Voglio sapere a riguardo di…
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Visto el expediente de indulto de don César Soler Rodríguez, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
el Juzgado de lo Penal número 1 de Palma de Mallorca, en sentencia de
fecha 14 de marzo de 1995, como autor de un delito de robo, a la pena
de un año de prisión menor con las accesorias de suspensión de todo
cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta del Ministro de Justicia
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9
de junio de 2000,
Vengo en indultar a don César Soler Rodríguez la pena privativa de
libertad pendiente de cumplimiento a condición de que no vuelva a cometer
delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del presente
Real Decreto.
Dado en Madrid a 9 de junio de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 157 del Sábado 1 de Julio de 2000. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.