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Con el fin de atender las necesidades de Personal de
Administración y Servicios de esta Universidad, este Rectorado, en uso
de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 50.1 de
los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid, aprobados
por Decreto 197/1995, de 13 de julio, de la Comunidad de Madrid
("Boletín Oficial del Estado" número 183, de 2 de agosto); dentro
del marco de lo dispuesto por el artículo 3.2.e) de la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y de
conformidad con lo establecido por el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprobó el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del
Estado, ha resuelto convocar proceso selectivo para el ingreso
en la Escala Superior de Técnicos Facultativos de Biblioteca de
la Universidad Carlos III de Madrid, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas
por el sistema de promoción interna y sistema general de acceso
libre.
1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de
promoción interna asciende a dos plazas.
1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema
general de acceso libre asciende a una plaza.
1.3 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción
interna se acumularán al sistema general de acceso libre. En este
sentido, el procedimiento para promoción interna finalizará antes
que el correspondiente al sistema de acceso libre. El Presidente
de Tribunal coordinará ambos procesos con esta finalidad.
1.4 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos
sistemas.
1.5 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción
interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrán, en todo caso,
preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema de acceso
libre para cubrir las vacantes correspondientes.
1.6 A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación:
La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
por el que se aprobó el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado, y las bases de
esta convocatoria.
1.7 El programa que ha de regir las pruebas es el que figura
en el anexo II de la presente convocatoria.
1.8 El proceso selectivo constará para acceso libre de una
fase de oposición y para promoción interna de una fase de concurso
y una fase de oposición.
El desarrollo del proceso selectivo es el que figura en el anexo III
de la presente convocatoria
1.9 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida por éstos a lo largo del mismo, una vez aplicado
lo dispuesto en la base 1.6 de esta convocatoria.
1.10 El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir
del 15 de diciembre 1998.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los
aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a
la Función Pública y, en particular:
a) Ser español.
b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.
c) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el
ejercicio de las funciones propias de las plazas objeto de esta
convocatoria.
d) Titulación académica: Estar en posesión del título de
Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente, o en condiciones de
obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación
de solicitudes.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas
por sentencia judicial firme.
2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno
de promoción interna deberán estar en situación de activo,
pertenecer el día de la publicación de la presente convocatoria en
el "Boletín Oficial del Estado" a Cuerpos o Escalas de Gestión
(Grupo B) de Archivos y Bibliotecas, tener destino en la Universidad
Carlos III de Madrid, poseer una antigüedad de, al menos, dos
años en el Cuerpo o Escala a que se pertenezca y reunir todos
los demás requisitos exigidos.
Los servicios reconocidos, al amparo de la Ley 70/1978, en
algunos de los cuerpos o escalas anteriormente citados serán
computables a efectos de antigüedad para participar por promoción
interna en estas pruebas selectivas.
2.3 Todos los requisitos enumerados en las bases 2.1 y 2.2
deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación
de instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán
hacerlo constar mediante instancia en el modelo que se acompaña
como anexoIalapresente convocatoria que se facilitará en el
Registro General de la Universidad Carlos III de Madrid, calle
Madrid, número 126, de Getafe (28903 Madrid), o calle Butarque,
número 15, de Leganés (28911 Madrid), en la Dirección General
de la Función Pública, calle María de Molina, número 50, Madrid,
del Ministerio de Administraciones Públicas.
3.2 Las solicitudes se dirigirán al magnífico y excelentísimo
señor Rector de la Universidad Carlos III de Madrid en el plazo
de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al
de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado".
3.3 La presentación de solicitudes podrá realizarse en el
Registro General de la Universidad Carlos III de Madrid, calle
Madrid, número 126, de Getafe (28903 Madrid), o calle Butarque,
número 15, de Leganés (28911 Madrid), o en la forma establecida
en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
3.4 Los derechos de examen serán de 4.000 pesetas. Estos
derechos se ingresará bien directamente o mediante transferencia
bancaria en la Caja Postal Oficina 9059, Getafe (Madrid), en la
cuenta corriente 00-13893030 de la Universidad Carlos III de
Madrid, realizando el ingreso en concepto de "Pruebas Selectivas
Escala Superior de Técnicos Facultativos de Biblioteca.
Universidad Carlos III".
En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria
o Caja de Ahorros a través de la cual se realiza el ingreso a la
cuenta indicada. La falta de pago de los derechos de examen
determinará la exclusión definitiva del aspirante.
