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De conformidad con lo establecido en las bases 10.4 y
siguientes de la Orden de 17 de noviembre de 1997, por la que se
convocaban pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares
de la Administración de Justicia, una vez vistas y resueltas las
alegaciones de los aspirantes y remitida por el Tribunal calificador
único la propuesta definitiva de aspirantes que han superado las
pruebas selectivas,
Esta Secretaría de Estado ha acordado:
Primero.-Aprobar la propuesta definitiva de aspirantes que
han superado las pruebas selectivas en cada ámbito territorial,
que coincide con el número de plazas convocadas en cada ámbito
territorial y las que acrecieron del turno de promoción interna
y que figuran en el anexo I de esta Resolución.
Segundo.-En el plazo de veinte días naturales, contados a
partir de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del
Estado", los aspirantes que figuran como aprobados en esta
relación definitiva deberán presentar en el Registro General del
Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, calle de la
Manzana, número 2, o por los medios previstos en el artículo 38 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, los documentos siguientes:
A) Dos fotocopias compulsadas del documento nacional de
identidad.
B) Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria
o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas
las asignaturas que le capacitan para la obtención del título,
acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos
para la expedición del título.
C) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad
ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de la función
de Auxiliares de la Administración de Justicia, expedido por el
facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que
corresponda al interesado y, en caso de que no esté acogido a ningún
régimen de la Seguridad Social, se expedirá por los Servicios
Provinciales del Ministerio de Sanidad y Consumo y organismos
correspondientes de las Comunidades Autónomas.
Los aspirantes que tengan la condición legal de discapacitados
con grado igual o superior al 33 por 100 deberán presentar
certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales, o, en su caso, de la Comunidad Autónoma
correspondiente que acredite tal condición y su capacidad
funcional para desempeñar las tareas propias que corresponden al
Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia.
D) Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de
incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, ni haber sido separado, mediante procedimiento
disciplinario, de un Cuerpo del Estado, de las Comunidades Autónomas
o de las Administraciones Locales, ni suspendido en ejercicio de
funciones públicas en vía disciplinaria o judicial, salvo que hubiera
sido rehabilitado (anexo II).
E) El certificado de penales será aportado de oficio por la
Secretaría de Estado de Justicia.
Tercero.-Ante la imposibilidad debidamente justificada de no
poder presentar los documentos expresados en el apartado
anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones exigidas
en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible
en derecho.
Cuarto.±Los aspirantes que tuvieran la condición de
funcionarios públicos estarán exentos de justificar aquellas condiciones
y requisitos ya demostrados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo
de que dependan, por la que se acredite su condición y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
Quinto.-Quienes dentro del plazo fijado y salvo causa de fuerza
mayor no presentaren la documentación o del examen de la misma
se dedujera que carecen de alguno de los requisitos establecidos
en la base 3.1 de la convocatoria, no podrán ser nombrados
funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por
falsedad en la solicitud inicial.
Sexto.±Contra la presente Resolución podrán los interesados
formular recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, en el plazo de los dos meses siguientes, contados a
partir de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", previa
la comunicación a que se refiere el artículo 110.3 de la Ley
30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 4 de noviembre de 1998.±El Secretario de Estado,
P. D. (Decreto de 29 de octubre de 1996), el Director general
de Relaciones con la Administración de Justicia, Juan Ignacio
Zoido Álvarez.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Medios Personales al Servicio
de la Administración de Justicia.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 278 del Viernes 20 de Noviembre de 1998. Autoridades y personal, Ministerio De Justicia.