Voglio sapere a riguardo di…
![Spagna](/misc/flags_iso/32/es.png)
- Spagna
Suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la
Comunidad Autónoma de Madrid un protocolo 1998 adicional al Convenio de
colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1997 entre ambas partes, para
la realización de proyectos del plan de acción integral para personas con
discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo
8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" del
27), procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de dicho
protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 20 de enero de 1999.-El Secretario general técnico, Julio
Sánchez Fierro.
PROTOCOLO 1998 ADICIONAL AL CONVENIO DE COLABORACIÓN
SUSCRITO EL 30 DE DICIEMBRE DE 1997 ENTRE EL MINISTERIO
DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE MADRID PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DEL PLAN
DE ACCIÓN INTEGRAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
En Madrid 9 de diciembre de 1998.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Javier Arenas Bocanegra,
Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto
762/1996, de 5 de mayo.
Y, de otra parte, la excelentísima señora doña Rosa Posada Chapado,
Consejera de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma
de Madrid, por delegación conferida por la Ley 1/1983, de Gobierno y
Administración de la Comunidad de Madrid.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y
convenir y
EXPONEN
Primero.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la
Comunidad Autónoma de Madrid suscribieron en fecha 30 de diciembre de 1997
Convenio de colaboración para la realización de programas del plan de
acción integral para personas con discapacidad.
Segundo.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud
de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los
Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo; 1888/1996, de 2 de agosto, y
la Comunidad Autónoma de Madrid, de conformidad con lo establecido
en la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, que aprueba el Estatuto
de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de acción
social y servicios sociales.
En la Ley 68/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado de 1998, y en la Ley 24/1997, de 26 de diciembre, de
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Madrid, se establecen
dotaciones presupuestarias para estos fines.
Tercero.-Que el Convenio citado establecía en su cláusula sexta la
prórroga automática de aquél para convocatorias sucesivas, de no mediar
denuncia expresa de alguna de las partes.
Cuarto.-Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las
cantidades económicas expresadas en la cláusula segunda del citado
Convenio, así como los proyectos especificados en el anexo I del mismo, que
deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los
presupuestos presentados por las Comunidades Autónomas y las previsiones
presupuestarias que se establezcan.
Quinto.-Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la
Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, celebrado el día 9 de febrero
de 1998, el Gobierno, por acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 13
de febrero de 1998, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" en fecha
4 de marzo, aprobó los criterios de distribución entre Comunidades
Autónomas del crédito presupuestario con una dotación de 500.000.000 de
pesetas, incluida en la aplicación 19.04.313L.455, para programas del plan
de acción integral para personas con discapacidad.
Sexto.-Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto
en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones
económicas de las partes correspondientes al año 1998, procede
instrumentarlas a través del presente protocolo adicional, junto con la selección
de proyectos realizada por la Comunidad Autónoma de Madrid y aprobada,
asimismo, a efectos de financiación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, y de la cláusula sexta del Convenio de colaboración
para la realización de proyectos del plan de acción integral para personas
con discapacidad, suscrito el 30 de diciembre de 1997 entre el Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Madrid, ambas
partes acuerdan suscribir el presente protocolo adicional, el cual se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.-La Administración General del Estado y la Comunidad
Autónoma de Madrid incorporan al Convenio de colaboración de fecha 30 de
diciembre de 1997 los proyectos seleccionados conjuntamente para su
ejecución durante el ejercicio económico de 1998, los cuales se unen al mismo
mediante el anexo I.
La duración de este protocolo adicional, de acuerdo con la cláusula
sexta del citado Convenio de colaboración suscrito en 1997, se establece
para el año 1998 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al
mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa
para su financiación.
Segunda.-Que, con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.455,
plan de acción integral para personas con discapacidad, la aportación
económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines
del presente protocolo es de 57.950.000 pesetas.
La Comunidad Autónoma de Madrid, las corporaciones locales y las
instituciones, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos entre
ellas, se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación
en una cuantía no inferior al 50 por 100, aportando la cantidad de
62.278.000 pesetas. La Comunidad Autónoma de Madrid ha presentado
el correspondiente certificado de retención de crédito por la cuantía de
su participación.
Tercera.-La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro
del ejercicio económico 1998, es la que aparece desglosada para cada
Comunidad Autónoma en el anexo II.
Y, en prueba de conformidad, suscriben el presente protocolo adicional
en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados.-El Ministro de Trabajo
y Asuntos Sociales, Javier Arenas Bocanegra.-La Consejera de Sanidad
y Servicios Sociales, Rosa Posada Chapado.
ANEXO I
Programas del plan de acción y cofinanciación. Año 1998
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID
Financiación
Programa Otros organismos Administración General CC.AA. CC.LL. ONG's Total
Total convocatoria
Centro de día para atención a personas con parálisis cerebral
gravemente afectados....................................................... 24.900.500 24.900.500 24.900.500 49.801.000
Centro de día para personas con discapacidad física gravemente
afectados...................................................................... 10.977.500 10.977.500 10.977.500 21.955.000
Residencia de estancias temporales para personas con discapacidad
física...................................................................... 22.072.000 26.400.000 26.400.000 48.472.000
Totales............................................................... 57.950.000 62.278.000 62.278.000 120.228.000
ANEXO II
Cofinanciación de los proyectos del plan de acción. Año 1998
ENTIDADES COFINANCIADORAS
Otros organismos Administración General CC.AA. CC.LL. ONG's Total
Total proyectos
Andalucía........................................... 99.150.000 92.737.563 3.613.127 8.161.837 104.512.527 203.662.527
Aragón.............................................. 17.600.000 45.396.000 45.396.000 62.996.000
Asturias............................................. 15.900.000 7.950.000 7.950.000 15.900.000 31.800.000
Baleares............................................. 9.650.000 9.650.000 3.600.000 13.250.000 22.900.000
Canarias............................................. 21.850.000 21.799.956 1.073.340 22.873.296 44.723.296
Cantabria........................................... 7.850.000 7.850.000 1.000.000 8.850.000 16.700.000
Castilla y León...................................... 38.900.000 38.900.000 38.900.000 77.800.000
Castilla-La Mancha................................. 26.550.000 26.744.000 26.744.000 53.294.000
Cataluña............................................ 72.150.000 90.000.000 120.000.000 35.024.341 245.024.341 317.174.341
Extremadura........................................ 17.500.000 17.500.000 17.500.000 35.000.000
Galicia............................................... 42.450.000 42.450.000 42.450.000 84.900.000
Madrid............................................... 57.950.000 62.278.000 62.278.000 120.228.000
Murcia............................................... 14.850.000 7.425.000 7.425.000 14.850.000 29.700.000
La Rioja............................................. 7.500.000 8.568.310 7.307.800 15.876.110 23.376.110
Valencia............................................. 50.150.000 49.390.482 1.000.000 50.390.482 100.540.482
Totales......................................... 500.000.000 528.639.311 124.613.127 71.542.318 724.794.756 1.224.794.756
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 47 del Miércoles 24 de Febrero de 1999. Otras disposiciones, Ministerio De Trabajo Y Asuntos Sociales.