En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de
la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.5 A la instancia se adjuntará la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad.
b) Resguardo de la transferencia bancaria efectuada, si el
ingreso de los derechos de examen se ha realizado en entidad
bancaria diferente a la señalada en la base 3.4. En todo caso,
en la solicitud figurará el sello de la entidad bancaria en la que
se ha efectuado el ingreso.
c) Los aspirantes por el sistema de promoción interna que
soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá carácter
eliminatorio, deberán presentar, unida a su solicitud, certificación
expedida por el Servicio de Recursos Humanos ajustada al modelo
que figura como anexo IV de esta convocatoria, así como cuanta
documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los
méritos señalados en el anexo III de esta convocatoria.
3.6 En la solicitud se consignarán necesariamente los
siguientes datos:
En el apartado 1, "Cuerpo o Escala", se hará constar la
denominación de la Escala objeto de esta convocatoria: Técnicos
Facultativos de Biblioteca.
Los opositores harán constar en la solicitud los idiomas elegidos
como principal y complementario.
Sólo podrá presentarse una única solicitud por cada aspirante,
debiendo optar en ella por uno de los dos grupos de materias
propuestos.
En el apartado 3, "Forma de acceso", se consignará "P" para
promoción interna y "L" para acceso libre.
En el recuadro "datos a consignar según las bases de la
convocatoria" apartado A) se deberán consignar los idiomas que los
aspirantes eligen como principal y como complementario para
el primer ejercicio en el sistema general de acceso libre y el idioma
elegido para el tercer ejercicio en el sistema de promoción interna,
optativo y de mérito.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar
su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo
establecido en la base 3.2 para la presentación de solicitudes.
Transcurrido este plazo, no se admitirá ninguna petición de
esta naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada
y discrecionalmente apreciada por el Tribunal.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el
Rector de la Universidad dictará en el plazo de un mes Resolución
en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales
de aspirantes admitidos y excluidos a las plazas convocadas. En
esta Resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
figurarán los aspirantes excluidos con indicación expresa de la
causa de exclusión, la fecha y lugar de celebración del primer
ejercicio de la oposición, así como los centros donde estarán
expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos
y excluidos.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de las listas provisionales de admitidos y excluidos, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión
de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que,
dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión, justificando
su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno de reserva
de discapacitados o el de promoción interna, no cumplan alguno
de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de reserva
o no aporten dentro del plazo de subsanación la documentación
acreditativa de su condición, serán incluidos de oficio en la relación
definitiva de aspirantes admitidos por el sistema de acceso libre,
siempre que cumplan todos los requisitos necesarios para ello.
4.3 La Resolución que eleve a definitivas las listas de
admitidos pondrá fin a la vía administrativa y, contra la misma, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid en el plazo de dos meses desde su publicación, previa
comunicación al Rectorado de la Universidad Carlos III de Madrid,
conforme a lo previsto en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4.4 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,
a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la
realización de las pruebas selectivas.
5. Procedimiento de selección
5.1 El procedimiento de selección por el sistema de
promoción interna constará de dos fases: Fase de oposición y fase de
concurso.
5.1.1 Fase de oposición:
Los ejercicios a realizar por los aspirantes se especifican en
el anexo III de la presente convocatoria.
Los ejercicios de la fase de oposición tendrán el carácter de
eliminatorios, de tal modo que la no superación de cualquiera
de ellos supondrá para los aspirantes la imposibilidad de continuar
el proceso selectivo. Su valoración será la que se especifica en
el anexo III
5.1.2 Fase de concurso:
Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso.
Tan sólo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan
superado la fase de oposición. En esta fase se valorarán los méritos
acreditados por los aspirantes de conformidad con el baremo fijado
en el citado anexo III. En ningún caso, los puntos obtenidos en
esta fase podrán ser computados para superar el ejercicio que
se haya realizado en la fase de oposición.
Para que el Tribunal valore los méritos alegados será requisito
necesario e imprescindible que los aspirantes aporten junto con
la solicitud certificación expedida por el Servicio de Recursos
Humanos ajustada al modelo que figura como anexo IV de esta
convocatoria, así como cuanta documentación estimen oportuna
para la mejor valoración de los méritos tal y como se establece
en la base 3.5 de la presente convocatoria.
Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará
como fecha límite para su cómputo la de finalización del plazo
de presentación de las solicitudes de participación en las presentes
pruebas selectivas.
5.1.3 Valoración final:
La valoración final del proceso selectivo vendrá dada por la
suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases (concurso
y oposición), no pudiendo resultar aprobados, tras la suma de
ellas, un número mayor de personas que el total de plazas
convocadas.
Para aprobar las presentes pruebas selectivas y obtener alguna
de las plazas convocadas será necesario superar el ejercicio de
la fase de oposición y encontrarse, una vez sumadas las
puntuaciones de la fase de concurso, en un número de orden no superior
al número de plazas convocadas en cada grupo.
En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas
la fase de concurso y oposición, se dará prioridad al aspirante
con:
a) Mayor puntuación en la fase de oposición.
b) Mayor puntuación en el ejercicio práctico.
c) Mayor puntuación en la valoración de los méritos de la
fase de concurso que aparezca enunciado en primer lugar y así
sucesivamente de persistir la igualdad. Si una vez aplicadas estas
reglas no se ha dirimido el empate, éste se resolverá, finalmente,
por sorteo entre los aspirantes elegidos.
5.2 El procedimiento de selección de los aspirantes por el
sistema general de acceso libre será el de oposición.
5.2.1 Fase de oposición:
Los ejercicios a realizar por los aspirantes se especifican en
el anexo III de la presente convocatoria.
Los ejercicios de la fase de oposición tendrán el carácter de
eliminatorios, de tal modo que la no superación de cualquiera
de ellos supondrá para los aspirantes la imposibilidad de continuar
el proceso selectivo. Su valoración será la que se especifica en
el anexo III
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios primero
y segundo.
En caso de igualdad en la puntuación total se dará prioridad
al aspirante con:
a) Mayor puntuación en el segundo ejercicio.
b) Mayor puntuación en el primer ejercicio.
Si una vez aplicadas estas reglas no se ha dirimido el empate,
éste se resolverá, finalmente, por sorteo entre los aspirantes
elegidos.
6. Tribunal calificador
6.1 El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas
estará compuesto del siguiente modo: El Gerente o persona en
quien delegue; dos representantes de la Universidad designados
por el Rector, una persona designada por las Administraciones
Públicas o por la Comunidad de Madrid, en su caso; una persona
designada por la Junta de Personal funcionario de Administración
y Servicios de la Universidad Carlos III de Madrid, y un funcionario
del área de personal que actuará como Secretario, con voz, pero
sin voto.
6.2 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.2 del
Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, de indemnizaciones por
razones del servicio, el Tribunal tendrá la categoría primera.
6.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran
en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años
anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá
solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no
hallarse incursos en las circunstancias de abstención o recusación.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran algunas de las circunstancias previstas
en el párrafo anterior.
6.4 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del
Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 6.3.
6.5 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su
caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad, al menos, de
sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una
antelación mínima de diez días antes de la celebración del primer
ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones
que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
6.6 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, a partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá de la presencia de la mayoría de sus miembros
titulares o suplentes.
6.7 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá
las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas,
así como la actuación que proceda en los casos no previstos.
En todo momento su actuación se ajustará a lo dispuesto en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
6.8 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
6.9 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En
este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.6, las adaptaciones
posibles de tiempo y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral
sanitaria, o de los órganos competentes de Ministerio de Asuntos
Sociales.
6.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad Carlos
III de Madrid, Calle Madrid, número 126, Getafe (28903 Madrid),
teléfonos 91 624 93 32 y 91 624 96 78. El Tribunal dispondrá
que en esta sede, al menos, una persona, miembro o no del
Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación
con estas pruebas selectivas.
6.11 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo anterior, de conformidad con lo
establecido en el artículo 18.5 de la Ley 30/1984, en su nueva
redacción dada por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, será
nula de pleno derecho.
7. Calendario y desarrollo de los ejercicios
7.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública, de 15 de abril de 1998 ("Boletín Oficial
del Estado" del 18), por la que se publica el sorteo celebrado
el día 3 de abril de 1998.
7.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal para que acrediten su
personalidad.
7.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de
cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la
oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor
debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
7.4 De conformidad con lo establecido en la base 1.11 el
primer ejercicio de la fase de oposición comenzará a partir del 15
de diciembre de 1998, publicándose en la misma Resolución a
la que se refiere la base 4.1, el lugar, fecha y hora de su celebración
así como, en su caso, la composición expresa del Tribunal.
