REAL DECRETO 1912/1998, de 4 de septiembre, por el que se indulta a don Vicente Aguarón Lucio.

Visto el expediente de indulto de don Vicente Aguarón Lucio, con los

informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en

virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en

el párrafo segundo del artículo 2. o del derogado Código Penal y previsto

en el vigente en su artículo 4. o , apartado tercero, por la Sala Segunda

del Tribunal Supremo, en sentencia de fecha 19 de diciembre de 1994,

y condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid,

en sentencia de fecha 4 de febrero de 1994, como autor de un delito

continuado de falsedad, a la pena de un año de prisión menor y multa de

50.000 pesetas y de un delito de estafa, a la pena de dos meses de arresto

mayor e inhabilitación especial durante seis años y un día, con las

accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante

el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1985; a propuesta

de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros

en su reunión del día 4 de septiembre de 1998,

Vengo en indultar a don Vicente Aguarón Lucio las penas privativas

de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva

a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación

del presente Real Decreto.

Dado en Madrida4deseptiembre de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 239 del Martes 6 de Octubre de 1998. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.

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