RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 1998, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la Escala Superior de Técnicos Facultativos de Biblioteca de esta Universidad.

Con el fin de atender las necesidades de Personal de

Administración y Servicios de esta Universidad, este Rectorado, en uso

de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 50.1 de

los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid, aprobados

por Decreto 197/1995, de 13 de julio, de la Comunidad de Madrid

("Boletín Oficial del Estado" número 183, de 2 de agosto); dentro

del marco de lo dispuesto por el artículo 3.2.e) de la Ley

Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y de

conformidad con lo establecido por el Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo, por el que se aprobó el Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del

Estado, ha resuelto convocar proceso selectivo para el ingreso

en la Escala Superior de Técnicos Facultativos de Biblioteca de

la Universidad Carlos III de Madrid, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas

por el sistema de promoción interna y sistema general de acceso

libre.

1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de

promoción interna asciende a dos plazas.

1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema

general de acceso libre asciende a una plaza.

1.3 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción

interna se acumularán al sistema general de acceso libre. En este

sentido, el procedimiento para promoción interna finalizará antes

que el correspondiente al sistema de acceso libre. El Presidente

de Tribunal coordinará ambos procesos con esta finalidad.

1.4 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos

sistemas.

1.5 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción

interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrán, en todo caso,

preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema de acceso

libre para cubrir las vacantes correspondientes.

1.6 A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación:

La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

por el que se aprobó el Reglamento General de Ingreso del Personal

al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión

de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración General del Estado, y las bases de

esta convocatoria.

1.7 El programa que ha de regir las pruebas es el que figura

en el anexo II de la presente convocatoria.

1.8 El proceso selectivo constará para acceso libre de una

fase de oposición y para promoción interna de una fase de concurso

y una fase de oposición.

El desarrollo del proceso selectivo es el que figura en el anexo III

de la presente convocatoria

1.9 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos a lo largo del mismo, una vez aplicado

lo dispuesto en la base 1.6 de esta convocatoria.

1.10 El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir

del 15 de diciembre 1998.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los

aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a

la Función Pública y, en particular:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.

c) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el

ejercicio de las funciones propias de las plazas objeto de esta

convocatoria.

d) Titulación académica: Estar en posesión del título de

Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente, o en condiciones de

obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación

de solicitudes.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas

por sentencia judicial firme.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno

de promoción interna deberán estar en situación de activo,

pertenecer el día de la publicación de la presente convocatoria en

el "Boletín Oficial del Estado" a Cuerpos o Escalas de Gestión

(Grupo B) de Archivos y Bibliotecas, tener destino en la Universidad

Carlos III de Madrid, poseer una antigüedad de, al menos, dos

años en el Cuerpo o Escala a que se pertenezca y reunir todos

los demás requisitos exigidos.

Los servicios reconocidos, al amparo de la Ley 70/1978, en

algunos de los cuerpos o escalas anteriormente citados serán

computables a efectos de antigüedad para participar por promoción

interna en estas pruebas selectivas.

2.3 Todos los requisitos enumerados en las bases 2.1 y 2.2

deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación

de instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de

posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán

hacerlo constar mediante instancia en el modelo que se acompaña

como anexoIalapresente convocatoria que se facilitará en el

Registro General de la Universidad Carlos III de Madrid, calle

Madrid, número 126, de Getafe (28903 Madrid), o calle Butarque,

número 15, de Leganés (28911 Madrid), en la Dirección General

de la Función Pública, calle María de Molina, número 50, Madrid,

del Ministerio de Administraciones Públicas.

3.2 Las solicitudes se dirigirán al magnífico y excelentísimo

señor Rector de la Universidad Carlos III de Madrid en el plazo

de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al

de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado".

3.3 La presentación de solicitudes podrá realizarse en el

Registro General de la Universidad Carlos III de Madrid, calle

Madrid, número 126, de Getafe (28903 Madrid), o calle Butarque,

número 15, de Leganés (28911 Madrid), o en la forma establecida

en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

3.4 Los derechos de examen serán de 4.000 pesetas. Estos

derechos se ingresará bien directamente o mediante transferencia

bancaria en la Caja Postal Oficina 9059, Getafe (Madrid), en la

cuenta corriente 00-13893030 de la Universidad Carlos III de

Madrid, realizando el ingreso en concepto de "Pruebas Selectivas

Escala Superior de Técnicos Facultativos de Biblioteca.

Universidad Carlos III".