7.5 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración
del segundo ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales
donde se haya celebrado el primero, así como en la sede del
Tribunal señalada en la base 6.10 y por cualesquiera otros medios
si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, con
veinticuatro horas, al menos, de antelación a la fecha señalada
para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo
ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya
celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier otro medio
si se juzga conveniente con doce horas, al menos, de antelación.
7.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la
presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá
su exclusión al magnífico y excelentísimo señor Rector, dando
traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas
por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas
a los efectos procedentes. Esta Resolución pondrá fin a la vía
administrativa, y, consiguientemente, el interesado podrá formular
el recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos
meses, previa comunicación al Rector de la Universidad.
8. Listas de aprobados
8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
públicas en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así
como en la sede del Tribunal señalada en la base 6.10 y en aquellos
otros que estime oportunos, las relaciones independientes de
aspirantes aprobados, tanto por el sistema general de acceso libre
como por el de promoción interna, por orden de puntuaciones
alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad,
en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios
y la suma total. Cuando se trate del sistema de promoción interna
se expresará, asimismo, en dicha relación la puntuación de la
fase de concurso.
8.2 El Presidente del Tribunal enviará copias certificadas de
ambas listas al Rector de la Universidad Carlos III de Madrid,
especificando, igualmente, el número de aprobados de cada uno
de los ejercicios. Dichas listas se publicarán en el "Boletín Oficial
del Estado".
9. Presentación de documentos y nombramiento
como funcionario de carrera
9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
de la relación definitiva de aprobados, los aspirantes que hayan
superado las presentes pruebas selectivas presentarán, para su
nombramiento como funcionarios de carrera, en el Registro
General de esta Universidad, calle Madrid, número 126, de Getafe
(28903 Madrid), o calle Butarque, número 15, de Leganés (28911
Madrid), en escrito dirigido a la Dirección de Servicios de Recursos
Humanos y Organización, los siguientes documentos:
a) Una fotocopia del documento nacional de identidad o
acreditación equivalente, bien compulsada, bien acompañada del
original para su comprobación. En caso de formato antiguo del
documento nacional de identidad, una copia del número de
identificación fiscal.
b) Fotocopia del título académico debidamente compulsada
o acompañada del original para su comprobación y compulsa.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones
públicas.
d) Los aspirantes con minusvalía igual o superior al 33 por
100 deberán acreditar tal condición mediante certificación de los
órganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales o, en
su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
9.2 Igualmente durante el plazo citado en la base anterior,
y con carácter previo a la formalización del nombramiento como
funcionario de carrera, los aspirantes seleccionados se someterán
a un reconocimiento médico de acuerdo con las instrucciones que
a tal efecto reciban del Servicio de Recursos Humanos al objeto
de verificar el requisito reseñado en el apartado c) de la base 2.1
de la presente convocatoria.
9.3 Quienes tuvieran la condición de funcionarios o personal
laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas estarán
exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás
requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento,
debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal
o del Ministerio u Organismo del que dependieran para acreditar
tal condición.
9.4 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma
se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera,
y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud
inicial.
9.5 Una vez cumplidos los requisitos establecidos en la
presente base, el Rectorado de la Universidad Carlos III de Madrid
dictará Resolución, vista la propuesta del Tribunal, en virtud de
la cual se adjudican a los aspirantes aprobados las plazas
convocadas. Esta Resolución será objeto de publicación en la sede
de los Tribunales indicada en la base 6.7.
9.6 Finalizado el proceso selectivo y previa oferta y petición
de los destinos, la autoridad convocante procederá al
nombramiento de funcionarios de carrera mediante Resolución que se
publicará en el "Boletín Oficial del Estado". La toma de posesión
de los aspirantes aprobados se efectuará en el plazo de un mes
contado desde la fecha de la publicación de la Resolución citada
en el "Boletín Oficial del Estado".
9.7 La jornada de trabajo será la establecida con carácter
general en la Universidad y el horario de las mismas será el
establecido en la Unidad en la que se ubica la plaza.
