de lo Penal número 2 de Sevilla, en sentencia de fecha 8

de febrero de 2000, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico,

a la pena de tres meses-multa, con una cuota diaria de 500 pesetas y

privación del permiso de conducir durante un año y un día, y delito de

desobediencia, a la pena de seis meses de prisión, con las accesorias de

inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo

de la condena, por hechos cometidos en el año 1998, a propuesta del

Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en

su reunión del día 1 de diciembre de 2000,

Vengo en indultar a don Ramiro Santamaría Guinea la pena privativa

de libertad y de privación del permiso de conducir pendiente de

cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante

el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ÁNGEL ACEBES PANIAGUA

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 311 del Jueves 28 de Diciembre de 2000. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.

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