REAL DECRETO 1919/1998, de 4 de septiembre, por el que se indulta a don Manuel Cobo Calleja.

Visto el expediente de indulto de don Manuel Cobo Calleja, con los

informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por

la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo, en sentencia

de fecha 28 de junio de 1996, como autor de un delito de lesiones con

arma, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor,

con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de

sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año

1991; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del

Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de septiembre de 1998,

Vengo en conmutar a don Manuel Cobo Calleja la pena privativa de

libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que no

vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la

publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrida4deseptiembre de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 239 del Martes 6 de Octubre de 1998. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.

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