En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria

o Caja de Ahorros a través de la cual se realiza el ingreso a la

cuenta indicada. La falta de pago de los derechos de examen

determinará la exclusión definitiva del aspirante.

En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá

sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de

la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.5 A la instancia se adjuntará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Resguardo de la transferencia bancaria efectuada, si el

ingreso de los derechos de examen se ha realizado en entidad

bancaria diferente a la señalada en la base 3.4. En todo caso,

en la solicitud figurará el sello de la entidad bancaria en la que

se ha efectuado el ingreso.

c) Los aspirantes por el sistema de promoción interna que

soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá carácter

eliminatorio, deberán presentar, unida a su solicitud, certificación

expedida por el Servicio de Recursos Humanos ajustada al modelo

que figura como anexo IV de esta convocatoria, así como cuanta

documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los

méritos señalados en el anexo III de esta convocatoria.

3.6 En la solicitud se consignarán necesariamente los

siguientes datos:

En el apartado 1, "Cuerpo o Escala", se hará constar la

denominación de la Escala objeto de esta convocatoria: Técnicos

Facultativos de Biblioteca.

Los opositores harán constar en la solicitud los idiomas elegidos

como principal y complementario.

Sólo podrá presentarse una única solicitud por cada aspirante,

debiendo optar en ella por uno de los dos grupos de materias

propuestos.

En el apartado 3, "Forma de acceso", se consignará "P" para

promoción interna y "L" para acceso libre.

En el recuadro "datos a consignar según las bases de la

convocatoria" apartado A) se deberán consignar los idiomas que los

aspirantes eligen como principal y como complementario para

el primer ejercicio en el sistema general de acceso libre y el idioma

elegido para el tercer ejercicio en el sistema de promoción interna,

optativo y de mérito.

3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar

su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo

establecido en la base 3.2 para la presentación de solicitudes.

Transcurrido este plazo, no se admitirá ninguna petición de

esta naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada

y discrecionalmente apreciada por el Tribunal.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el

Rector de la Universidad dictará en el plazo de un mes Resolución

en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales

de aspirantes admitidos y excluidos a las plazas convocadas. En

esta Resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",

figurarán los aspirantes excluidos con indicación expresa de la

causa de exclusión, la fecha y lugar de celebración del primer

ejercicio de la oposición, así como los centros donde estarán

expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos

y excluidos.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de las listas provisionales de admitidos y excluidos, para poder

subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión

de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que,

dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión, justificando

su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán

definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno de reserva

de discapacitados o el de promoción interna, no cumplan alguno

de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de reserva

o no aporten dentro del plazo de subsanación la documentación

acreditativa de su condición, serán incluidos de oficio en la relación

definitiva de aspirantes admitidos por el sistema de acceso libre,

siempre que cumplan todos los requisitos necesarios para ello.

4.3 La Resolución que eleve a definitivas las listas de

admitidos pondrá fin a la vía administrativa y, contra la misma, se

podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala

de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia

de Madrid en el plazo de dos meses desde su publicación, previa

comunicación al Rectorado de la Universidad Carlos III de Madrid,

conforme a lo previsto en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.4 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,

a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la

realización de las pruebas selectivas.

5. Procedimiento de selección

5.1 El procedimiento de selección por el sistema de

promoción interna constará de dos fases: Fase de oposición y fase de

concurso.

5.1.1 Fase de oposición:

Los ejercicios a realizar por los aspirantes se especifican en

el anexo III de la presente convocatoria.

Los ejercicios de la fase de oposición tendrán el carácter de

eliminatorios, de tal modo que la no superación de cualquiera

de ellos supondrá para los aspirantes la imposibilidad de continuar

el proceso selectivo. Su valoración será la que se especifica en

el anexo III

5.1.2 Fase de concurso:

Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso.

Tan sólo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan

superado la fase de oposición. En esta fase se valorarán los méritos

acreditados por los aspirantes de conformidad con el baremo fijado

en el citado anexo III. En ningún caso, los puntos obtenidos en

esta fase podrán ser computados para superar el ejercicio que

se haya realizado en la fase de oposición.

Para que el Tribunal valore los méritos alegados será requisito

necesario e imprescindible que los aspirantes aporten junto con

la solicitud certificación expedida por el Servicio de Recursos

Humanos ajustada al modelo que figura como anexo IV de esta

convocatoria, así como cuanta documentación estimen oportuna

para la mejor valoración de los méritos tal y como se establece

en la base 3.5 de la presente convocatoria.

Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará

como fecha límite para su cómputo la de finalización del plazo

de presentación de las solicitudes de participación en las presentes

pruebas selectivas.

5.1.3 Valoración final:

La valoración final del proceso selectivo vendrá dada por la

suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases (concurso

y oposición), no pudiendo resultar aprobados, tras la suma de

ellas, un número mayor de personas que el total de plazas

convocadas.

Para aprobar las presentes pruebas selectivas y obtener alguna

de las plazas convocadas será necesario superar el ejercicio de

la fase de oposición y encontrarse, una vez sumadas las

puntuaciones de la fase de concurso, en un número de orden no superior

al número de plazas convocadas en cada grupo.

En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas

la fase de concurso y oposición, se dará prioridad al aspirante

con:

a) Mayor puntuación en la fase de oposición.

b) Mayor puntuación en el ejercicio práctico.

c) Mayor puntuación en la valoración de los méritos de la

fase de concurso que aparezca enunciado en primer lugar y así

sucesivamente de persistir la igualdad. Si una vez aplicadas estas

reglas no se ha dirimido el empate, éste se resolverá, finalmente,

por sorteo entre los aspirantes elegidos.

5.2 El procedimiento de selección de los aspirantes por el

sistema general de acceso libre será el de oposición.

5.2.1 Fase de oposición:

Los ejercicios a realizar por los aspirantes se especifican en

el anexo III de la presente convocatoria.

Los ejercicios de la fase de oposición tendrán el carácter de

eliminatorios, de tal modo que la no superación de cualquiera

de ellos supondrá para los aspirantes la imposibilidad de continuar

el proceso selectivo. Su valoración será la que se especifica en

el anexo III

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios primero

y segundo.

En caso de igualdad en la puntuación total se dará prioridad

al aspirante con:

a) Mayor puntuación en el segundo ejercicio.

b) Mayor puntuación en el primer ejercicio.

Si una vez aplicadas estas reglas no se ha dirimido el empate,

éste se resolverá, finalmente, por sorteo entre los aspirantes

elegidos.

6. Tribunal calificador

6.1 El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas

estará compuesto del siguiente modo: El Gerente o persona en

quien delegue; dos representantes de la Universidad designados

por el Rector, una persona designada por las Administraciones

Públicas o por la Comunidad de Madrid, en su caso; una persona

designada por la Junta de Personal funcionario de Administración

y Servicios de la Universidad Carlos III de Madrid, y un funcionario

del área de personal que actuará como Secretario, con voz, pero

sin voto.

6.2 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.2 del

Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, de indemnizaciones por

razones del servicio, el Tribunal tendrá la categoría primera.

6.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran

en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años

anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá

solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no

hallarse incursos en las circunstancias de abstención o recusación.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran algunas de las circunstancias previstas

en el párrafo anterior.

6.4 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del

Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición

por alguna de las causas previstas en la base 6.3.

6.5 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su

caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad, al menos, de

sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una

antelación mínima de diez días antes de la celebración del primer

ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones

que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

6.6 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, a partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá de la presencia de la mayoría de sus miembros

titulares o suplentes.

6.7 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá

las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas,

así como la actuación que proceda en los casos no previstos.

En todo momento su actuación se ajustará a lo dispuesto en la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

6.8 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

6.9 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En

este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.6, las adaptaciones

posibles de tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral

sanitaria, o de los órganos competentes de Ministerio de Asuntos

Sociales.

6.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad Carlos

III de Madrid, Calle Madrid, número 126, Getafe (28903 Madrid),

teléfonos 91 624 93 32 y 91 624 96 78. El Tribunal dispondrá

que en esta sede, al menos, una persona, miembro o no del

Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación

con estas pruebas selectivas.

6.11 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo anterior, de conformidad con lo

establecido en el artículo 18.5 de la Ley 30/1984, en su nueva

redacción dada por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, será

nula de pleno derecho.

7. Calendario y desarrollo de los ejercicios

7.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ", de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública, de 15 de abril de 1998 ("Boletín Oficial

del Estado" del 18), por la que se publica el sorteo celebrado

el día 3 de abril de 1998.

7.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal para que acrediten su

personalidad.

