REAL DECRETO 1646/1999, de 22 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1894/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente.

El artículo 10.1.f) del Real Decreto 1894/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, atribuye a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, dependiente de la Secretaría General de Medio Ambiente, la competencia para la realización de las declaraciones de impacto ambiental que la legislación vigente otorga a la Administración General del Estado.

Sin embargo, la importancia y transcendencia que la evaluación de impacto ambiental va adquiriendo en el derecho español, como consecuencia de la necesaria incorporación de la variable ambiental en la toma de decisiones públicas, aconsejan que el nivel jerárquico del órgano ambiental que deba adoptar dicha declaración sea equiparable al de los órganos que en el ámbito de la Administración estatal aprueban los proyectos sometidos a dicho procedimiento.

Por dicha razón, teniendo en cuenta la previsión establecida en el artículo 16 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se ha considerado conveniente encomendar a la Secretaría General de Medio Ambiente la realización de las declaraciones de impacto ambiental de titularidad estatal.

En su virtud, a iniciativa de la Ministra de Medio Ambiente, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de octubre de 1999,

DISPONGO:

Artículo único.

1. Se añade un nuevo párrafo al apartado 1 del artículo 8 del Real Decreto 1894/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, con la siguiente redacción:

«Corresponde a la Secretaría General de Medio Ambiente formular las declaraciones de impacto ambiental de competencia estatal.»

2. Se da nueva redacción al párrafo 1. f) del artículo 10 del mismo Real Decreto 1894/1996, en los siguientes términos:

«1. f) Elevar a la Secretaría General de Medio Ambiente la propuesta de las declaraciones de impacto ambiental de competencia estatal.»

Disposición final única.

Este Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 22 de octubre de 1999.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Administraciones Públicas,

ÁNGEL ACEBES PANIAGUA

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 254 del Sábado 23 de Octubre de 1999. Disposiciones generales, Ministerio De Administraciones Públicas.

Notas

  • Entrada en vigor 24 de octubre de 1999.

Materias

  • Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental
  • Ministerio de Medio Ambiente
  • Organización de la Administración del Estado

Otras ediciones del BOE

<<<Julio 2024>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031

Ultima edizione del BOE

Ultima edizione del BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...