REAL DECRETO 2064/1998, de 25 de septiembre, por el que se indulta a don Yosu Erquicia López.

Visto el expediente de indulto de don Yosu Erquicia López, con los

informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en

virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en

el artículo 4, apartado tercero, del Código Penal, por el Juzgado de lo

Penal número 1 de San Sebastián que, en sentencia de fecha 20 de febrero

de 1995, le condenó, como autor de un delito contra el deber de prestación

del servicio militar, a la pena de un año de prisión menor e inhabilitación

absoluta durante el tiempo de la condena y accesorias, por hechos

cometidos en el año 1991, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa

deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de septiembre

de 1998,

Vengo en indultar a don Yosu Erquicia López la pena privativa de

libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás

pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a

cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la

condena.

Dado en Madrid a 25 de septiembre de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 253 del Jueves 22 de Octubre de 1998. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.

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