9.8 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido
a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades
del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
10. Bolsa de trabajo
10.1 A efectos de la selección de funcionarios interinos de
la Escala Superior de Facultativos de Biblioteca se formará lista
de espera con los aspirantes de acceso libre, que, habiendo
aprobado alguno de los ejercicios de la oposición, no superen el proceso
selectivo quedando ordenados según la puntuación obtenida en
los ejercicios superados. En caso de igualdad de puntuación se
estará a la prelación dispuesta en la base 5.2.1.
10.2 La solicitud para formar parte de la mencionada lista
de espera figura como anexo V y deberá ser cumplimentada en
su totalidad por los aspirantes que deseen formar parte de la misma
y presentada con la solicitud de participación en las presentes
pruebas selectivas.
11. Norma final
11.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las
presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta
convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal,
sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está
facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los
acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas,
en todo lo no previsto en las bases.
11.2 Contra la presente convocatoria se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en
el plazo de dos meses desde su publicación, previa comunicación
al Rectorado de la Universidad Carlos III de Madrid, conforme
a lo previsto en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, cuantos
actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de
los Tribunales podrán ser impugnados por los interesados en los
casos y en la forma establecidos en la citada Ley.
Getafe, 30 de octubre de 1998.±El Rector, P. D. (Resolución
de 9 de febrero de 1998), el Gerente, Rafael Zorrilla Torras.
ANEXO I (ver imagen página 38258)
ANEXO II
Escala Superior de Técnicos Facultativos de Biblioteca
de la Universidad Carlos III de Madrid
T EMARIO
I. Biblioteconomía y Organización Bibliotecaria
1. El Sistema español de Bibliotecas. Legislación y
competencia de las distintas Administraciones.
2. Legislación española sobre Patrimonio Artístico,
Bibliográfico y Documental. La Ley de Propiedad Intelectual.
3. La Biblioteconomía y la investigación en Biblioteconomía
y Documentación.
4. La formación de los profesionales de la información en
la actualidad.
5. Bibliotecas Nacionales: Concepto y función.
6. Bibliotecas Públicas: Concepto y función.
7. Bibliotecas Especializadas: Concepto y función.
8. Las Hemerotecas.
9. Conservación y Restauración del fondo documental.
10. Proceso técnico en un entorno automatizado: Su
influencia respecto al flujo de trabajo.
11. Clasificación: Clasificaciones sistemáticas y alfabéticas.
La CDU.
12. Cooperación bibliotecaria: Sistemas y Redes. Adquisición
cooperativa, catalogación compartida, préstamo
interbibliotecario.
13. Bibliotecas Universitarias: Organización y función en la
Institución.
14. Situación actual de las Bibliotecas Universitarias en
España.
15. Redes y Sistemas Europeos de Cooperación entre
Bibliotecas Académicas y de Investigación.
16. Planificación de edificios, instalaciones y equipamientos.
17. Planificación, gestión y mantenimiento de catálogos
automatizados y control bibliográfico de fondos.
18. Los formatos bibliográficos en la actualidad. Formatos
Marc. Variedades geográficas y de aplicación.
19. Gestión de la colección bibliográfica, desarrollo y
evaluación de las colecciones.
20. Gestión y administración de Bibliotecas Universitarias:
Recursos Humanos.
21. Gestión y administración de Bibliotecas Universitarias:
Gestión presupuestaria y financiera.
22. Gestión y administración de Bibliotecas Universitarias.
Instrumentos de gestión: Dirección por Objetivos. Calidad en la
Gestión. Indicadores.
23. Planificación, control, evaluación y difusión de los
servicios al usuario.
24. Servicios a los usuarios: Referencia e Información
Bibliográfica, Formación de usuarios, Préstamo Interbibliotecario y
Extensión bibliotecaria.
II. Tecnología Documental
1. Nociones generales de Teleinformática, redes de
ordenadores, interconexión de sistemas, familias de protocolos.
2. Internet, Iris y las grandes redes teleinformáticas en la
actualidad. Desarrollo, funcionamiento, organización, acceso y
utilidad.
3. Servicios teleinformáticos básicos: Correo electrónico,
transferencia de ficheros, Conexión remota, etc. Aplicaciones en
Información y Documentación.
4. Tendencias actuales en Automatización de Bibliotecas
mediante sistemas integrados y panorama actual de la
Automatización de Bibliotecas en España.
5. Los OPACs: Diseños, prestaciones y accesos.
6. El CD-Rom y los soportes ópticos multimedia.
7. Tendencias actuales en los servicios y redes de
teledocumentación pública.