7.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de

cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la

oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor

debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

7.4 De conformidad con lo establecido en la base 1.11 el

primer ejercicio de la fase de oposición comenzará a partir del 15

de diciembre de 1998, publicándose en la misma Resolución a

la que se refiere la base 4.1, el lugar, fecha y hora de su celebración

así como, en su caso, la composición expresa del Tribunal.

7.5 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

del segundo ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales

donde se haya celebrado el primero, así como en la sede del

Tribunal señalada en la base 6.10 y por cualesquiera otros medios

si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, con

veinticuatro horas, al menos, de antelación a la fecha señalada

para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo

ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya

celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier otro medio

si se juzga conveniente con doce horas, al menos, de antelación.

7.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la

presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá

su exclusión al magnífico y excelentísimo señor Rector, dando

traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas

por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas

a los efectos procedentes. Esta Resolución pondrá fin a la vía

administrativa, y, consiguientemente, el interesado podrá formular

el recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente

del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos

meses, previa comunicación al Rector de la Universidad.

8. Listas de aprobados

8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará

públicas en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así

como en la sede del Tribunal señalada en la base 6.10 y en aquellos

otros que estime oportunos, las relaciones independientes de

aspirantes aprobados, tanto por el sistema general de acceso libre

como por el de promoción interna, por orden de puntuaciones

alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad,

en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios

y la suma total. Cuando se trate del sistema de promoción interna

se expresará, asimismo, en dicha relación la puntuación de la

fase de concurso.

8.2 El Presidente del Tribunal enviará copias certificadas de

ambas listas al Rector de la Universidad Carlos III de Madrid,

especificando, igualmente, el número de aprobados de cada uno

de los ejercicios. Dichas listas se publicarán en el "Boletín Oficial

del Estado".

9. Presentación de documentos y nombramiento

como funcionario de carrera

9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

de la relación definitiva de aprobados, los aspirantes que hayan

superado las presentes pruebas selectivas presentarán, para su

nombramiento como funcionarios de carrera, en el Registro

General de esta Universidad, calle Madrid, número 126, de Getafe

(28903 Madrid), o calle Butarque, número 15, de Leganés (28911

Madrid), en escrito dirigido a la Dirección de Servicios de Recursos

Humanos y Organización, los siguientes documentos:

a) Una fotocopia del documento nacional de identidad o

acreditación equivalente, bien compulsada, bien acompañada del

original para su comprobación. En caso de formato antiguo del

documento nacional de identidad, una copia del número de

identificación fiscal.

b) Fotocopia del título académico debidamente compulsada

o acompañada del original para su comprobación y compulsa.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones

públicas.

d) Los aspirantes con minusvalía igual o superior al 33 por

100 deberán acreditar tal condición mediante certificación de los

órganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales o, en

su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

9.2 Igualmente durante el plazo citado en la base anterior,

y con carácter previo a la formalización del nombramiento como

funcionario de carrera, los aspirantes seleccionados se someterán

a un reconocimiento médico de acuerdo con las instrucciones que

a tal efecto reciban del Servicio de Recursos Humanos al objeto

de verificar el requisito reseñado en el apartado c) de la base 2.1

de la presente convocatoria.

9.3 Quienes tuvieran la condición de funcionarios o personal

laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas estarán

exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás

requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento,

debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal

o del Ministerio u Organismo del que dependieran para acreditar

tal condición.

9.4 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma

se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados

en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera,

y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud

inicial.

9.5 Una vez cumplidos los requisitos establecidos en la

presente base, el Rectorado de la Universidad Carlos III de Madrid

dictará Resolución, vista la propuesta del Tribunal, en virtud de

la cual se adjudican a los aspirantes aprobados las plazas

convocadas. Esta Resolución será objeto de publicación en la sede

de los Tribunales indicada en la base 6.7.

9.6 Finalizado el proceso selectivo y previa oferta y petición

de los destinos, la autoridad convocante procederá al

nombramiento de funcionarios de carrera mediante Resolución que se

publicará en el "Boletín Oficial del Estado". La toma de posesión

de los aspirantes aprobados se efectuará en el plazo de un mes

contado desde la fecha de la publicación de la Resolución citada

en el "Boletín Oficial del Estado".

9.7 La jornada de trabajo será la establecida con carácter

general en la Universidad y el horario de las mismas será el

establecido en la Unidad en la que se ubica la plaza.

9.8 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido

a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades

del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

10. Bolsa de trabajo

10.1 A efectos de la selección de funcionarios interinos de

la Escala Superior de Facultativos de Biblioteca se formará lista

de espera con los aspirantes de acceso libre, que, habiendo

aprobado alguno de los ejercicios de la oposición, no superen el proceso

selectivo quedando ordenados según la puntuación obtenida en

los ejercicios superados. En caso de igualdad de puntuación se

estará a la prelación dispuesta en la base 5.2.1.

10.2 La solicitud para formar parte de la mencionada lista

de espera figura como anexo V y deberá ser cumplimentada en

su totalidad por los aspirantes que deseen formar parte de la misma

y presentada con la solicitud de participación en las presentes

pruebas selectivas.

11. Norma final

11.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las

presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta

convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal,

sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está

facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los

acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas,

en todo lo no previsto en las bases.

11.2 Contra la presente convocatoria se podrá interponer

recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en

el plazo de dos meses desde su publicación, previa comunicación

al Rectorado de la Universidad Carlos III de Madrid, conforme

a lo previsto en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, cuantos

actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de

los Tribunales podrán ser impugnados por los interesados en los

casos y en la forma establecidos en la citada Ley.

Getafe, 30 de octubre de 1998.±El Rector, P. D. (Resolución

de 9 de febrero de 1998), el Gerente, Rafael Zorrilla Torras.

ANEXO I (ver imagen página 38258)

ANEXO II

Escala Superior de Técnicos Facultativos de Biblioteca

de la Universidad Carlos III de Madrid

T EMARIO

I. Biblioteconomía y Organización Bibliotecaria

1. El Sistema español de Bibliotecas. Legislación y

competencia de las distintas Administraciones.

2. Legislación española sobre Patrimonio Artístico,

Bibliográfico y Documental. La Ley de Propiedad Intelectual.

3. La Biblioteconomía y la investigación en Biblioteconomía

y Documentación.

4. La formación de los profesionales de la información en

la actualidad.

5. Bibliotecas Nacionales: Concepto y función.

6. Bibliotecas Públicas: Concepto y función.

7. Bibliotecas Especializadas: Concepto y función.

8. Las Hemerotecas.

9. Conservación y Restauración del fondo documental.

10. Proceso técnico en un entorno automatizado: Su

influencia respecto al flujo de trabajo.

11. Clasificación: Clasificaciones sistemáticas y alfabéticas.

La CDU.

12. Cooperación bibliotecaria: Sistemas y Redes. Adquisición

cooperativa, catalogación compartida, préstamo

interbibliotecario.

13. Bibliotecas Universitarias: Organización y función en la

Institución.

14. Situación actual de las Bibliotecas Universitarias en

España.

15. Redes y Sistemas Europeos de Cooperación entre

Bibliotecas Académicas y de Investigación.

16. Planificación de edificios, instalaciones y equipamientos.

17. Planificación, gestión y mantenimiento de catálogos

automatizados y control bibliográfico de fondos.

18. Los formatos bibliográficos en la actualidad. Formatos

Marc. Variedades geográficas y de aplicación.

19. Gestión de la colección bibliográfica, desarrollo y

evaluación de las colecciones.

20. Gestión y administración de Bibliotecas Universitarias:

Recursos Humanos.

21. Gestión y administración de Bibliotecas Universitarias:

Gestión presupuestaria y financiera.

22. Gestión y administración de Bibliotecas Universitarias.

Instrumentos de gestión: Dirección por Objetivos. Calidad en la

Gestión. Indicadores.

23. Planificación, control, evaluación y difusión de los

servicios al usuario.

24. Servicios a los usuarios: Referencia e Información

Bibliográfica, Formación de usuarios, Préstamo Interbibliotecario y

Extensión bibliotecaria.

II. Tecnología Documental

1. Nociones generales de Teleinformática, redes de

ordenadores, interconexión de sistemas, familias de protocolos.

2. Internet, Iris y las grandes redes teleinformáticas en la

actualidad. Desarrollo, funcionamiento, organización, acceso y

utilidad.

3. Servicios teleinformáticos básicos: Correo electrónico,

transferencia de ficheros, Conexión remota, etc. Aplicaciones en

Información y Documentación.

4. Tendencias actuales en Automatización de Bibliotecas

mediante sistemas integrados y panorama actual de la

Automatización de Bibliotecas en España.

5. Los OPACs: Diseños, prestaciones y accesos.

6. El CD-Rom y los soportes ópticos multimedia.

7. Tendencias actuales en los servicios y redes de

teledocumentación pública.