8. Implicaciones sociales y culturales de la innovación
tecnológica en Información y Documentación. La Sociedad de la
Información.
III. Información Científica
1. Situación actual de la edición científica en el mundo;
problemas y perspectivas.
2. Análisis y estudio de la actividad científica. Estudios
bibliométricos.
3. El Sistema Español de Investigación Científica y Desarrollo
Tecnológico, la Ley de la Ciencia y el Plan Nacional de I+D.
4. Fuentes de Información en Humanidades.
5. Fuentes de Información en Ciencias Sociales.
6. Fuentes de Información en Ciencia y Tecnología.
7. Fuentes de Información en Biomedicina.
8. Control bibliográfico y acceso a la Literatura Gris: Normas,
Patentes, Tesis, Informes, Preprints, Información y
Documentación Comercial y Empresarial, etc.
9. Técnicas actuales de recuperación de información
automatizada: Interfaces de consulta, técnica de búsqueda, obtención
y explotación de resultados, nuevos sistemas de interrogación,
hipertexto e hipermedia, etc.
10. Tendencias actuales en la industria y el mercado de la
Información Automatizada, servicios en línea y teledocumentación.
IV. Organización Administrativa
1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.
La Reforma de la Constitución.
2. La Organización Territorial del Estado en la Constitución.
Las Comunidades Autónomas. Competencias. Los Estatutos de
Autonomía. Administración Local: La Provincia y el Municipio.
3. La Comunidad Autónoma de Madrid. La Asamblea
Legislativa. El Presidente de la Comunidad y el Consejo de Gobierno.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
4. Las Comunidades Europeas: Objetivos y naturaleza
jurídica. El Tratado de la Unión Europea. Las Instituciones de las
Comunidades: El Consejo Europeo, El Consejo de Ministros, La
Comisión, El Parlamento y Tribunal de Justicia.
5. El Derecho Administrativo: Concepto, características.
Fuentes del Derecho Administrativo: Leyes Orgánicas y Ordinarias,
Disposiciones normativas con fuerza de Ley. El Reglamento.
6. Los Contratos Administrativos. Concepto y Clases.
Extinción de los contratos. Acomodación de la Ley de Contratación
del Estado a la legislación comunitaria.
7. El personal funcionario al servicio de las Administraciones
públicas: Concepto y clases. Situaciones administrativas.
Derechos y deberes.
8. El personal laboral al servicio de las Administraciones
públicas. Régimen jurídico, derechos y deberes.
9. La Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. Atención al ciudadano y calidad de los servicios
en la Administración Pública.
10. El Ministerio de Educación y Cultura. Situación actual
de la Enseñanza Superior en España. Problemas, tendencias y
perspectivas.
11. Las Universidades: Concepto. La Ley de Reforma
Universitaria.
12. Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid.
Naturaleza, fines, estructura y organización. Departamentos,
Facultades, Escuelas Politécnicas Superiores.
13. Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid. Los
órganos de gobierno: Consejo Social, Claustro Universitario, Junta
de Gobierno, Rector, Vicerrectores, Secretario General y Gerente.
14. Régimen económico y financiero de las Universidades.
Financiación. El Presupuesto de la Universidad Carlos III de
Madrid: Elaboración, contenido y estructura.
ANEXO III
Pruebas selectivas para ingreso en la Escala Superior de
Técnicos Facultativos de Biblioteca de la Universidad Carlos III
P ROCESO SELECTIVO
I. Fase de oposición
Turno de promoción interna:
a) Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de
un tema de cada uno de los bloques II y III del programa de esta
convocatoria, que figuran en el anexo II, elegidos al azar en
presencia de los opositores.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de dos
horas.
El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública
convocada al efecto ante el Tribunal quien podrá dialogar con
el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio durante
un período máximo de quince minutos.
La calificación del ejercicio será de0a10puntos, siendo
necesario para superarlo, obtener un mínimo de 5 puntos.
b) Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución escrita de
un supuesto práctico a elegir por los opositores entre dos
propuestos por el Tribunal. Los supuestos serán casos concretos
relacionados con la gestión y organización de la Biblioteca
Universitaria. Los aspirantes dispondrán de un máximo de tres horas
para la realización de esta prueba y podrán utilizar los textos,
libros y apuntes que consideren necesarios y que aporten al efecto,
así como los medios y recursos disponibles en el lugar que
determine el Tribunal para la realización de esta prueba.