8. Implicaciones sociales y culturales de la innovación

tecnológica en Información y Documentación. La Sociedad de la

Información.

III. Información Científica

1. Situación actual de la edición científica en el mundo;

problemas y perspectivas.

2. Análisis y estudio de la actividad científica. Estudios

bibliométricos.

3. El Sistema Español de Investigación Científica y Desarrollo

Tecnológico, la Ley de la Ciencia y el Plan Nacional de I+D.

4. Fuentes de Información en Humanidades.

5. Fuentes de Información en Ciencias Sociales.

6. Fuentes de Información en Ciencia y Tecnología.

7. Fuentes de Información en Biomedicina.

8. Control bibliográfico y acceso a la Literatura Gris: Normas,

Patentes, Tesis, Informes, Preprints, Información y

Documentación Comercial y Empresarial, etc.

9. Técnicas actuales de recuperación de información

automatizada: Interfaces de consulta, técnica de búsqueda, obtención

y explotación de resultados, nuevos sistemas de interrogación,

hipertexto e hipermedia, etc.

10. Tendencias actuales en la industria y el mercado de la

Información Automatizada, servicios en línea y teledocumentación.

IV. Organización Administrativa

1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.

La Reforma de la Constitución.

2. La Organización Territorial del Estado en la Constitución.

Las Comunidades Autónomas. Competencias. Los Estatutos de

Autonomía. Administración Local: La Provincia y el Municipio.

3. La Comunidad Autónoma de Madrid. La Asamblea

Legislativa. El Presidente de la Comunidad y el Consejo de Gobierno.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

4. Las Comunidades Europeas: Objetivos y naturaleza

jurídica. El Tratado de la Unión Europea. Las Instituciones de las

Comunidades: El Consejo Europeo, El Consejo de Ministros, La

Comisión, El Parlamento y Tribunal de Justicia.

5. El Derecho Administrativo: Concepto, características.

Fuentes del Derecho Administrativo: Leyes Orgánicas y Ordinarias,

Disposiciones normativas con fuerza de Ley. El Reglamento.

6. Los Contratos Administrativos. Concepto y Clases.

Extinción de los contratos. Acomodación de la Ley de Contratación

del Estado a la legislación comunitaria.

7. El personal funcionario al servicio de las Administraciones

públicas: Concepto y clases. Situaciones administrativas.

Derechos y deberes.

8. El personal laboral al servicio de las Administraciones

públicas. Régimen jurídico, derechos y deberes.

9. La Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Atención al ciudadano y calidad de los servicios

en la Administración Pública.

10. El Ministerio de Educación y Cultura. Situación actual

de la Enseñanza Superior en España. Problemas, tendencias y

perspectivas.

11. Las Universidades: Concepto. La Ley de Reforma

Universitaria.

12. Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid.

Naturaleza, fines, estructura y organización. Departamentos,

Facultades, Escuelas Politécnicas Superiores.

13. Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid. Los

órganos de gobierno: Consejo Social, Claustro Universitario, Junta

de Gobierno, Rector, Vicerrectores, Secretario General y Gerente.

14. Régimen económico y financiero de las Universidades.

Financiación. El Presupuesto de la Universidad Carlos III de

Madrid: Elaboración, contenido y estructura.

ANEXO III

Pruebas selectivas para ingreso en la Escala Superior de

Técnicos Facultativos de Biblioteca de la Universidad Carlos III

P ROCESO SELECTIVO

I. Fase de oposición

Turno de promoción interna:

a) Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de

un tema de cada uno de los bloques II y III del programa de esta

convocatoria, que figuran en el anexo II, elegidos al azar en

presencia de los opositores.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de dos

horas.

El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública

convocada al efecto ante el Tribunal quien podrá dialogar con

el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio durante

un período máximo de quince minutos.

La calificación del ejercicio será de0a10puntos, siendo

necesario para superarlo, obtener un mínimo de 5 puntos.

b) Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución escrita de

un supuesto práctico a elegir por los opositores entre dos

propuestos por el Tribunal. Los supuestos serán casos concretos

relacionados con la gestión y organización de la Biblioteca

Universitaria. Los aspirantes dispondrán de un máximo de tres horas

para la realización de esta prueba y podrán utilizar los textos,

libros y apuntes que consideren necesarios y que aporten al efecto,

así como los medios y recursos disponibles en el lugar que

determine el Tribunal para la realización de esta prueba.

El supuesto práctico deberá ser leído por el opositor en sesión

pública ante el Tribunal, quien podrá dialogar con el opositor

sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un período

máximo de quince minutos.

Se calificará de0a10puntos, siendo necesario para superarlo

un mínimo de 5 puntos.

c) Tercer ejercicio: Voluntario y de mérito que consistirá en

realizar una traducción con la ayuda de diccionario, de un texto

de carácter profesional (mínimo, 700 palabras), en un idioma a

elegir (inglés, francés o alemán) que propondrá el Tribunal.

Los aspirantes tendrán un plazo máximo de dos horas para

el desarrollo del ejercicio y su valoración será de0a10puntos,

siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar

el ejercicio.

Turno libre:

a) Primer ejercicio: Consistirá en una prueba sobre dos

idiomas extranjeros vivos, uno principal y otro complementario

elegidos por el opositor.

La prueba para el idioma principal consistirá en la traducción

con la ayuda de diccionario de un texto profesional (mínimo, 700

palabras) que propondrá el Tribunal. La duración del ejercicio

será de dos horas como máximo y se permitirá el uso del

diccionario.

La prueba para el idioma complementario consistirá en realizar

un resumen analítico (200-250 palabras) de un texto profesional

en el idioma elegido que propondrá el Tribunal. El tiempo máximo

para la realización de esta parte será de una hora y treinta minutos

y se permitirá el uso de diccionario.

La calificación de este ejercicio será de0a10puntos, siendo

necesario para aprobar un mínimo de 5 puntos.

b) Segundo ejercicio:

Primera parte: Consistirá en el desarrollo por escrito de un

tema de cada uno de los bloques II, III del programa de esta

convocatoria que figura como anexo II, elegidos al azar en presencia

de los opositores. Los aspirantes tendrán un plazo máximo de

tres horas para su realización.

Segunda parte: Consistirá en el desarrollo por escrito de un

tema de cada uno de los bloquesIyIVdelprograma de esta

convocatoria que figura como anexo II, elegidos al azar en

presencia de los opositores. Los aspirantes tendrán un plazo máximo

de tres horas para su realización.

Los temas desarrollados serán leídos ante el Tribunal en sesión

pública convocada al efecto.

La calificación del ejercicio será de0a10puntos, siendo

necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar el ejercicio.

c) Tercer ejercicio:

Primera parte: Consistirá en la presentación de un proyecto

de planificación de una Biblioteca Universitaria, en alguna o varias

de las siguientes áreas orientativas: Formación y Mantenimiento

de Colecciones, Gestión del Proceso Técnico, Servicios al Usuario,

Gestión de Recursos Humanos, Económicos, Espaciales,

Evaluación de Servicios. Dicho proyecto se entregará al Tribunal en el

momento de comenzar este ejercicio. Se valorarán la originalidad,

la precisión y el rigor de los planteamientos.

Los aspirantes realizarán la exposición y defensa oral del

proyecto de planificación supuesto, en sesión pública convocada al

efecto, durante un máximo de veinte minutos.

Segunda parte: Consistirá en la resolución y exposición escrita

de un supuesto práctico a elegir por el opositor entre dos

propuestos por el Tribunal. Los supuestos serán casos concretos

relacionados con la gestión y organización de una Biblioteca

Universitaria. Los aspirantes dispondrán de un máximo de tres horas

para la realización de esta prueba y podrán utilizar los textos,

libros y apuntes que consideren necesarios y que aporten al efecto,

así como los medios y recursos disponibles en el lugar que

determine el Tribunal para la realización de esta prueba.

El supuesto práctico deberá ser leído por el opositor en sesión

pública ante el Tribunal, quien podrá dialogar con el opositor

sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un período

máximo de quince minutos.

Se calificará de0a10puntos cada una de las partes, 20

en total, siendo necesario obtener como mínimo 5 puntos en cada

parte, y obtener 10 puntos como mínimo en la suma total de

las dos partes.

II. Fase de concurso

En la fase de concurso se valorarán para los aspirantes del

sistema de promoción interna los servicios efectivos prestados y

los reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre,

de reconocimiento de servicios previos en la Administración en

los Cuerpos o Escalas del grupo B de Bibliotecas, incluidos en

el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, el

grado personal consolidado, el trabajo desarrollado según el nivel

de complemento de destino del puesto de trabajo desempeñado,

la experiencia y los cursos de formación recibidos o impartidos

relacionados con las plazas objeto de esta convocatoria.