El supuesto práctico deberá ser leído por el opositor en sesión
pública ante el Tribunal, quien podrá dialogar con el opositor
sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un período
máximo de quince minutos.
Se calificará de0a10puntos, siendo necesario para superarlo
un mínimo de 5 puntos.
c) Tercer ejercicio: Voluntario y de mérito que consistirá en
realizar una traducción con la ayuda de diccionario, de un texto
de carácter profesional (mínimo, 700 palabras), en un idioma a
elegir (inglés, francés o alemán) que propondrá el Tribunal.
Los aspirantes tendrán un plazo máximo de dos horas para
el desarrollo del ejercicio y su valoración será de0a10puntos,
siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar
el ejercicio.
Turno libre:
a) Primer ejercicio: Consistirá en una prueba sobre dos
idiomas extranjeros vivos, uno principal y otro complementario
elegidos por el opositor.
La prueba para el idioma principal consistirá en la traducción
con la ayuda de diccionario de un texto profesional (mínimo, 700
palabras) que propondrá el Tribunal. La duración del ejercicio
será de dos horas como máximo y se permitirá el uso del
diccionario.
La prueba para el idioma complementario consistirá en realizar
un resumen analítico (200-250 palabras) de un texto profesional
en el idioma elegido que propondrá el Tribunal. El tiempo máximo
para la realización de esta parte será de una hora y treinta minutos
y se permitirá el uso de diccionario.
La calificación de este ejercicio será de0a10puntos, siendo
necesario para aprobar un mínimo de 5 puntos.
b) Segundo ejercicio:
Primera parte: Consistirá en el desarrollo por escrito de un
tema de cada uno de los bloques II, III del programa de esta
convocatoria que figura como anexo II, elegidos al azar en presencia
de los opositores. Los aspirantes tendrán un plazo máximo de
tres horas para su realización.
Segunda parte: Consistirá en el desarrollo por escrito de un
tema de cada uno de los bloquesIyIVdelprograma de esta
convocatoria que figura como anexo II, elegidos al azar en
presencia de los opositores. Los aspirantes tendrán un plazo máximo
de tres horas para su realización.
Los temas desarrollados serán leídos ante el Tribunal en sesión
pública convocada al efecto.
La calificación del ejercicio será de0a10puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar el ejercicio.
c) Tercer ejercicio:
Primera parte: Consistirá en la presentación de un proyecto
de planificación de una Biblioteca Universitaria, en alguna o varias
de las siguientes áreas orientativas: Formación y Mantenimiento
de Colecciones, Gestión del Proceso Técnico, Servicios al Usuario,
Gestión de Recursos Humanos, Económicos, Espaciales,
Evaluación de Servicios. Dicho proyecto se entregará al Tribunal en el
momento de comenzar este ejercicio. Se valorarán la originalidad,
la precisión y el rigor de los planteamientos.
Los aspirantes realizarán la exposición y defensa oral del
proyecto de planificación supuesto, en sesión pública convocada al
efecto, durante un máximo de veinte minutos.
Segunda parte: Consistirá en la resolución y exposición escrita
de un supuesto práctico a elegir por el opositor entre dos
propuestos por el Tribunal. Los supuestos serán casos concretos
relacionados con la gestión y organización de una Biblioteca
Universitaria. Los aspirantes dispondrán de un máximo de tres horas
para la realización de esta prueba y podrán utilizar los textos,
libros y apuntes que consideren necesarios y que aporten al efecto,
así como los medios y recursos disponibles en el lugar que
determine el Tribunal para la realización de esta prueba.
El supuesto práctico deberá ser leído por el opositor en sesión
pública ante el Tribunal, quien podrá dialogar con el opositor
sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un período
máximo de quince minutos.
Se calificará de0a10puntos cada una de las partes, 20
en total, siendo necesario obtener como mínimo 5 puntos en cada
parte, y obtener 10 puntos como mínimo en la suma total de
las dos partes.
II. Fase de concurso
En la fase de concurso se valorarán para los aspirantes del
sistema de promoción interna los servicios efectivos prestados y
los reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre,
de reconocimiento de servicios previos en la Administración en
los Cuerpos o Escalas del grupo B de Bibliotecas, incluidos en
el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, el
grado personal consolidado, el trabajo desarrollado según el nivel
de complemento de destino del puesto de trabajo desempeñado,
la experiencia y los cursos de formación recibidos o impartidos
relacionados con las plazas objeto de esta convocatoria.