La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo

que figura como anexo IV de la presente convocatoria.

Certificación a la que se adjuntarán documentación acreditativa de los

puestos de trabajo desempeñados, reconocimiento de grado y

copia de los certificados de cursos de formación para la mejor

valoración por el Tribunal de los méritos que recoge la presente

convocatoria.

Para el cómputo de los méritos se tendrá como fecha límite

la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La valoración se realizará conforme al siguiente baremo:

I. Antigüedad:

Se valorarán hasta un máximo de 3 puntos los servicios

efectivos prestados y los reconocidos al amparo de la Ley 70/1978,

de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en

la Administración en los Cuerpos o Escalas del grupo B de

Bibliotecas, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto. No se computarán los servicios prestados

simultáneamente con otros igualmente alegados.

Por cada año completo de servicios prestados en el grupo B

de Bibliotecas o asimilado en la Universidad Carlos III de Madrid,

0,50 puntos.

Por cada año completo de servicios prestados en el grupo B

de Bibliotecas en otros organismos, 0,25 puntos.

II. Grado personal consolidado:

Hasta el grado 18: 2 puntos, y por cada unidad que exceda

de 18, 0,25 puntos hasta un máximo de 4 puntos.

III. Trabajo desarrollado:

Según el nivel de complemento de destino correspondiente al

puesto de trabajo que se ocupa el día de publicación de esta

convocatoria se otorgará la siguiente puntuación:

1. Nivel 18: 2 puntos, y por cada unidad que exceda de 18,

0,25 puntos hasta un máximo de 4 puntos.

2. Experiencia acreditada en Gestión de equipos humanos,

trabajo en equipo, programación por objetivos, etc., con un

máximo de 3 puntos.

IV. Cursos de formación:

Cursos de formación recibidos o impartidos sobre materias

directamente relacionadas con el apoyo en la catalogación,

proceso y referencia en Bibliotecas y Archivos impartidos por centros

nacionales o extranjeros de reconocido prestigio, así como Cursos

sobre habilidades directivas, trabajo en equipo, calidad en la

gestión, dirección por objetivos, etc.:

a) De más de ciento cincuenta horas de duración, 2 puntos.

b) Entre veinte y ciento cincuenta horas, 1,5 puntos.

c) De más de veinte horas de duración, 1 punto.

La puntuación máxima que podrá alcanzarse por este apartado

será de 3 puntos.

ANEXO IV

D./Dña. ...............................................................................

Cargo ..................................................................................

Centro directivo o unidad administrativa ...................................

CERTIFICO: Que según los antecedentes obrantes en este Centro,

el funcionario abajo indicado tiene acreditados los

siguientes extremos:

Apellidos Nombre

DNI Cuerpo o Escala a que pertenece

NRP Destino actual

I. Antigüedad

Años de servicios prestados en el grupo B o asimilado en la Universidad Carlos III de Madrid Años Meses

Años de servicios prestados en el grupo B en otros organismos Años Meses

II. Grado personal

Grado personal consolidado:

III. Trabajo desarrollado

Nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa el día de publicación de la

convocatoria

IV. Cursos de formación y perfeccionamiento

Denominación del curso Centro que lo impartió

Y para que conste, expido la presente certificación en ...........,

a .................................. de .................................. de 199 ....

(A cumplimentar por el órgano de selección)

Puntuación I:

Puntuación II:

Puntuación III:

Puntuación IV:

Total puntuación fase de concurso:

ANEXO V

Solicitud de inclusión en la bolsa de trabajo para contratación

como funcionario interino, en caso de no superar el proceso

selectivo

Primer apellido ...................... Segundo apellido ......................

Nombre ............... Documento nacional de identidad ...............

Domicilio (calle/plaza) ...........................................................

Localidad ............................... Provincia ...............................

Código postal ..........................

De conformidad con lo dispuesto en la base 10 de la

convocatoria para el ingreso en la Escala de Técnicos Superiores de

Administración General de la Universidad "Carlos III", de Madrid,

realizada por Resolución de .......................... ("Boletín Oficial

del Estado" .....................).

Solicita: Ser incluido en la bolsa de trabajo para la contratación

como funcionario interino.

......................, a ...................... de ...................... de 199 ....

(Firmado)

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 278 del Viernes 20 de Noviembre de 1998. Autoridades y personal, Universidades.

Otras ediciones del BOE

<<<Julio 2024>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031

Ultima edizione del BOE

Ultima edizione del BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...