La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo
que figura como anexo IV de la presente convocatoria.
Certificación a la que se adjuntarán documentación acreditativa de los
puestos de trabajo desempeñados, reconocimiento de grado y
copia de los certificados de cursos de formación para la mejor
valoración por el Tribunal de los méritos que recoge la presente
convocatoria.
Para el cómputo de los méritos se tendrá como fecha límite
la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La valoración se realizará conforme al siguiente baremo:
I. Antigüedad:
Se valorarán hasta un máximo de 3 puntos los servicios
efectivos prestados y los reconocidos al amparo de la Ley 70/1978,
de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en
la Administración en los Cuerpos o Escalas del grupo B de
Bibliotecas, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto. No se computarán los servicios prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
Por cada año completo de servicios prestados en el grupo B
de Bibliotecas o asimilado en la Universidad Carlos III de Madrid,
0,50 puntos.
Por cada año completo de servicios prestados en el grupo B
de Bibliotecas en otros organismos, 0,25 puntos.
II. Grado personal consolidado:
Hasta el grado 18: 2 puntos, y por cada unidad que exceda
de 18, 0,25 puntos hasta un máximo de 4 puntos.
III. Trabajo desarrollado:
Según el nivel de complemento de destino correspondiente al
puesto de trabajo que se ocupa el día de publicación de esta
convocatoria se otorgará la siguiente puntuación:
1. Nivel 18: 2 puntos, y por cada unidad que exceda de 18,
0,25 puntos hasta un máximo de 4 puntos.
2. Experiencia acreditada en Gestión de equipos humanos,
trabajo en equipo, programación por objetivos, etc., con un
máximo de 3 puntos.
IV. Cursos de formación:
Cursos de formación recibidos o impartidos sobre materias
directamente relacionadas con el apoyo en la catalogación,
proceso y referencia en Bibliotecas y Archivos impartidos por centros
nacionales o extranjeros de reconocido prestigio, así como Cursos
sobre habilidades directivas, trabajo en equipo, calidad en la
gestión, dirección por objetivos, etc.:
a) De más de ciento cincuenta horas de duración, 2 puntos.
b) Entre veinte y ciento cincuenta horas, 1,5 puntos.
c) De más de veinte horas de duración, 1 punto.
La puntuación máxima que podrá alcanzarse por este apartado
será de 3 puntos.
ANEXO IV
D./Dña. ...............................................................................
Cargo ..................................................................................
Centro directivo o unidad administrativa ...................................
CERTIFICO: Que según los antecedentes obrantes en este Centro,
el funcionario abajo indicado tiene acreditados los
siguientes extremos:
Apellidos Nombre
DNI Cuerpo o Escala a que pertenece
NRP Destino actual
I. Antigüedad
Años de servicios prestados en el grupo B o asimilado en la Universidad Carlos III de Madrid Años Meses
Años de servicios prestados en el grupo B en otros organismos Años Meses
II. Grado personal
Grado personal consolidado:
III. Trabajo desarrollado
Nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa el día de publicación de la
convocatoria
IV. Cursos de formación y perfeccionamiento
Denominación del curso Centro que lo impartió
Y para que conste, expido la presente certificación en ...........,
a .................................. de .................................. de 199 ....
(A cumplimentar por el órgano de selección)
Puntuación I:
Puntuación II:
Puntuación III:
Puntuación IV:
Total puntuación fase de concurso:
ANEXO V
Solicitud de inclusión en la bolsa de trabajo para contratación
como funcionario interino, en caso de no superar el proceso
selectivo
Primer apellido ...................... Segundo apellido ......................
Nombre ............... Documento nacional de identidad ...............
Domicilio (calle/plaza) ...........................................................
Localidad ............................... Provincia ...............................
Código postal ..........................
De conformidad con lo dispuesto en la base 10 de la
convocatoria para el ingreso en la Escala de Técnicos Superiores de
Administración General de la Universidad "Carlos III", de Madrid,
realizada por Resolución de .......................... ("Boletín Oficial
del Estado" .....................).
Solicita: Ser incluido en la bolsa de trabajo para la contratación
como funcionario interino.
......................, a ...................... de ...................... de 199 ....
(Firmado)
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 278 del Viernes 20 de Noviembre de 1998. Autoridades y personal, Universidades.